DIAN - Resolución 157 de 06-08-2014
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 157 de 06-08-2014
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2014
Derastn de empúnalos y Arcaras tseracidna RESOLUCIÓN NÚMERO 000157 ( 06 A60 2014 ) Por la cual se adiciona un artículo transitorio a la Resolución 000105 del 14 de mayo de 2014... . EL DIRECTOR GENERAL. DE IMPUESTOS Y.ADUANAS NACIONALES En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Numeral 12 del artículo 6 del Decreto 4048 de 2008, el artículo 120 del Decreto 2685 de 1999, y CONSIDERANDO y _Que para efectos de la aplicación del Decreto 723 de 2014, ¡se> expidió la Resolución 000105 del 14 de mayo de 2014. Que el artículo 1 de la Resolución 000105 del 14 de mayo de 2014 determina los lugares habilitados para el ingreso de maquinaria.-- Que el 16 de octubre de 2013, se suscribió el Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y el Gobierno de la República de Colombia para la construcción del Puente Internacional “Las Tienditas”. Que el objeto del mencionado Acuerdo es “establecer el compromiso de las Partes, de trabajar en conjunto para la construcción del Puente Internacional “Las Tienditas” de conformidad con los principios de igualdad, respeto mutuo de la soberanía y reciprocidad de ventajas, con sujeción a sus respectivos ordenamientos jurídicos y las disposiciones del presente Acuerdo”. Que entre las obligaciones comunes previstasen el artículo 60. del citado Acuerdo, se encuentra la de “Facilitar todos los medios necesarios para el correcto, oportuno y buen desarrollo del Acuerdo”.
Que para poder dar cumplimiento -al considerando anterior, se hace necesario proporcionar los medios para que se pueda llevar a cabo la construcción del Puente Internacional “Las Tienditas”. ¿Que en cumplimiento a lodispuesto en el artículo 8 numeral 8 de la Ley 1437 de 2011, el proyecto : de resolución reglamentaria fue publicado para comentarios y observaciones en la página de la DIAN, según constancia expedida por la Ofi icina de Comunicaciones. RESOLUCIÓN NÚMERO 0 0 01 5 7 | de 95 AGO 201% Hoja No. 2 mayo de : O : 2014” RESUELVE ARTÍCULO 10. Por el cual se adiciona un artículo transitorio a la Resolución 000105 de 14 de mayo de 2014, el cual quedará así: “ARTÍCULO TRANSITORIO. Habilitar de manera transitoria los cruces de frontera actuales ubicados en la jurisdicción de la Dirección Seccional de Aduanas de Cúcuta y aquellos que se habiliten en la misma jurisdicción, para el ingreso de la maquinaria y sus partdee sque tratan: los artículos 1 y 4 del Decreto 723 de 2014, destinadas única y exclusivamente al cumplimiento del “Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y el Gobierno de la República de Colombia para la construcción del Puente Internacional “Las Tienditas” y A Acuerdo. La Dirección Seccional de Aduanas de Cúcuta ejercerá los controles necesarios a fin de garantizquea rl a: maquinaria se destine para los propósitos del “Acuerdo” y por el término exclusivo que requiera la obra.” .
ARTÍCULO 20. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y hasta que finalice la transitoriedad establecida en el artículo anterior.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D. C., alos DE ARO 2014 13 AGO 201% Se certifica que el anterior acto administrativo hue. | publicado, Hipo oTrcral, PaGraA te ENrción 44 242 LIER Ya]