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DIAN - Resolución 13565 de 14-11-2006

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 13565 de 14-11-2006
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2006

PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL 46456 DEL 18 DE NOV DE 2006

RESOLUCION 13565 (14 NOVIEMBRE DE 2006 ) Por la cual se establecen Precios Estimados EL DIRECTOR DE ADUANAS En ejercicio de sus facultades legales y en especial las establecidas en los artículos 23 del Decreto 1071 de 1999 y 237 del Decreto 2685 de 1999 RESUELVE Artículo 1. Fijar los siguientes precios estimados para calzado en términos FOB para mercancías originarias y procedentes de todos los países, salvo para aquellos con los cuales Colombia haya suscrito acuerdos de libre comercio.

SUBPARTIDA DESCRIPCIÓN PRECIO UNITARIO FOB US$

ARANCELARIA

MARGEN MARGEN INFERIOR SUPERIOR 64.01.10.00.00 Calzado impermeable con puntera metálica de protección, cuya parte superior no se haya unido a la suela por costura o por medio de remaches, clavos, tornillos, espigas o dispositivos similares, ni se haya formado con diferentes partes unidas de la misma manera. a) Con suela y parte superior de caucho vulcanizado. 29.40 35.30 b) Con suela y parte superior de plástico P.V.C. inyectado. 7.10 8.50 64.01.92.00.00 Calzado impermeable sin puntera metálica, que cubra el tobillo sin cubrir la rodilla, cuya parte superior no se haya unido a la suela por costura o por medio de remaches, clavos, tornillos, espigas o dispositivos similares, ni se haya formado con diferentes partes unidas de la misma

manera. a) Con suela y parte superior de caucho vulcanizado. 6.30 7.60 b) Con suela y parte superior de plástico P.V.C. inyectado. 4.90 5.90 Continuación de la Resolución por la cual se establecen Precios Estimados 2

SUBPARTIDA DESCRIPCION PRECIO UNITARIO FOB US$

ARANCELARIA

MARGEN MARGEN INFERIOR SUPERIOR 64.01.99.00.00 Los demás calzados impermeables con suela y parte superior de caucho o plástico. 4.90 5.90 64.02.19.00.00 Demás calzado para deporte con suela y parte superior de caucho o plástico, para patinar o para la práctica de la lucha, boxeo y calzado provisto de clavos, tacos (tapones), sujetadores, tiras o dispositivos similares (golf, fútbol, ciclismo). a) Marcas: Adidas, Nike, Reebok, Fila, Puma y Lotto.

  1. Alta tecnología 31.30 70.00 ii. Media tecnología 19.20 35.00 iii. Baja tecnología 12.90 21.50 iv. Básica (sin tecnología) 8.70 14.50 b) Otras marcas o sin marcas 6.30 7.80 64.02.20.00.00 Calzado (chancleta) con la parte superior de tiras o bridas fijas a la suela por tetones

(espigas), con suela y parte superior de caucho o plástico. a) Marcas: Adidas, Nike, Reebok, Fila, 5.40 10.00

Puma, Lotto. b) Otras marcas 4.30 5.20 c) Sin marcas 2.50 3.00 64.02.30.00.00 Los demás calzados con puntera metálica de protección, con suela y parte superior de caucho o plástico. 58.80 70.60 64.02.91.00.00 Calzados que cubran el tobillo (botas, botines), con suela y parte superior de caucho o plástico. a) Tallas 22-33 3.60 5.30 b) Tallas 34-46 5.50 8.60 Continuación de la Resolución por la cual se establecen Precios Estimados 3

SUBPARTIDA DESCRIPCION PRECIO UNITARIO FOB US$

ARANCELARIA

MARGEN MARGEN INFERIOR SUPERIOR 64.02.99.00.00 Los demás calzados que no cubran el tobillo, con suela y parte superior de caucho o plástico, excepto los de las partidas 6402.12 y 640219. a) Tipo chancleta de baño

  1. Marcas: Adidas, Nike, Reebok, Fila, Puma, Lotto 5.40 10.00 ii. Otras marcas o sin marcas 3.60 4.30 b) Tipo sueco o sandalia casual
  2. Marcas: Adidas, Nike, Reebok, Fila, Puma, Lotto. 1) Alta y media tecnología 15.20 22.00 2) Básica (sin tecnología) 8.00 14.00 ii. Otras marcas o sin marcas 3.90 6.40 c) Tipo zapato 5.00 6.40 d) Tipo tenis casual (no diseñado para la

práctica deportiva)

  1. Tallas 22 - 33 3.90 4.30 ii. Tallas 34 - 46 4.90 9.60 64.03.19.00.00 Demás calzado de deporte, con suela de caucho, plástico, cuero natural o regenerado y parte superior de cuero natural, para la práctica de la lucha, boxeo y calzado provisto de clavos, tacos

(tapones), sujetadores, tiras o dispositivos similares (golf, futbol, ciclismo). a) Marcas: Adidas, Nike, Reebok, Fila, Puma, Lotto.

  1. Alta tecnología 31.30 70.00 ii. Media tecnología 19.20 35.00 iii. Baja tecnología 12.90 21.50 iv. Básica (sin tecnología) 8.70 14.50 b) Otras marcas o sin marcas 18.90 36.00 64.03.20.00.00 Calzado (sandalias) con suela de cuero natural y parte superior de tiras de cuero natural que pasan por el empeine y rodean el dedo pulgar.

a) Marcas: Adidas, Nike, Reebok, Fila, Puma, Lotto.

  1. Alta y media tecnología 15.20 22.00 ii. Básica (sin tecnología) 8.00 14.00 b) Otras marcas, o sin marcas 10.10 12.10

Continuación de la Resolución por la cual se establecen Precios Estimados 4

SUBPARTIDA DESCRIPCION PRECIO UNITARIO FOB US$

ARANCELARIA

MARGEN MARGEN INFERIOR SUPERIOR 64.03.30.00.00 Calzado con palmilla o plataforma de

madera, sin plantillas ni puntera metálica de protección, con suela de caucho, plástico, cuero natural o regenerado y parte superior de cuero natural. 25.20 30.20 64.03.40.00.00 Calzado con puntera metálica de protección, con suela de caucho, plástico, cuero natural o regenerado y parte superior de cuero natural. 21.00 25.20 64.03.51.00.00 Los demás calzados con suela de cuero natural que cubran el tobillo (botas, botines) y parte superior de cuero natural. 37.60 75.80 64.03.59.00.00 Los demás calzados que no cubran el tobillo con suela y parte superior de cuero natural (calzado formal). 16.70 20.10 64.03.91.00.00 Los demás calzados que cubran el tobillo con suela de caucho o plástico y parte superior de cuero natural. a) Tallas 22-33 5.60 10.70 b) Tallas 34-46

  1. Botas de seguridad. 17.60 24.00 ii. Otras 1) De plástico o sintético 7.60 19.90 2) De caucho o goma 7.10 10.60 64.03.99.00.00 Los demás calzados que no cubran el tobillo, con suela de caucho o plástico, y parte superior de cuero natural. a) Tipo sueco o sandalia casual 3.40 4.80 b) Tipo zapato 5.80 8.00 c) Tipo tenis casual (no diseñado para la 5.50 9.50

práctica deportiva) Continuación de la Resolución por la cual se establecen Precios Estimados 5

SUBPARTIDA DESCRIPCION PRECIO UNITARIO FOB US$

ARANCELARIA

MARGEN MARGEN INFERIOR SUPERIOR 64.04.11.10.00 Calzado de deporte, con suela de caucho o plástico y parte superior de material textil, para la práctica de la lucha, boxeo y calzado provisto de clavos, tacos (tapones), sujetadores, tiras o dispositivos similares (golf, futbol, ciclismo). a) Marcas: Adidas, Nike, Reebok, Fila, Puma, Lotto.

  1. Alta tecnología 31.30 70.00 ii. Media tecnología 19.20 35.00 iii. Baja tecnología 12.90 21.50 iv. Básica (sin tecnología) 8.70 14.50 b) Otras marcas o sin marcas 6.30 11.00 64.04.11.20.00 Calzado con suela de caucho o plástico y parte superior de materia textil, para la práctica de tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares.

a) Marcas: Adidas, Nike, Reebok, Fila, Puma, Lotto.

  1. Alta tecnología 31.30 70.00 ii. Media tecnología 19.20 35.00 iii. Baja tecnología 12.90 21.50 iv. Básica (sin tecnología) 8.70 14.50 b) Otras marcas o sin marcas
  2. Tallas 22 - 33 3.20 4.40 ii. Tallas 34 - 46 4.70 13.10

64.04.19.00.00 Los demás calzados con suela de caucho o plástico y parte superior de materia textil, tipo casual, uso diario, excepto los de la partida 6404.11. a) Tipo chancleta de baño

  1. Marcas: Adidas, Nike, Reebok, Fila, 5.40 10.00

Puma, Lotto. ii. Otras marcas, o sin marcas 2.80 3.30 b) Tipo sueco o sandalia casual

  1. Marcas: Adidas, Nike, Reebok, Fila, Puma y Lotto. 1) Alta y media tecnología 15.20 22.00 2) Básica (sin tecnología) 8.00 14.00 ii. Otras marcas o sin marcas 4.40 5.50 c) Tipo zapato 4.20

6.50 Continuación de la Resolución por la cual se establecen Precios Estimados 6

SUBPARTIDA DESCRIPCION PRECIO UNITARIO FOB US$

ARANCELARIA

MARGEN MARGEN INFERIOR SUPERIOR 64.04.20.00.00 Calzado con suela de cuero natural o regenerado y parte superior de material 34.40 41.30 textil. 64.05.10.00.00 Los demás calzados con la parte superior de cuero natural o regenerado y el piso de 55.40 66.00 una materia o combinación de materias no citadas en las anteriores Subpartidas Arancelarias de esta Resolución. 64.05.20.00.00 Los demás, calzados con la parte superior de materia textil y el piso de una materia o 7.20 8.60 combinación de materias no citadas en las

anteriores Subpartidas Arancelarias de esta Resolución. 64.05.90.00.00 Los demás calzados. 49.00 58.30 Artículo 2. Los precios que figuran en la presente Resolución son aplicables para aquellas mercancías que sean embarcadas hacia Colombia, a partir de la fecha de su entrada en vigencia. Las medidas previstas en el Parágrafo del artículo 469, numeral 1.20 del artículo 502 y en el artículo 502-1 del Decreto 2685 de 1999, se aplicarán a mercancías procedentes de Zonas de Régimen Aduanero Especial amparadas por facturas de nacionalización expedidas con posterioridad a la publicación de la presente Resolución. Artículo 3. Las controversias de valor suscitadas en aplicación de los precios fijados en el presente acto administrativo, no pueden ser resueltas con fundamento en los estudios de valor realizados con antelación a la expedición de esta resolución. Artículo 4. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 9517 del 26 de septiembre de 2002.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los

( ORIGINAL FIRMADO POR )

JUAN PABLO ORTIZ BRAVO

Director de Aduanas

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