DIAN - Resolución 1531 de 02-03-2020
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 1531 de 02-03-2020
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2020
" - RESOLUCIÓN NÚMERO 001531: (82 MAR 2028) Por la cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria A
LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL.
DE LA SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 42 de la Resolución 0011 de - $ 2008 y teniendo en cuenta los siguientes, . : HECHOS + Mediante tadicado No. ESGTA201900612 del 18 de diciembre de 2019, la Sra. Julieta Diaz Granados Diaz, identificada con cédula de ciudadanía 45.767.160, presentó una solicitud . de resolución anticipada de clasificación arancelaría para la mercancia denominada con el ¿ nombre técnico y comercial “HISOPOS SOLUPREP TM? > : La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: catálogoy ficha técnica del producto en ocho (8) folios y copia de la consignación bancariaen un (1) folio... >. La solicitante pagó cuatrocientos catorcmei l cincuenta y ocho pesos mícte ($414.058) según comprobante No 94064731-5 del 10 de diciembre de 2019 del Banco de Bogotá. Mediante oficios Nos. 1002273420138 y 1002273420139 del 31 de enero de 2020,se consultó a tas Subdirecciones de Gestión de Recursos Jurídicos, Gestión de Representación Externa y a las Divisiones de Gestión de Fiscalización Aduanera, Gestión de Liquidación Aduanera y Gestión Jurídica de las Seccionales de Aduanas de
Barranquilla, Bogotá, Cali, Cartagena y Medellin y a las Direcciones Seccionaledse - ; Impuestos y Aduanas de Bucaramanga, Buenaventura, Cúcuta, Manizales, Pereira y Santa | Marta, respectivamente, si tenian conocimiento de la existencia de procesos en curso parala mercancía objeto de la solicitud de clasificación arancelaria; no se obtuvo respuesta hasta la fecha sobre investigaciones relacionadas con este tipo de producto. +... 202 co: Por medio del formato de solicitud, el interesado indicó que se nofífique a la Sra. Júlieta UN: Diaz Granados Diaz en la Avenida El Dorado $ 75 - 93, Bogotá DC. o FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancias y su | ] anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. A Acuerdo de Cartágena, aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973.- | Decisión 812 de 2016 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual aprobó el . Texto único de la Nomenciatura Común de los Países Miembros E d Sel Acuerdo Ade Cart agena -. f (NANDINA). | Decreto 2153 de 2016 y sus modificacioriés, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y 0 oo otras disposiciones. 001531
RESOLUCIÓN NÚMERO de 0.2 MAR 2026 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de partida: Regia General Interpretativa 1:
"Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapitulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capitulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con fas Reglas siguientes:” Partida 38.08: "Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de ias plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufrada, y papeles matamoscas”. Regla Genera) interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, asi como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse - Subpartidas de! mismo nivel. A efectos de esta Regia, también se aplican las Notas de Sección y de Capitulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional - artículos 298 a 304, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las resoluciones anticipadas. Resolución 0048 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - Artículos 304 a 312, mediante la cual se reglamentan las resoluciones anticipadas.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO : Acorde con la información aportada con radicado No. ESGTA201900612 del 18 de
diciembre de 2019, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un producto compuesto por una solución de gluconato de clorhexidina y alcohol isopropílico que se impregna en una espuma de poliuretano adherida a una manija aplicadora de polipropileno. e . Las caracteristicas principales del producto-son: Presentación ináividual de dosis única Antiséptico de acción rápida y actividad residual Amplio espectro antibacterial + Libre de látex . Disponible en presentación de 30 o 50 unidades, con y sin tinte para facilitar la identificación de la zona que ha sido preparada : ResoLución NOmero 001531 de : 02 MAR 2800 Hoja No.3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución Anticipada: de Clasificación Arancelaria Conforme a lo anterior, desde el punto de vista arancelario, la mercancía a clasificar. corresponde “a una preparación desinfectante utilizada para alistar .la piel antes de procedimientos vasculares O quirúrgicos menores, que en aplicación de la Regla General yi nt ce or np fr oet ra mt ei va a 1 l a de R egla l aN om Ge en nec rl aa lt ur ia n ted re pl r etS ai ts it ve am a 6 A sr e mo cn lai sz ia fid co a, ens e lac la ss ui bf pic aa r tien d a la 3p 8a 0r 8ti .d 9a 4 .3 18 9. .0 08 0, . dei Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación del Servicio de
Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, 2. ” RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución comouna preparación desinfectante presentada para la venta at por menor, en fa subpartida . 3808.94.19.00 del Arancel de Aduanas, en aplicación de las Reglas Generales : interpretativas 1 y 6 del Sistema Armonizado, contenido en el Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso enel: s c li oit si u o d aa rw d te a íb cn u í la od se 4 75l 5.a 5 7 ,6D 7I 7.A 51N 66, ,0 , 7 a 6e 3l n a y s lae 7 ñ 6A 4o v r ea dn ei ld J au Dl ei ce Et l r a e tD ooD ri aa 1z d 1o 6 G 5 4r a d7 en 5 a 2d0o 9 1s 3 9 , yD B i oa eg lz o, at rá ti íd ce D un C lt . oi , f i 31c d 1a e da c d eo nco f lan o r Rm ec i sé dd oau ldl u a c ic óod nne
. 0046 de 2019, o ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrátivo. p d coer nbo ec re lád o e i esnr tte aec bru lpr eos cno ie dr osde e ea d np e e ntl er la oc i aó rdn te i cl ua o ln s o t e d i 2e 9l za 8 (S 1u d0 eb ) l d i dr í De a esc c c ri s eó i tn g o u iede 1n 1t 6eG 5se s at di eSó un 2n 0oT 1té 9ic ,fn ici ac ec la i ón aA , rd t íu d ca e u n loe c r oa n 3, f 0 o 6r e ml i dedc au da l l a Resolución 0046 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación en el Diario Oficial de ta p 0r 0e 4s 6e n dt ee 2r 0e 1s 9o ,l uc eli ó an r, t ícd ue l o co 65n fo den ni lad a Ld e y c 1o 4n 3 7l o de es t 2a 0b 1l 1e ci yd o el e an r tíe cl u la or tí 1c 1u 9l o de3 11 la Ld ee y la 4 89R es do el u 1c 9i 9ó 8n . ' .
A m T Aíe dR sd uT ii acÍ o o n C s e U rdL ae a O ll paa a Q rCC aU o oI oo rN lr odT d iO di n e. n a a cc si uiR ó óe nm cn i ot mdi d per e l e teSu N e nn o ra ct v i iif av cie icz oa y ce i d pn o e u n bef lAsi irr am qne ud, c ee e sl ec !lo a pi d eSa ne ub ld l ad ae il pr S áep u gcr b ice d nis i aóe r nn e t wce c ed i be ó a nc d t G eo e ds et la a i d óm G Dni e I n s Ai t Ns d i .t e ó r na t Ri e Tv c éo u, cr ns iop co s ar .
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE02 MAR 20D
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