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DIAN - Resolución 1976 de 25-03-2021

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 1976 de 25-03-2021
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
1976

EY . : . .

S o E es Dd POR UNA COLOMBIA. MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO.> 001 976 (25/MAR/2021 | o O Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria. a Petición de Cualquier Interesado LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL | DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 83 del Decreto 1742 de 2020 0% (Régimen de Transición) y teniendo en cuenta los siguientes, HECHO - Mediante radicado No. ESGTA202100007 del 22 de enero > de 2021, la Sra. Diana a Cstólina Nova Villarraga, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.835.648, representante legal de la sociedad Agencia de Aduanas DHL Global forwarding Colombia S.A. Nivel 1 con NIT -830.002.397-9, mandataria de la sociedad Colombiana Kimberly Colpapel S.A. con NIT 860.015.753-3, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición : de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente como - - “ROPA INTERIOR FEMENINA ABSORBENTE”. Ñ La interesada adjuntó. a la solicitud: los siguientes documentos: formato de solicitud de. resolución de clasificación arancelaria en tres (3) folios; ficha técnica del producto en tres a (5) folios, soporte de pago en un (1 ) folio y mandato especial (77 )) folios. > comprobante No. 1003103205 del 12 de enero de 2021 del Bancoo Bogotá.

Mediante Requerimiento de Información Adicional oficio No. 100227342. -299 del 11. de febrero de 2021 radicado 00082021901327 de 22 de febrero de 2021, esta Coordinación - solicitó al usuario: indicar Cuantas capas tiene ropa interior (panty), composición química y física en porcentaje %., usos del producto, ventajas y. forma de presentación e informar si. - existen contraindicaciones para el uso del producto. La usuaria con: escrito radicado No. 000E2021901837 del 11 de marzo de 2021, atendió lo solicitado y renunció al término : otorgado para la respuesta. E Por medio del formato de solicitud, la . interesada indicó que se “notifique Diana DE

  • Nova Villarraga en la dirección Av. calle 26 No. 102-20 piso 5 en Bogotá DO. | FUNDAMENTOS DE DERECHO o Convenio del Sistema Armonizado de: Designación y Codificación de: Mercancias. y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 648 de 2001. PTA, o NN | Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley: as doe

- RESOLUCIÓN NÚMERO _001976 de 25/MAR/2021 Moa No 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Decisión 812 de 2016 de la Comisión de | a Comunidad Andina, mediante el cual se aprobó | el Texto Único de la Nomenclatura Co mún de los Países Miembros del Acuerdo de : Cartagena. Decreto 2153 de 2016 y sus modificacion es, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y

: : . otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de partida: Regla General interpretativa 3b).. “3, Cuando una mercancía pudiera clasificarse, en principio, en dos o más partidas por ' aplicación de la Regla 2 b) o en cualquier otro caso, la clasificación se efectuará como sigue: (..) b) Los productos mezclados, las manufacturas compuestas de materias diferentes oconstituidas por la unión de artículos diferentes y las mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, cuya clasificación no pueda efectuarse ' aplicando la Regla 3 b), se clasificarán según la materia o con el artículo que les confiera su carácter esencial, si ' fuera posible determinario.” Regla General interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis - - mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas - del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Partida 96.19: "Compresas y tampones higiénicos, pañales para bebés y artículos similares,de cualquier materia.” Decreto No. 1165de 2019 del Gobierno Nacional, artículos 304 a 306, mediante el cual se - dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificaciónarancelaria a petición de cualquier interesado. o Resolución 0046 de 2019 de la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales, artículos

313 y 314, mediante la cual se reglamenta las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de particular o de cualquier intere sado. CONSIDERACIC )NES DEL. DESPACHO En la información suministrada mediante radicados ESGTA202100007 del 14 de enero de : 2021 y 000E2021901837del 11 de marz o de 2021, la mercancía a clasificar se describe como ropa interior femenina absorvente “panty”, confeccionada de capas: Cuerpo: 95% algodón, 5% elastano, refuerzo: 100% po liéster e Interior: poliuretano respirable. Se usa como una ropa interior normal, la diferencia es que la ropa interior absorbente tiene | RESOLUCIÓN NÚMERO oote7e “% 251MARIZ021 Moleno3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución de Clasificación - - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesadoen su interior un tejido técnico especial que absorbe el flujo my enstrual, con eso no existe la. necesidad de utilizar nada más para contener el flujo menstrual. Después del uso se puede _ favar y volver a utilizar... : La prenda reemplaza el uso de toallas sanitarias O tampones desechables, se puede lavary reutilizar varias veces. Su vida útil es de dos años. Es un producto más amigable yecológico con el ambiente, además. de Proporcionar una mayor comodidad para las : mujeres. : El producto se presenta comercialmente caja por unidad, tamaños XS, S, ML, XL, color e negro, Desde el punto de vista arancelario, “se “trata de. una manufactura compuesta por dos

artículos, una braga de la partida 62.08 y una compresa higiénica de la partida 96.19; en . o aplicación de la Regla General Interpretativa 3b), la compresa es el artículo que le confiere Ñ el carácter esencial al producto. Acorde c« on la información anterior, se concluye que la mercancía objeto de clasificación - - arancelaria corresponde a una compresa higiénica de guata de celulosa (principalmente dealgodón), la cual en virtud de la Regla General interpretativa 3b) está comprendida en la |. partida 96.19 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado y, en aplicación de la Regla. - General. Interpretativa 6 se clasifica en la. Subpartida 9619.00,20.90 del Arancel de Aduanas. o | En. mérito de lo anteriormente expuesto, la Jete: (A) de la Coordinación del Servicio de 8 Arancel de lli a Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, e RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar lá mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida 9619.00.20.90 del Arancel de Aduanas, como ropa interior femenina absorbente, |. - y en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 3 b) y 6 del mencionado texto xl arancelario, contenido en el Decreto 2153 de 2016 ys sus modificaciones. : Ñ ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, a la Sra. Diana Carolina Nova Villarraga, identificada con cédula de :: ciudadanía No. 52.835.648, representante legal de la Agencia de Aduanas DHL GLOBAL

FORWARDING COLOMBIA S.A. nivel 1, en la Avenida Calle 26 No. 102-20 piso 5 en Bogotá D.C., de conformidad con los Artículos 755, 756, 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el Artículo 319 de la Resolución 046 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativoprocede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, el cual: deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 314 de la. 4 o Resolución 0046 de 201 9 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación en el Diario Oficial de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la ey 1437 de 2011 y el artículo 119 de laa Ley 489 dEe (es

RESOLUCIÓN NÚMERO 0094976 o de -25/MAR/2021 Hoja No.4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución de Clasificación | - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por

  • medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica - - Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PU BLÍQUESE Y CÚMPLASE

25/MAR/2021 Jefe (a) de la” . PE Subdirección de Gestión Fene AA duanera |

Proyecto: Diana Marcela Garavito Arévato Revisó: Fidel Raúl Minotta Benitez o Funcionarios de la Coordinación del Servicio Arancel.

Pc bi pill o CR nd 1D | A NE Coordinación de bli E Doa ps e AS RR Mi il Central Boquia, DEL . . ¿ r a A Se Cefutios que a amenosD ee 480 ELEY o? Js AI

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