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DIAN - Resolución 14187 de 26-11-2007

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 14187 de 26-11-2007
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2007

RESOLUCIÓN No. 14187 (26 de noviembre de 2007) Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 10219 de 2005 EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES En ejercicio de sus facultades legales y en especial de la consagrada en el literal i) del artículo 19º del Decreto 1071 de 1999, RESUELVE: ARTÍCULO 1º. Modificase el parágrafo del artículo 3º de la Resolución no. 10219 del 31 de octubre de 2005, modificado por la Resolución No. 01878 de 2006, la Resolución No. 00737 de 2007 y la Resolución No. 06816 de 2007, el cual quedará así: “Parágrafo: Para operar en las jurisdicciones de las Administraciones de Impuestos y/o Aduanas de Arauca, Inírida, Leticia, Pamplona, Puerto Asís, Puerto Carreño, San Andrés, Tumaco, Uraba, Valledupar, Yopal y Cartago, las Sociedades de Intermediación Aduanera deberán dar cumplimiento a la obligación establecida en el artículo 26-1 literal b) del Decreto 2685 de 1999, adicionado por el artículo 5º del Decreto 3600 de 2005, a partir del 1º de junio de 2008”. ARTÍCULO 2º. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,

Dada en Bogotá, D.C., 26 de noviembre de 2007

OSCAR FRANCO CHARRY

Director General

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