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DIAN - Resolución 1377 de 06-02-2009

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 1377 de 06-02-2009
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2009

RESOLUCIÓN NÚMERO 1377 ( 6 FEBRERO 2009 ) Por la cual se modifica el parágrafo del artículo 1º de la Resolución 0334 de 2009 EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES En ejercicio de sus facultades legales, en especial las contenidas en el numeral 12 del artículo 6 del Decreto 4048 de 2008, y en el Decreto 4320 de 2008, RESUELVE: ARTICULO 1. Modifícase el parágrafo del artículo 1º de la Resolución 0334 de 2009, el cual así: “Parágrafo. El cupo previsto en el presente artículo será distribuido por la asociación que agrupe a los importadores de licores del Departamento de la Guajira, entre los comerciantes e importadores afiliados a la misma, que acrediten la autorización a que se refiere el Decreto 1299 de 2006, adicionado por el Decreto 3039 de 2008. Las declaraciones de importación deberán ser presentadas por la asociación o por el respectivo importador autorizado. La asociación de que trata el presente articulo deberá contar con el aval del Gobernador del Departamento.” ARTICULO 2. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los

NESTOR DÍAZ SAAVEDRA

Director General

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