DIAN - Resolución 1693 de 24-11-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 1693 de 24-11-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
DIAN POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓNNo (01693 ( 2 4 NOW 2022. > Por la cual se habilita el trabajo en casa. EL DIRECTOR SECCIONAL DE IMPUESTOS DE CALI En ejercicio de las facultades legales, reglamentarias y en especial a las dispuestas en la resolución 000035 del 15 de marzo del 2022, y la Resolución No. 000082 del 26 de agosto del 2021, CONSIDERANDO: Que la Ley 2088 de 2021, regula la habilitación de trabajo en casa como una forma de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, que se presenten en el marco de una relación laboral, legal y reglamentaria con el Estado, sin que conlleve variación de las condiciones laborales establecidas o pactadas al inicio de la relación laboral. Que mediante Resolución No. 000035 del 15 de marzo de 2022 la U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales — DIAN reguló la habilitación el Trabajo en Casa como una forma transitoria de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales y delegó funciones en los Directores Seccionales del Nivel local para su habilitación. Que mediante resolución No. 000555 del 18 de abril del 2022, se establecieron los horarios laborales y de atención al público para los funcionarios públicos de la División de Servicio al Ciudadano de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali. Que dentro del contrato del Fondo DIAN No. 92872-053-2022, las instalaciones de la
División de Servicio al Ciudadano y del GIT de Servicio al Ciudadano Cali Centro, serán intervenidas dentro del programa de apoyo a la modernización de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales — DIAN, contrato de préstamo BID 5148/0C-CO, y su objeto es la adecuación de la infraestructura física y dotación de los principales puntos de contacto de la Dirección De Impuestos y Aduanas Nacionales —DIAN. Que, mediante correo electrónico del 23 de septiembre de 2022, la Subdirección de Servicio al Ciudadano en Asuntos Tributarios informó que, a partir del 10 de octubre de 2022 se iniciarán las adecuaciones de las áreas de atención al público para implementar la nueva imagen corporativa de la entidad. Estas adecuaciones comprenden reparaciones locativas y actualización del mobiliario en sedes propias de la DIAN y según cronograma, la intervención para el GIT de Servicio al Ciudadano Cali Centro y la División de Servicio al Ciudadano es el siguiente: . Plazos de Ejecución No. Ciudad Sede (meses) 8 Cali Cali Centro Aduanas 4 Que, mediante correo electrónico del 17 de noviembre de 2022, enviado por el Arquitecto Hector Fernando Briceño Casas de la Coordinación de Infraestructura de la Subdirección Administrativa informó que, a partir del 28 de noviembre de 2022 se iniciarán las actividades de intervención del Punto de Contacto en el Edificio de la Dirección Seccional de Aduanas y según cronograma, la duración de la obra está programada para 8 semanas. Ef — A
RESOLUCIÓN NÚMERO (01693 del 2 4 NOV 202. Hoja No. 2
Continuación de la Resolución por la cual se habilita el trabajo en casa en la Dirección Seccional de Impuestos
Cali Que, para la prevención de riesgos e inconvenientes en el sitio de trabajo de los servidores públicos del GIT del Servicio al Ciudadano Cali Centro y del Despacho de la División de Servicio al Ciudadano y garantizar la prestación del servicio a nuestros contribuyentes durante la ejecución de las obras de adecuación, actualización y reparación de las instalaciones del Punto de Contacto Cali Centro, la Dirección Seccional de Impuestos de Cali determinó como forma transitoria de prestación del servicio ante esta situación especial, la habilitación del trabajo en casa para los funcionarios públicos del Despacho de la División de Servicio al ciudadano y del GIT de Servicio al Ciudadano Cali Centro, desde la fecha de inicio de la obra programada y por el plazo que dure su ejecución. En mérito de lo anteriormente expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1”: Habilitación del trabajo en casa. Habilitar el trabajo en casa a los servidores públicos del Grupo Interno de Trabajo del Servicio al Ciudadano Cali Centro y del Despacho de la División de Servicio al Ciudadano de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali, a partir del 28 de noviembre de 2022 hasta el 20 de enero de 2023, durante el tiempo que dure la ejecución de la obra de adecuación. Parágrafo 1%: En caso de persistir las circunstancias especiales que impidan a los servidores públicos adelantar sus labores en las instalaciones del GIT del Servicio al Ciudadano Cali Centro y del Despacho de la División de Servicio al Ciudadano se podrá prorrogar automáticamente hasta que estas circunstancias especiales sean superadas. Una vez se supere esta situación, el servidor público deberá retornar a su sitio de trabajo.
Parágrafo 2": Los servidores públicos que se encuentren bajo la modalidad de teletrabajo, trabajarán en casa los días que deban asistir a las instalaciones del Grupo Interno de Trabajo del Servicio al Ciudadano Cali Centro y del Despacho de la División de Servicio al Ciudadano. ARTICULO 2: Elementos de trabajo. Los jefes de División y de Grupo Interno de Trabajo del Servicio al Ciudadano Cali Centro coordinarán con sus colaboradores la disposición de los elementos de trabajo (instrumentos, equipos y demás herramientas), y acordarán, si serán provistos por el servidor público o conforme con los recursos que tenga disponibles la Dirección Seccional de Impuestos de Cali. Parágrafo 1%: En caso de que los equipos sean provistos por la Dirección Seccional, los funcionarios públicos serán responsables del cuidado, destinación y custodia de estos, en caso de daño o mal uso, el servidor deberá asumir la responsabilidad de lo ocurrido. Para el efecto, se suscribirá entre las partes un formato que además de las características del equipo se indicarán las condiciones en las que se entrega. Parágrafo 2%: Es responsabilidad de todo servidor público preservar la privacidad de la información por la que, su uso inadecuado, será el funcionario responsable por el mal manejo de la información. ARTICULO 3: Lugar de trabajo en casa. La prestación del servicio de los funcionarios habilitados para el trabajo en casa se llevará a cabo en el domicilio registrado por el servidor público en Mi portal — Kactus. Cualquier modificación de la dirección deberá ser registrada por el servidor público en el mismo aplicativo e informar de dicho cambio a su
jefe inmediato.
RESOLUCIÓN NÚMERO 0015693 del 24 NOV 2022 Hoja No. 2
Continuación de la Resolución por la cual se habilita el trabajo en casa en la Dirección Seccional de Impuestos Cali Parágrafo: Los jefes de División y de Grupo Interno de Trabajo del Servicio al Ciudadano Cali Centro remitirán a la División de Talento Humano, el listado de los funcionarios públicos a los que se les habilitó el trabajo en casa para el reporte a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL). ARTICULO 4": Jornada de trabajo. La modalidad de trabajo en casa se desarrollará en las mismas condiciones laborales que el trabajo presencial, en tal sentido la jornada laboral se debe desarrollar dentro del horario establecido en la resolución 000555 del 18 de abril de 2022, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. en jornada continua y se establece el horario de atención al público de 8:30 a.m. a 4:30 p.m. en jornada continua y, cuarenta y cinco (45) minutos de almuerzo. ARTICULO 5: Responsabilidad de los jefes. Los jefes inmediatos serán responsables de garantizar el cumplimiento del horario de trabajo por parte de los funcionarios a su cargo. ARTICULO 6“: Publicación. Publicar la presente resolución en la página web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. ARTICULO 7: Comunicación. Comunicar por parte de la División de Talento Humano la presente resolución a los buzones electrónicos de los funcionarios del Despacho de la División de Servicio al Ciudadano y del GIT Servicio al Ciudadano Cali Centro de la
Dirección Seccional de Impuestos Cali. ARTICULO 8: Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLIQUESE, COMUNIQUESE y CUMPLASE, Dada en Santiago de Cali, a los veinticuatro (24) días del mes de noviembre de 2022.
ELT DA
Director Seccional de Impuestos de Cali Proyectó: Ana Lucia Villegas S. - Funcionaria Despacho ALVY Revisó: Dolly Clarisa Palomeque — Jefe Div. Servicio al Ciudadano _
Revisó: Nesly Leal Saa — Jefe Div. Talento Humano ÓN
Aprobó: Bertha Clemencia Duarte Soto — Jefe División Jurídica premeciodap