DIAN - Resolución 1746 de 17-02-2009
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 1746 de 17-02-2009
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2009
RESOLUCIÓN NÚMERO 01746 (17 FEBRERO 2009) Por la cual se modifica y adiciona la Resolución 0010 del 4 de noviembre de 2008 EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 23 del artículo 6 del Decreto 4048 de 2008
RESUELVE: ARTÍCULO 1. Modificase el numeral 5 del artículo 1 de la Resolución 0010 del 4 de noviembre de 2008, el cual queda así: “5. Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Tumaco, delegada de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Ipiales”.
ARTÍCULO 2. Modificase el Parágrafo del artículo 2 de la Resolución 0010 del 4 de noviembre de 2008, el cual queda así: “Parágrafo. Para efectos de la competencia aduanera de las Direcciones Delegadas de Impuestos y Aduanas de Inírida y Puerto Carreño, el Director Seccional y los Jefes de División de la Dirección Seccional de Aduanas de Bogotá expedirán las respectivas resoluciones de delegación. Para efectos de la competencia aduanera de la Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Puerto Asís, el Director Seccional y los Jefes de División de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali expedirán las respectivas resoluciones de delegación”. ARTÍCULO 3. Adicionase el artículo 4 de la Resolución 0010 del 4 de noviembre de 2008 con el
siguiente numeral: “6. La competencia territorial de la Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Puerto Asís, comprende el Departamento del Putumayo.” ARTÍCULO 4. Compulsar copia de la presente Resolución a la Subdirección de Gestión de Procesos y Competencias Laborales, a la Subdirección de Gestión de Tecnología de Información y Telecomunicaciones, a la Dirección Seccional de Aduanas de Cali, a la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Ipiales, a la Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Tumaco y a la Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Puerto Asís. ARTÍCULO 5. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, a los
NESTOR DÍAZ SAAVEDRA
Director General