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DIAN - Resolución 181 de 13-04-2022

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 181 de 13-04-2022
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2022

RESOLUCIÓN NÚMERO 0181 ( 1 3 d e a b r i l d e 2 0 2 2 ) Por la cual se modifica temporalmente el horario laboral y de atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja. LA DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE TUNJA De conformidad con el artículo 3° de la Resolución N° 000084 del 27 de agosto de 2021, CONSIDERANDO Que, el artículo 33 del Decreto 1042 de 1978 establece que dentro del límite máximo fijado de cuarenta y cuatro (44) horas semanales, el jefe del respectivo organismo podrá ejercer el horario de trabajo de acuerdo con las necesidades del servicio. Que, el artículo 3 numeral 9 de la Resolución 000084 del 27 de agosto de 2021 determina: “ARTÍCULO 3°. - Delegar en los Directores Seccionales Locales y en los Directores Seccionales Delegados las siguientes funciones: (…)

9. Establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad con las necesidades del servicio, garantizando el mínimo de tiempo laboral vigente y el horario de atención al público.” Que mediante Resolución No. 090 del 07 de abril de 2011, se estableció el horario de trabajo de los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja de la Unidad Administrativa Especial – Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de lunes a viernes de 07:30 a.m. a 04:30 p.m., en jornada continua, garantizando la continuidad en el servicio y una excelente atención a los clientes y usuarios.

Que mediante Resolución No. 090 del 07 de abril de 2011, se estableció el horario de atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja de la Unidad Administrativa Especial – Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, el cual fue modificado mediante Resolución No. 0298 del 26 de junio de 2013 determinando como horario de atención al público en jornada continua a partir de las 8:00 a.m. y hasta las 4:00 p.m. de lunes a viernes. Que, con motivo de la Semana Santa se hace necesario modificar temporalmente el horario laboral y de atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas Tunja de la Unidad Administrativa Especial – Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales por el día 13 de abril de 2022. En mérito de lo anteriormente expuesto, R E S U E L V E: ARTÍCULO 1°. Modificar por el día 13 de abril de 2022 el horario laboral, estableciéndolo como jornada continua de 07:30 a.m. a 01:00 p.m., en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja de la Unidad Administrativa Especial – Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. RESOLUCIÓN NÚMERO 0 1 8 1 de 1 3 d e a b r i l d e 2 0 2 2 Hoja No 2 Continuación de la resolución por la cual se modifica temporalmente el horario laboral y de atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja. ARTÍCULO 2°. Modificar por el día 13 de abril de 2022 el horario de atención al

público, estableciendo como jornada de atención al ciudadano el horario comprendido entre las 08:00 a.m. a 12:00 m. en jornada continua en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja de la Unidad Administrativa Especial – Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, garantizando el servicio y una excelente atención al usuario. ARTÍCULO 3°. La presente Resolución modifica temporalmente los horarios para el periodo establecido, retomando las jornadas ordinarias determinadas en las Resoluciones No. 090 y 0298 del 07 de abril de 2011 y 26 de junio de 2013 respectivamente, a partir del 18 de abril de 2022. ARTÍCULO 4°. El servicio de recepción de correspondencia y notificaciones de esta Dirección Seccional, se desarrollará en su horario habitual de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. en jornada continua. ARTÍCULO 5°. Publicar la presente Resolución en lugar visible al público en la Dirección Seccional, y en la página web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. ARTÍCULO 6°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Tunja a, Abril 13 de 2022

FLOR ESTHER CAÑAS ROMERO DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE TUNJA Resolución N° 009314 del 27 de noviembre de 2019

Proyectó: Armando Augusto Niño Fonseca

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