DIAN - Resolución 1956 de 14-03-2016
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 1956 de 14-03-2016
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 1956
NAas D IA HA Dada os paslis y ALA Manisrares
RESOLUCIÓN NÚMERO 001956
Por la cual se expide una Clasificación Arancelaria EL JEFE DE LA COORDINACION DEL SERVICIO DE ARANCEL DE LA SUBDIRECCION DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008, y CONSIDERANDO Que el Gobierno Nacional, mediante el artículo 236 del Decreto 2685 de 1999, facultó a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para expedir Clasificaciones Arancelarias a Solicitud de Particulares. Que mediante los Artículos 154 y siguientes de la Resolución 4240 de 2000, y sus modificaciones, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales reglamentó el trámite de las Clasificaciones Arancelarias a Petición de Particular y con la Resolución DIAN 260 de 2014, reguió lo relacionado con el costo del servicio . Que la empresa Cartón De Colombia S.A., nit No. 890.300.406-3 , mediante formato radicado con el No. 49757 de diciembre 21 de 2015, presentó solicitud para la clasificación arancelaria del producto denominado por el solicitante técnicamente como "MÓDULO O SISTEMA DE CONTROL DE COMBUSTIBLE PARA GAS NATURAL ELECTRÓNICO SOL ONOX" y comercialmente como
"SISTEMA DE CONTROL DE COMBUSTIBLE SOL ONOX".
Que el solicitante canceló la suma de seiscientos cuarenta y cuatro mil pesos m/cte ( $644,000), con el comprobante de pago de diciembre 02 de 2015 del Banco De Bogota. Que con oficios Nos. 100227342-0015 de enero 8 de 2016 y 100227342-0213 de
febrero 29 de 2016, se solicitó al interesado ampliar la información técnica del producto, quien dio respuesta a dicha solicitud con escritos radicados DIAN Nos. 000E2016901950 de enero 29 de 2016 y 000E2016006152 de marzo 4 de 2016. Que con la información suministrada por el solicitante, se establece que la mercancía objeto de clasificación arancelaria, consiste en un conjunto de máquinas, aparatos y dispositivos, para ser utilizados de manera secuencial en el control y dosificación automático de combustible, que utiliza una turbina de gas y cuyo principio de funcionamiento, se indica a continuación: DESCRIPCIÓN DEL PROCESO: El gas natural proveniente de una fuente de suministro externa, pasa a través de un medidor electrónico de flujo másico, el cual se encarga de efectuar la medición principal de la cantidad de combustible con el cual se alimenta la turbina; a continuación, el gas transita a través de un filtro coalescente con el fin de eliminar impurezas liquidas; luego, el gas continua su recorrido por medio de la tubería de gas la cual está dispuesta en los extremos de un módulo de regulación de paso de 001956 | RESOLUCIÓN NÚMERO DE Página 02 de 03 Continuación de la Resolución "Por la cual se expide una Clasificación Arancelaria". combustible; desde allí, el gas recorre las válvulas de corte tipo mariposa (primaria y secundaria) y un porcentaje de éste es usado para la regulación piloto y el monitoreo de presión de gas. Cuando se abre las válvulas de corte, éstas permiten el paso por la válvula de control que se encarga de regular el suministro del flujo de
gas a los inyectores de combustible que introducen de forma homogénea el gas a la cámara de combustión de la turbina. Para lograr una adecuada regulación en el suministro de gas, el modulo también cuenta con una válvula solenoide de corte que se encarga del venteo de combustible y que está instalada entre la válvula primaria y secundaria de corte de combustible y una válvula cheque evita el contraflujo de gas. Esta operación de regulación realizada por las válvulas, es comprobada por un transmisor de verificación de la presión del gas, en cada etapa de la secuencia de verificación del médulo de control; adicionalmente, el modulo dispone de reguladores de presión de la antorcha de encendido, una válvula solenoide de tres vías y dos posiciones, para el apagado de la antorcha de encendido, un interruptor de verificación del venteo y unos trasmisores de presión de aire y de presión de combustión para monitoreo de presión a la salida de la turbina. Para conseguir una adecuada verificación en la etapa de combustión, se emplea un monitor acústico del quemador (BAM), el cual utiliza una sonda de presión dinámica para medir la inestabilidadde la presión en la cámara de combustión; esta operación es completada por un tubo de transferencia, una bobina, un sistema acondicionador de señal en campo y un sistema acondicionador de señal en la consola de control. Finalmente, dependiendo de la carga solicitada al sistema y del monitor acústico de combustión, el control principal del módulo regula el flujo de gas y de aire que debe pasar hacia los inyectores de combustible del sistema de la turbina.
LISTADO DE EQUIPOS: - Un (1) medidor de flujo masivo (TF586), rango 0 - 1200 lb/h - Un (1) filtro coalescente (FMS932), de 149 micrones - Un (1) colador de combustible (FS931), para atrapar partículas grandes. - Un (1) trasmisor de presión de combustible (TP 386) - Un (1) filtro de 35 micrones - Un (1) regulador para un nivel seguro de la operación y - Una (1) válvula solenoide de alivio de gas piloto - Tres (3) válvulas piloto de tres vías y dos posiciones - Dos (2) válvulas de corte de combustible (primaria y secundaria) tipo mariposa, de dos posiciones - Un (1) transmisor de verificación de las válvulas de combustible - Una (1) válvula solenoide de venteo de combustible - Una (1) válvula cheque - Dos (2) válvulas de control de flujo de combustible - Tres (3) transmisores para control de la presión principal del módulo de combustible - Dos (2) transmisores para control de presión piloto - Dos (2) reguladores de la presión de la antorcha de encendido - Una (1) válvula solenoide de tres vías y dos posiciones - Un (1) interruptor de verificación del venteo - Dos (2) transmisores de presión de aire - Un (1) transmisor de presión de combustión 001956 E 13
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Continuación de la Resolución "Por la cual se expide una Clasificación Arancelaria". - Un (1) monitor acústico de combustión, compuesto por: un tubo de transferencia,
una bobina, un sistema acondicionador de señal en campo y un sistema acondicionador de señal en la consola de control. Que el modulo electrónico de control de combustible para gas natural, regula y controla automáticamente la dosificación de combustible en una turbina de gas, lo cual, adicionalmente posibilita la reducción de emisiones atmosféricas de óxido de nitrógeno, provenientes de los gases de combustión. Que de acuerdo con lo anterior, la mercancía arancelariamente corresponde a un conjunto de máquinas, aparatos y dispositivos que trabajan conjuntamente para regular de manera automática el flujo (caudal) y la presión del gas natural, que se suministra a una turbina de gas, comprendida en la partida 90.32 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado. RESUELVE Artículo 1. Clasificar la mercancia descrita en la presente Resolución, por la subpartida 9032.89.90.00 del Arancel de Aduanas, como los demás aparatos para | regulación o control automáticos, y de acuerdo con la Nota 3 del Capítulo 90, en | aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 de la nomenclatura i arancelaria, contenida en el Decreto 4927 de 2011 y sus modificaciones. Artículo 2". Notificar al(a) señor(a) Blanca Cielo Cañon, identificado(a) con Cédula de ciudadanía 52.078.195, en representación de la empresa Cartón De Colombia S.A., nit No.890.300.406-3, en la siguiente dirección Calle 25 G No. 100 - 26 en Bogotai Cundinamarca, de conformidad con el artículo 567 del Decreto 2685 de 1999 y sus
modificaciones. Artículo 3". Una vez en firme la presente providencia, por medio de la Coordinación de Notificaciones del Despacho de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos, remítase copia o fotocopia a la Coordinación de Relatoría de la Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina y a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, para lo de sus competencias. Artículo 4. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación, previa su notificación, y contra la misma no procede recurso alguno de conformidad con lo previsto en el artículo 236 del Decreto 2685 de 1999. PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE : Jefe de la Coordinacion del Serll E » Cocrdisación de Notificaciones. Nte! Central Bogotá, D.C.
Proyectó: Ricardo Herera Daza 542 , Revisó: Fidel Raul Minotta Benitez 75A d Ol 12 ABR 201 /— O 1 a aruP arisatr ativo fue
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