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DIAN - Resolución 174 de 10-01-2020

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 174 de 10-01-2020
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2020

JAN reeoon de impussy Aifuoersas Msciongias RESOLUCIÓN NÚMERO 000174 10 ENE 2020) - Por la cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria - EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL. DE LA SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 42 de la Resolución 0011 de 2008 y teniendo en cuenta los siguientes, HECHOS Mediante radicados Nos. ESGTA201900528 de octubre2 4 de 2019, 000E2019904139 de 24 de octubre de 2019 y 003E2019056125 de 29 de noviembre de 2019, la Sra. Paola Carolina Ortiz Orjuela, identificada con cédula de ciudadanía No 52.486.430, apoderada especial de la sociedad BBVA Colombia con NIT 860.003.020-1, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente como " SISTEMA COMPLETO DE INCUBACION CHICK MASTER". La interesada adjuntó a la solicitud los. siguientes documentos: formulario de solicitud de clasificación arancelaria en siete: (7) folios, listado-de: equipos en un (1) folio, diagrama de || la planta en dos (2) folios, copia del recibo de pago en un (1) oficio, información técnica en quince (15) folios, mandato en cuatro (4) folios. El solicitante pagó. ochocientos veinte y ocho mil pesos mcte ($ 828.000), con el comprobante No 89835819-3 de 19 de octubre de 2019 del Banco de Bogotá.

Esta Coordinación, mediante oficios Nos. 1002273421620 del 06 de noviembre de 2019 y 100227342-1623 del 07 de noviembre de 2019, consultó a las Subdirecciones de Gestión de Recursos Jurídicos, de Gestión de Representación Externa y Divisiones de Gestión Jurídica y a las divisiones de Gestión de Fiscalización Aduanera y de Liquidación Aduanera respectivamente, si tenían conocimiento de la existencia de procesos en curso para la mercancía objeto de la solicitud de clasificación, no encontrándose información sobre investigaciones relacionadas con este tipo de productos. Por medio del formato de solicitud, la interesada indicó que see notifique a Paola Carolina Ortiz Orjuela. en la dirección Carrera 29B No. 71A - 35 Piso 4, Bogotá D.C. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. 000174 |

RESOLUCIÓN NÚMERO de 10 ENE 2020 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional - artículos 298 a 302 y 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación

arancelaria a petición de cualquier interesado. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sino son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Nota 4 de la Sección XV! “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganosde transmisión, cables eléctricos o de otro. modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas: de losCapítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.” : Partida 84.36: “Las demás máquinas y aparatos para la agrícultura, horticultura, silvicultura, avicultura O apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados y las incubadoras y criadoras avícolas.” Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por.los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, porlas Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas

del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de - Capítulo, salvo disposición en contrario.” Resolución 0046 de 2019 de la Direcciónde Impuestos y Aduanas Nacionales - Artículos 304 a 306 y 316 mediante la cual se reglamentan las solicitudes de Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria CONSIDERACIONES DEL DESPACHOCon la información suministrada con radicados Nos. ESGTA201900528 de octubre 24 de 2019, 000E2019904139 de 24 de octubre de 2019 y 003E2019056125 de 29 de noviembre de 2019, la mercancía se describe como un conjunto de máquinas para la incubación y nacimiento de aves, con una carga máxima de 1"015,000 huevos semanales, mediante el : o 000174 os |

RESOLUCIÓN NÚMERO _ ¿de $0 ENE 2020 -. Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria siguiente proceso: El proceso de incubación comienza al momento de ubicar los huevos en las respectivas bandejas dentro de la incubadora, la cual consiste en un cajón provisto de un ventilador horizontal que sopla a través de unos serpentines, los carritos se ubican en posición perpendicular. a las aspas del ventilador, formando vías libres para crear sobre cada huevo un flujo de aire con la temperatura y humedad relativa adecuados para la incubación de los mismos, por un periodo de 19 días. Seguido al anterior periodo, se transfieren los huevos de la incubadora (134,640 huevos) a

unas canastillas para nacimientos y se introducen en las máquinas nacedoras (33,660 huevos cada una) durante los siguientes 3 días. que es el periodo requerido técnicamente para la incubación de los huevos; estas máquinas nacedoras están compuesta por un cajón con su ventilador horizontal y sus respectivas canastillas de nacimiento con un flujo de aire que permiten:mantener la temperatura, humedad relativa y presión adecuados para la. incubación de los huevos que no se alcanza en las primeras máquinas. Las condiciones de temperatura, humedad relativa y presión que se requieren en las maquinas incubadoras y nacederas durante el periodo total de 21 días, se logran mediante un equipo de ventilación con control climático eléctrico el cual 'se compone de un - compartimiento de control, tanques de almacenamiento de agua con suministros y retornos, ' bombas de agua para la circulación del agua fría, serpentines de enfriamiento, recuperación de calor y manejadora de aire. El sistema completo de incubación se presenta cc on los siguientes equipos: 1, Doce (12) incubadoras: con 24 carritos de estibación de 34 bandejas cada uno para un total de 816 bandejas que alojan 134.640 huevos; provistas de un ventilador horizontal; el volteo de los huevos se realiza por aire comprimido y poseen sistema de alarma central: Dimensiones: ancho 3.440 mm; profundidad 9.650 mm, altura 3.000 mm. l

2. Ocho (8) nacedoras: con 6 carritos de estibación de 34 cestas dolly para un total de 204 cestas que alojan 33.660 huevos; provistas de un ventilador horizontal; dimensiones: ancho

884 mm; profundidad 1.235 mm; altura 1.907 mm.

3. Un (1) sistema de control. climático: compuesto de un (1) módulo de ventilación, dos (2) calderas integradas, un (1) sistema de control para el monitoreo del equipo, tres (3) ventiladores para retirar el CO2 generado en los equipos de incubación y nacedoras, una (1) batería de serpentines para calentamiento de agua, una (1) batería de serpentines para enfriamiento de agua, dos (2) bombas para los chillers, un (1) serpentín de recuperación de calor.

Al analizar la información anterior, se observa que se tiene una combinación de aparatos y . equipos, que trabajan conjuntamente, para realizar la incubación de huevos de aves; por lo tanto, se establece que dicho conjunto, queda comprendido.en la partida 84.36 de la Nomenclaturdael Sistema Armonizado de acuerdo con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 del Sistema Armonizado, y se clasifica en la subpartida 8436.21.00.00, según la Regla General Interpretativa 6 del Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe de la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, resoLución Número 9901 A A HojNoa. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida 8436.21.00.00 del Arancel de Aduanas, como una incubadora avícola, de

acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenida en el Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, a la Sra. Paola Carolina Ortiz Orjuela, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.486.430, apoderada especial de la sociedad BBVA Colombia, en la Carrera 29 B No. 71 A-— 35, Piso 4, en Bogotá D.C, de conformidad con los Artículos 755, 756, 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el artículo 311 de la Resolución 0046 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 298 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 306 de la Resolución 0046 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación del presente acto administrativo en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 311 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y en el Artículo 119 de laa Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíqueseen la página web de la DIAN NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESEX CÚMPLASE . 2 Jefe (A) Coordinacián del Servicio de A: áncelo . Subdirección de Gestión Tecrrica Aduanera Proyectó: Fidel Raúl Minotta Benítez ARevisó: Claudia Alejandra Jurado Zapata. cf ¿ Coordidne aMotcificacóionnes . 71 ca aNivael Central Bogofá,D.C. |; Se Gerutio; que en afieriu ata afttisttstivo EN pubilcaos 6 DIALAO Sd

No. SA. 204, PAB:20 Ara .

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