DIAN - Resolución 14440 de 2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 14440 de 2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO de

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria

EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante radicado No. 2354100000023 80 del 28 de abril de 2025, la señora ÁNGELA XÍMENA TORRES CELIS, identificada con cédula de ciudadanía 52.338.133, representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SECURITYS S.A.S NIVEL 2, con NIT 900.300.002 -7, mandataria de la Sociedad AGROAVICOLA SAN MARINO SA con NIT 830.016.868 -7, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “SISTEMA DE AMBIENTE CONTROLADO G6ACPED”.

La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato de solicitud diligenciado en la plataforma SARP en dos (2) páginas, flujograma en dos (2) páginas, manual controlador en sesenta y dos (62) páginas, manual puerta de panel en veintiocho (28) páginas, manual almohadilla en veintinueve (29) páginas, componentes en una (1) página y comprobante de pago en (1) página.

La solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos MCTE

en veintinueve (29) páginas, componentes en una (1) página y comprobante de pago en (1) página.

La solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos MCTE ($1.383.686,00) según transferencia electrónica No. NIT -830016868-G6ACPE del 2 5 de abril de 2025 de Bancolombia S.A. al Banco de Bogotá.

Mediante Requerimiento de Información No. S2025000100165398000368 del 15 de mayo de 2025 este Despacho solicitó a la usuaria:

1. “Indicar claramente cuáles son los equipos que forman parte de la solicitud, ya que en la lista remitida varios elementos están asociados como accesorios al equipo principal y se mencionan partes de equipos no relacionados en la misma.

2. Señalar si los sensores de temperatura, humedad y el medidor de presión forman parte del controlador de clima, o si son equipos que se disponen a lo largo del galpón y que están conectados al controlador.

3. Indicar de qué manera se conecta el controlador al panel de humidificación.

4. Aclarar si existen ventiladores que suministren el aire para que el sistema de humidificación ajuste la humedad. En caso afirmativo, explicar por qué no están incluidos en la lista de equipos suministrada.

5. Explicar por qué el elemento denominado “tumbador de cortina” está incluido si las cortinas no hacen parte de la lista de elementos asociados.

6. Indicar la ubicación geográfica y área en donde se instalará el sistema a clasificar.

La usuaria responde mediante escrito radicado No. E2025000100165398000350 del 07 de junio de

no hacen parte de la lista de elementos asociados.

6. Indicar la ubicación geográfica y área en donde se instalará el sistema a clasificar.

La usuaria responde mediante escrito radicado No. E2025000100165398000350 del 07 de junio de 2025, en cinco (5) páginas, renunciando al término restante para dar respuesta.

14440 02 dic. 2025RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

La Coordinación de Clasificación Arancelaria expidió la Resolución No. 2025003980600386 del 18 de julio de 2025, con la cual se declaró el desistimiento conforme a lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y el artículo 315 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 16 de la Resolución 185 de 2024.

Mediante radicado electrónico No. 1482025E015323 del 8 de agosto de 2025, la señora ÁNGELA XÍMENA TORRES CELIS, representante legal suplente de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SECURITYS SAS NIVEL 2 NIT 900.300.002-7 mandataria la Sociedad AGROAVICOLA SAN MARINO SA con NIT 830.016.868 -7, presentó recurso de apelación contra la Resolución No.2025003980600386 del 18 de julio de 2025.

Una vez efectuado el análisis correspondiente, La Subdirección Técnica Aduanera, en garantía del debido proceso y de los derechos del usuario, decide revocar la Resolución No.

No.2025003980600386 del 18 de julio de 2025.

Una vez efectuado el análisis correspondiente, La Subdirección Técnica Aduanera, en garantía del debido proceso y de los derechos del usuario, decide revocar la Resolución No. 2025003980600386 del 18 de julio de 2025. En consecuencia, se ordena a la Coordinación de Clasificación Arancelaria realizar el requerimiento previsto en el artículo 314 de la Resolución 46 de 2019, modificado por el artículo 15 de la Resolución 185 de 2024, oficiando al peticionario para que, dentro de los cinco (5) días siguientes a la comunicación del mismo, seleccione la unidad funcional, máquina o producto a clasificar, según corresponda, y se continúe con el estudio y análisis a que haya lugar.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo segundo de la Resolución No. 11 459 del 2 de octubre de 2025, mediante el cual se ordenó devolver los antecedentes a la Coordinación de Clasificación Arancelaria para efectuar el requerimiento correspondiente y adelantar el estudio técnico pertinente, esta Coordinación emitió el oficio No. 100165398 -103-003-3565 del 10 de noviembre de 2025, solicitando a la interesada la elección de la mercancía objeto de clasificación arancelaria. En atención a dicho requerimiento, la usuaria respondió mediante Radicado No. 1002025E023470 del 18 de noviembre de 2025, en un escrito de tres (3) páginas, seleccionando como mercancía a clasificar el producto denominado “SISTEMA DE CONTROL ELÉCTRICO”.

Por medio del formato de la solicitud se indicó, que se notifique la Sra. ÁNGELA XÍMENA TORRES

como mercancía a clasificar el producto denominado “SISTEMA DE CONTROL ELÉCTRICO”.

Por medio del formato de la solicitud se indicó, que se notifique la Sra. ÁNGELA XÍMENA TORRES CELIS, a las direcciones electrónicas manifestadas por la interesada: corporativo@aasecuritys.com

  • direccionoperativa@aasecuritys.com; o por correo en la dirección calle 94 a # 11 a 53, en Bogotá,

D.C.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Notas y Texto de Partida:

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

14440 02 dic. 2025RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación

14440 02 dic. 2025RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Nota 4 de la Sección XVI:

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los capítulos 84 u 85, el conjun to se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”

Nota 3 del Capítulo 90:

“Las disposiciones de las notas 3 y 4 de la sección XVI se aplican también a este capítulo.”

Nota 7.a) del Capítulo 90:

“7. La partida 90.32 solo comprende:

a) los instrumentos y aparatos para regulación automática de caudal, nivel, presión u otras características variables de líquidos o gases, o para control automático de la temperatura, aunque su funcionamiento dependa de un fenómeno eléctrico que varía de acuerdo con el factor que deba regularse automáticamente, que tienen por función llevar este factor a un valor deseado y mantenerlo estabilizado contra perturbaciones, midiendo continua o periódicamente su valor real;”

Texto de Partida 90.32:

“Instrumentos y aparatos para regulación o control automáticos.”

Regla General Interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada

Texto de Partida 90.32:

“Instrumentos y aparatos para regulación o control automáticos.”

Regla General Interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinaria

Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 319, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

En cumplimiento de lo ordenado por la Subdirección Técnica Aduanera mediante la Resolución No. 11459 del 2 de octubre de 2025, y con base en los documentos aportados en los radicados No. 235410000002380 del 28 de abril de 2025, E20250001001653980003 50 del 7 de junio de 2025 y 1002025E023470 del 18 de noviembre de 2025, el producto denominado "SISTEMA DE CONTROL ELÉCTRICO" se describe como un aparato electrónico con pantalla táctil de 7 pulgadas, panel de control, puertos de conexión IP65 y fuente de alimentación de 220 V CA ± 10 %,50/60 Hz, con las

ELÉCTRICO" se describe como un aparato electrónico con pantalla táctil de 7 pulgadas, panel de control, puertos de conexión IP65 y fuente de alimentación de 220 V CA ± 10 %,50/60 Hz, con las siguientes características:

Rango de Temperatura: 0 ~ 60°C, Rango de medición de humedad: 0 ~ 100%, Rango de medición de CO2: 0 ~ 7500 ppm, Precisión: ±45 ppm ± 3 % (lectura) Salida de relé: 40 vías, Rango de temperatura de funcionamiento: 0 ~ 50°C, humedad relativa ≤ 95%.

14440 02 dic. 2025RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Para su funcionamiento, se enciende la pantalla y se registran los parámetros de temperatura y humedad, iniciando la medición constante de las condiciones ambientales dentro de un galpón avícola con la ayuda de sensores que se conectan al controlador , el cual envía una señal electromecánica al relé del dispositivo para que active el contactor permitiendo la activación de los equipos correspondientes.

En caso de que las condiciones de humedad y temperatura dentro del galpón estén por fuera de los rangos establecidos, se activará el sistema de alarma para la revisión por parte del personal a cargo.

El sistema está compuesto por:

1. Un (1) controlador. Incluye el panel de control , puertos de conexión y una pantalla de 7 pulgadas. Incluye módulo de presión. Controla y regula la operación de todos los componentes del sistema.

1. Un (1) controlador. Incluye el panel de control , puertos de conexión y una pantalla de 7 pulgadas. Incluye módulo de presión. Controla y regula la operación de todos los componentes del sistema.

2. Siete (7) sensores de temperatura con un rango de medición que puede variar entre -40°C a +125°C. Monitorea constantemente la temperatura y envía datos al controlador.

3. Un (1) sensor de humedad. Monitorea la humedad y envía datos al controlador.

4. Un (1) medidor de presión. Monitorea la presión y envía datos al controlador.

5. Una (1) alarma inteligente de sonido y luz.

6. Un (1) transformador de aislamiento de potencia. Transfiere energía eléctrica entre circuitos.

7. Dos (2) tumbadores de cortina (motores). Deja bajar la cortina de manera automática en caso de ser necesario

Teniendo en cuenta lo anterior, se establece que la mercancía listada en los numerales 1 a 7, corresponde arancelariamente a una combinación de instrumentos y aparatos utilizados para el control automático de presión, humedad y temperatura, que de conformidad con lo dispuesto en la Nota 4 de la Sección XVI, Nota s 3 y 7.a) del Capítulo 90 y Regla General Interpretativa 1, se encuentra comprendida en la partida arancelaria 90.32 que comprende “Instrumentos y aparatos para regulación o control automáticos. ” y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida arancelaria 9032.89.90.00 la cual está determinada para “ - - - Los demás” dentro de la subpartida 9032.89 “ - - Los demás:”.

clasifica en la subpartida arancelaria 9032.89.90.00 la cual está determinada para “ - - - Los demás” dentro de la subpartida 9032.89 “ - - Los demás:”.

En mérito de lo anteriormente expuesto, el jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida 9032.89.90.00 del Arancel de Aduanas como una combinación de instrumentos y apar atos electrónicos que trabajan conjuntamente para control automático, en aplicación de la Nota 4 de la Sección XVI, Nota s 3 y 7.a) del Capítulo 90 y la Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora ÁNGELA XÍMENA TORRES CELIS identificada con cédula de ciudadanía No. 52.338.133, en calidad de representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SECURITYS SAS NIVEL 2 con NIT 900.30 0.002-7, a la direcciones electrónicas informadas en la solicitud: corporativo@aasecuritys.com - direccionoperativa@aasecuritys.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. 14440

establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. 14440 02 dic. 2025RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección informada por el usuario, calle 94 a # 11 a 53 en Bogotá D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el art ículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio

Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyectó: Harold Libardo Rojas Castañeda

Revisó: Claudia Alejandra Jurado Zapata

14440 02 dic. 2025

HECTOR ARTURO

GARAY LEAL Firmado digitalmente por

HECTOR ARTURO GARAY LEAL Fecha: 2025.12.02 16:43:20

-05'00'SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 14440Consecutivo Acto 2025Año Calendario 02-DEC-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

0No.Expediente Impuesto Periodo 900300002"Nit Calidad Actua ANGELA XIMENA TORRES CELIS REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS SECURITYS S.A.S. NIVEL 2Razón Social corporativo@aasecuritys.comDirección 11Departamento 1Municipio

Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO

ANGELA XIMENA TORRES CELIS REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS SECURITYS S.A.S. NIVEL 2Razón Social

corporativo@aasecuritys.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 502Planilla Remisión No. 03 DEC 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado 0Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

04 DEC 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑORA: ÁNGELA XIMENA TORRES CELIS REP LEGAL DE T/P900300002"

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 05 JAN 2026 Hora: 11:27:42

Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 30 DEC 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este acto fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.353 del 30 de diciembre de 2025 en la página 577.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 14440Consecutivo Acto 2025Año Calendario 02-DEC-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

0No.Expediente Impuesto Periodo 900300002/Nit Calidad Actua ANGELA XIMENA TORRES CELIS REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS SECURITYS S.A.S. NIVEL 2Razón Social direccionoperativa@aasecuritys.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 502Planilla Remisión No. 03 DEC 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado 0Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

04 DEC 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑORA: ÁNGELA XIMENA TORRES CELIS REP LEGAL DE T/P900300002/

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 05 JAN 2026 Hora: 11:27:42

Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 30 DEC 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este acto fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.353 del 30 de diciembre de 2025 en la página 577.

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