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DIAN - Resolución 168 de 01-02-2024

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 168 de 01-02-2024
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2024

DIA Pal RESOLUCIÓN NÚMERO: 000168 (01 de febrero de 2024) | “Por la cual se corrige la Resolución 000167 del 31 de enero del 2024 que adecua el horario de atención al público y la jornada laboral del día primero (01) de febrero de 2024 en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Villavicencio” LA DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE VILLAVICENCIO, De conformidad con lo establecido en el artículo 70 del Decreto 1742 de 2020, el Decreto-Ley 0927 del 07 de junio de 2023, el artículo 45 de la Ley 1437 y en ejercicio de las facultades conferidas en el en el numeral 9” del artículo 3” de la Resolución No. 000084 del 27 de agosto de 2021, y así como, en el artículo 27 de la Resolución No. 000082 del 26 de agosto de 2021, CONSIDERANDO Que, mediante el artículo 33 del Decreto 1042 de 1978, se estableció lo siguiente: “...De la jornada de trabajo. La asignación mensual fijada en las escalas de remuneración a que se refiere el presente Decreto, corresponde a jornadas de cuarenta y cuatro horas semanales. A los empleos cuyas funciones implican el desarrollo de actividades discontinuas, intermitentes o de simple vigilancia podrá señalárseles una jornada de trabajo de doce horas diarias, sin que en la semana excedan un límite de 66 horas.

Dentro del límite máximo fijado en este artículo, el jefe del respectivo organismo podrá establecer el horario de trabajo y compensar la jornada del sábado con tiempo diario

adicional de labor, sin que en ningún caso dicho tiempo compensatorio constituya trabajo | suplementario o de horas extras. El trabajo realizado en día sábado no da derecho a remuneración adicional, salvo cuando exceda la jomada máxima semanal. En este caso se aplicará lo dispuesto para las horas extras". Que a través de la Resolución 000449 del 08 de junio de 2022, se establece el horario de trabajo y atención al público para los servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Villavicencio, de lunes a viernes, en jornada continua de 08:00 A.M. a 05:00 P.M., con una hora disponible para el almuerzo, coordinada por los jefes directos. Que, mediante el artículo 1? de la Resolución No. 000167 del 31 de enero de 2024, se ajustó el horario de atención al público y la jornada laboral del día primero (01) de febrero de 2024 en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Villavicencio por cuanto el artículo 2 del Decreto 51 del 29 de enero de 2024 proferido por la Secretaria de Gobierno y Postconflicto - delegada de funciones de alcalde de Villavicencio, estableció para esa fecha la “Jornada sin carro y sin moto”. Que se tiene que en el artículo 2” de la Resolución No. 000167 del 31 de enero de 2024 se está en presencia de un error meramente formal en cuanto a la definición de la hora de inicio de la jornada de “PRESTACIÓN DEL SERVICIO” de atención al público en las áreas de Correspondencia, Notificaciones y Bancos. Que, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 que indica

“CORRECCIÓN DE ERRORES FORMALES. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de 1

Resolución Número: 000168 del 01 de febrero de 2024 Hoja No. 2

Continuación de la Resolución “Por la cual se corrige la Resolución 000167 del 31 de enero del 2024 que adecua el horario de atención al público y la jornada laboral del día primero (01) de febrero de 2024 en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Villavicencio” palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”, se considera procedente realizar la respectiva corrección del artículo 2 de la Resolución 000167 del 31 de enero del 2024. Que, en virtud de lo anterior, RESUELVE ARTÍCULO 1% CORREGIR, el artículo 2 de la Resolución 000167 del 31 de enero del 2024, el cual quedará así: “PRESTACIÓN DEL SERVICIO. En las áreas de Correspondencia, Notificaciones y Bancos, se deberá garantizar la prestación del servicio para el día primero (01) de febrero de 2024 desde las 8:00 A.M. hasta las 4:00 P.M; con el fin de asegurar el acceso y la atención de los usuarios de manera eficiente y oportuna”. ARTÍCULO 2%: PUBLICACIÓN. Publicar la presente Resolución en lugar visible al

público en la Dirección Seccional y en la página web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. ARTÍCULO 3%: NOTIFICACIÓN. A través del área de Notificaciones de la División de Gestión Administrativa y Financiera enviar copia de la presente resolución al buzón electrónico de los funcionarios de la Dirección Seccional. ARTÍCULO 4”: VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, Dada en Villavicencio, el primero (01) de febrero del dos mil veinticuatro (2024).

MADELE NE MANCHOLA BARACALDO

Directora Seccional Directora Seccional de Impuestos y Aduanas de Villavicencio

Proyectó: C. Gutiérrez,

Revisó: C. cu

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