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DIAN - Resolución 1662 de 04-03-2022

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 1662 de 04-03-2022
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2022

DIANPOR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO | 001 862 | 04 MAR 2022

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE AEACIÓN AcUNCALARÍA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA - Enuso de las facultades legales que le confiere el fumieral 3. 3.1 del Artículo 2 de la Resolución : 000070 de 2021, y teniendo en n cuenta los siguientes HECHOS -. | | - Mediante radicado No. ESGTA202100521 del 22 de octubre de 2021 el Sr. Wilman Augusto López Ramírez, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.306.584, representante legal de la Agencia de Aduanas Agecoldex S.A. Nivel 1 con NIT 800.254.610-5, mandataria de la sociedad SpectrumBrands Corp. S.A.S. con NIT 800.087.297-6 presentó una solicitud de resolución de clasificación . arancelaria a petición de cualquier interesado, para la mercancía denominada técnica y: comercialmente como "FREIDORA DE AIRE. REFERENCIA/ sKu HF1108BD". El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documéntos' información técnica del producto enveintidós (2) folios, copia de transferencia bancarla en un (1) folio, mandato en un 0) folio. El solicitante pagó cuatrocientos cincuenta y cinco mil pesos m/cte. ($455, 000), mediante : transferencia bancaria No. 121649294 del 21 de octubre de 2021 del Banco Scolabank Colpatria

al Banco de Bogotá. - o Por medio del formato de solicitud, el usuario indicó que se notifique a Wilman Augusto López Ramírez en el Avenida Calle 24 No. 95A— 30 Oficina 503, Bogotá D. C., Colombia. a : FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías. y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. : Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley ga de 1973. Decisión 885 de 2021 de la Comisión de la Comunidad Andina; mediante la. cual se aprobó el Texto - único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. | eN NN Decreto 1881 de 2021, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se considerarán lass siguientes Reglas y Texto de partida: A Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos O de los Subcapítulos solo ieñen: un > valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de

RESOLUCIÓN NÚMERO 001662 - de 04 MAR 2022 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier InteresadoSección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Partida 85.16: “Calentadores eléctricos de agua de calentamiento instantáneo o acumulación y calentadores

eléctricos de inmersión; aparatos eléctricos para calefacción de espacios o suelos; aparafos . electrotérmicos para el cuidado del cabello (por ejemplo: secadores, rizadores, calientatenacillas) o para secar las manos, planchas eléctricas; los demás aparatos electrotérmicos de uso doméstico; resistencias calentadoras, excepto las de la partida 85.45.” o o Regla General interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional - artículos 304 a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a petición . de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones, de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, mediante las cuales se reglamentalnas solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. . : CONSIDERACIONES DEL DESPACHO De acuerdo con la información suministrada con radicado No. ESGTA202100521 del 22 de octubrede 2021, la mercancía se describe como un aparato electrodoméstico para cocinar alimentos. El aparato consiste en una freidora de aire para preparar comidas crujientes mediante una función de convección de alta potencia, presenta las siguientes características: ' e

  • Capacidad: 2,6 litros - Temperatura máxima: 400 C o - Temporizador de 60 minutos con apagado automático - Voltaje: 110-220 V - Cesta removible con recubrimiento antiadherente - Luz indicadora de funcionamiento - Luz indicadora de precalentamiento - Botón liberador de la cesta - Botón de reinicio Considerando lo anterior; se tiene que la mercancía corresponde a un aparato electrotérmico de : uso doméstico, el cual arancelariamente queda comprendido en la partida 85.16 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 del. SistemaArmonizado; y se clasifica en la subpartida 8516.79.00.00 del Arancel de Aduanas, conforme a laRegla General Interpretativa 6. o Teniendo en cuenta que, parae l caso en particular, el servicio de clasificación arancelaria tiene unvalor equivalente a medio salario mínimo mensual legal vigente a la fecha de presentación de la solicitud, el cual debe ser acercado al múltiplo de mil más cercano, cuatrocientos cincuenta y cuatro : mil pesos m/cte. ($ 454.000); de acuerdo con la transferencia bancaria No. 121649294 del 21 de : octubre de 2021 del Banco Scotiabank Colpatria al Banco de Bogotá, aportado para el trámite, queda un saldo a favor de un mil pesos mí/cte. ($ 1.000), que se podrá utilizar como saldo a favor para presentar una nueva solicitud, o en su defecto solicitar la devolución.

RESOLUCIÓN NÚMERO 001662 o de 04 MAR 2022 | ho No. 3

. Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación : Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe A de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, A RESUELVE - - ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida 8516.79.00.00 del Arancel de Aduanas, como un aparato electrotérmico de uso doméstico, en aplicación de las Reglas Generales interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, - contenidasen el Decreto 1881 de 2021. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, al Sr. Wilman Augusto López Ramírez, identificado con cédula de ciudadanía No. -: 79.306.584, representante legal de la Agencia de Aduanas Agecoldex S.A. Nivel 1 a la Avenida Calle 24 No. 95A— 80 Oficina 503, Bogotá D.C., Colombia, de conformidad con lo establecido en los Artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 0039 de 2021. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede : recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de | los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305

del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011, ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación en el Diario Oficial de la presente . - resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de2019, el artículo - 319 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley - 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio .- de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de ta Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese ee n la página web de la DIAN. o - NOTIFÍQUESE, PUBLÍQY UcúEmPSLaEse 04 MAR 2022 . Sandia 5, Mérfaro Bernal ES - SANDRA STELLA HUÉRFANO BERNALJefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria >

Subdirección Técnica Aduanera : o

Proyectó: Eddie Fernando Gutiérrez Ramirez e Revisó: Fidel Raúl Minotta Benitez - : a ] Coordinaciónde Notificaciones

Feos ura coromoa más nonesta sel Central Bogotá D.C. 42 . osea ue ql Act inistrativo fue publicado : E E 4 > que ¡ppale MM» ue pablox. y

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