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DIAN - Resolución 1502 de 07-11-2023

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 1502 de 07-11-2023
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2023

RESOLUCIÓN No 001502 (7 de noviembre de 2023) Por la cual se habilita el trabajo en casa en la Dirección Seccional de Impuestos Cali LA DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS DE CALI En ejercicio de las facultades legales, reglamentarias y en especial a las dispuestas en el Numeral 9 del Artículo 3º de la Resolución No. 000084 del 27 de agosto del 2021, mediante la cual el Director General de la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales delegó la facultad a los Directores Seccionales para establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección, la resolución 000035 del 15 de marzo del 2022 y la Resolución 005281 de julio 06 de 2023, CONSIDERANDO: Que el numeral 9º del artículo 3º de la Resolución 000084 del 27 de agosto del 2021, faculta a los Directores Seccionales y Directores Seccionales Delegados establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad con las necesidades del servicio, garantizando el mínimo de tiempo laboral vigente y el horario de atención al público. Que la Ley 2088 de 2021, regula la habilitación de trabajo en casa como una forma de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, que se presenten en el marco de una relación laboral, legar y reglamentaria con el Estado, sin que conlleve variación de las condiciones laborales establecidas o pactadas al inicio de la relación laboral. Que mediante la resolución 000035 del 15 de marzo del 2022, la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, habilitó el trabajo en casa como forma transitoria

de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, dictó lineamientos generales para su aplicación y delegó funciones a los Directores Seccionales del nivel local. Que mediante decreto 4112.010.20.0786 del 3 de noviembre de 2023, la Alcaldía Distrital de Santiago de Cali estableció para el 8 de noviembre de 2023, la jornada del “Día por la movilidad sostenible”; fecha en que se prohíbe la circulación de vehículos automotores de servicio particular, motocicletas, vehículos de servicio oficial, camiones y tractocamiones de servicio particular, dentro del perímetro urbano del Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali, entre las 7:00 a.m. y 5:00 p.m. Que la resolución 000627 del 4 de mayo de 2022 que modificó la resolución No. 000555 del 18 de abril del 2022, establecieron los horarios laborales de trabajo y de atención al público para los funcionarios públicos de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali. Que, durante el 8 de noviembre de 2023, se deberá garantizar la atención al público en los servicios de recepción de documentos, radicación de recursos, ventanilla única correspondencia y notificaciones. Que, para evitar inconvenientes de transporte en el desplazamiento de los servidores públicos al sitio de trabajo y a sus hogares durante la jornada del “Día por la movilidad sostenible”, la Dirección Seccional de Impuestos de Cali determinó habilitar el trabajo en casa, como forma transitoria de prestación del servicio en esta situación especial, por el día

8 de noviembre de 2023. RESOLUCIÓN NÚMERO 001502 del 7 noviembre de 2023 Hoja No. 2 Continuación de la Resolución 001502 Por la cual se habilita el trabajo en casa en la Dirección Seccional de Impuestos Cali. ______________________________________________________________________________ En mérito de lo anteriormente expuesto, R E S U E L V E: ARTICULO 1º: Habilitar por el día 8 de noviembre de 2023, el trabajo en casa para los servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali, laborando en los horarios ya establecidos. Parágrafo 1º: Los funcionarios públicos que por necesidades del servicio deban laborar presencialmente en las instalaciones de la Dirección Seccional podrán realizarlo en los horarios establecidos, previa concertación con sus jefes inmediatos. Parágrafo 2º: Los servidores públicos que se encuentren bajo la modalidad de teletrabajo y que deban asistir a las instalaciones de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali, podrán trabajar en casa por el día 8 de noviembre de 2023. ARTICULO 2º: Elementos de trabajo. Los jefes de División y de Grupo Interno de Trabajo deberán coordinar con sus colaboradores, la disposición de los elementos de trabajo (instrumentos, equipos y demás herramientas), y se acordará si serán provistos por el servidor público o conforme con los recursos que tenga disponibles la Dirección Seccional de Impuestos de Cali. Parágrafo 1º: En caso de que los equipos sean provistos por la Seccional, los funcionarios públicos serán responsables del cuidado, destinación y custodia de estos, en caso de daño

o mal uso, el servidor deberá asumir la responsabilidad de lo ocurrido. Para el efecto, se suscribirá entre las partes un formato que además de las características del equipo se indicarán las condiciones en las que se entrega. Parágrafo 2º: Es responsabilidad de todo servidor público preservar la privacidad de la información por la que, ante el uso inadecuado, el servidor público será responsable del manejo de la información. ARTICULO 3º: Lugar de trabajo en casa. La prestación del servicio de los funcionarios habilitados para el trabajo en casa se llevará a cabo en el domicilio registrado por el servidor público en Mi portal – Kactus. Cualquier modificación de la dirección deberá ser registrada por el servidor público en el mismo aplicativo.

Parágrafo: Los jefes de División y Grupos Internos de Trabajo remitirán a la División de Talento Humano el listado de los funcionarios públicos que realizarán trabajo en casa y los que laborarán de forma presencial.

ARTICULO 4º: Establecer por el día 8 de noviembre de 2023, el horario laboral de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. en jornada continua, para los servidores públicos de los Puntos de Contacto y del Grupo Interno de Trabajo de Documentación que en aras de garantizar el servicio y previa concertación con su jefe inmediato, deban laborar presencialmente en las instalaciones de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali.

Parágrafo: Se establece como horario de atención al público de 7:00 a.m. a 3:00 p.m.

ARTICULO 5º: Corresponde a los jefes de División y Grupos Internos de Trabajo, garantizar

el cumplimiento de los horarios establecidos en la presente resolución. ARTICULO 6º: Publicar la presente resolución en lugar visible al público de la Dirección Seccional y en la página web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. RESOLUCIÓN NÚMERO 001502 del 7 noviembre de 2023 Hoja No. 2 Continuación de la Resolución 001502 Por la cual se habilita el trabajo en casa en la Dirección Seccional de Impuestos Cali. ______________________________________________________________________________ ARTICULO 7º: Comunicar por parte de la División de Talento Humano la presente resolución a los buzones electrónicos de los funcionarios de la Dirección Seccional. ARTICULO 8º: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLIQUESE, COMUNIQUESE y CUMPLASE, Dada en Santiago de Cali, a los siete (7) días del mes de noviembre de 2023

MARITZA ALEXANDRA DIAZ GRANADOS

Directora Seccional de Impuestos de Cali

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