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DIAN - Resolución 1371 de 26-02-2016

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 1371 de 26-02-2016
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2016

9) DIAN"

¿ £ Dreozon 6 xepusstos y Arana Naciirales RESOLUCIÓN NÚMERO 001371 ( rg? Por la cual se expide una Clasificación Arancelaria EL JEFE DE LA COORDINACION DEL SERVICIO DE ARANCEL DE LA SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008, y CONSIDERANDO Que el Gobierno Nacional, mediante el artículo 236 del Decreto 2685 de 1999, facultó a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para expedir Clasificaciones Arancelarias a Solicitud de Particulares. Que mediante los Artículos 154 y siguientes de la Resolución 4240 de 2000, y sus modificaciones, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. reglamentó el trámite de las Clasificaciones Arancelarias. a Petición de: Particular y con la Resolución DIAN 260 de 2014, reguló lo relacionado con el costo del servicio . Que la empresa iotech Orius S.A. S, nit No. 900.837.563-2 diante formato radicado con el No: 2015048722 de noviembre 30 de 2015, presentó solicitud para la clasificación arancelaria del producto denominado por el solicitante técnicamente como FERTILIZANTE ORGÁNICO MINERAL y comercialmente cómo MINERAL GRYN SC. - Que el solicitante canceló la suma de trescientos ventidos mil pesos m/cte ( $322,000), con el comprobante de pago de noviembre 20 de 2015 del Banco De Bogota. Que mediante oficio No. 100227342-1599 del 17 de diciembre de 2015, esta

Coordinación solicitó al usuario que suministrara información adicional del producto, necesaria para la plena identificación de la mercancía, el cual fue respondido mediante escrito con radicado No. E2016901797 del 18 de enero de 2016. Que con base en la información suministrada por el interesado se establece que, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, corresponde a un fertilizante orgánico mineral, con las siguientes características: -

Composición Química: .

Potasio soluble en agua (K20) 46.0 g/L 4,60%; Magnesio (MgO) 15.0 g/L 1,50%; Cobre (Cu) 5.0 g/L 0,50%; Manganeso (Mn) 7.0 g/L 0,70%; Zinc (Zn) 8.0 g/L 0,80%, Boro (B) 0.5 g/L 0,05%; Carbono orgánico oxidable 28.0 g/L 2,80%; Aminoácidos Libres (7) 35.0 g/L 3,50%; Ingredientes aditivos c.s.p. 1 L: 85,55% Agua. Contiene los siguientes Aminoácidos: Ácido Aspártico, Ácido Glutámico, Cisteína, Tirosina, Alanina, Serina, Metionina. Propiedades Físico Quimicas; pH en solución al 10% 3.48 001371 ¿670 8

RESOLUCIÓN NÚMERO DE Página 02 de 02

Continuación de la Resolución "Por la cual se expide una Clasificación Arancelaria". Densidad a20%C 1.18 g/ml Así mismo, su función técnica es activar la energía y el metabolismo de la planta,

recuperar el cultivo de los daños causados por herbicidas, insectos plaga, heladas y sequias, y bioestimular la nutrición en el mismo. La aplicación del producto se da por aspersión aérea o terrestre, dirigido al follaje y se presenta en envases de 1L (1.16 kg), 500 cc(0.58 kg), 250 cc (0.254 kg), 200 cc (0.232 kg) para la venta al por menor. Que de acuerdo con lo anteriormente expuesto, arancelariamente el producto objeto de estudio corresponde a un fertilizante mineral para uso técnico, comprendido en la partida 31.05 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado. RESUELVE Artículo 1”. Clasificar la mercancia descrita en la presente Resolución, por la subpartida 3105.10.00.00 del Arancel de Aduanas, como productos de este Capítulo en tabletas o formas similares o en envases de un peso bruto inferior o igual a 10 kg, y de acuerdo con la Nota 6 del Capítulo 31 y de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 de la Nomenclatura Arancelaria. Artículo 2". Notificar al(a) señor(a) Martha Lucia Huertas Santana, identificado(a) con Cédula de ciudadanía 55.153.937, en representación de la empresa Biotech Orius S.A.S., nit No.900.837.563-2, en la Cra 23 H 5-86 Barrio La Alborada VillavicencioMeta, de conformidad con el artículo 567 del Decreto 2685 de 1999 y sus modificaciones. Artículo 3%. Una vez en firme la presente providencia, por medio de la Coordinación

de Notificaciones del Despacho de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos, remítase copia o fotocopia a la Coordinación de Relatoría de la Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina yy a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, para lo de sus competencias. Artículo 4”. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación, previa su notificación, y contra la misma no procede recurso alguno de conformidad con lo previsto en el artículo 236 del Decreto 2685 de 1999.

PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE :

SR, EPA

MOISES WILSON PALOMEQUE G.

Jefe de la Coordinacion del Servicio de Arancel.

Proyectó: Claudia Marcela Medina Macias Revisó: Fidel Raul Minotta Sentez,// - Se centifica q publicado ee

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