DIAN - Resolución 2022 de 24-12-2018
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 2022 de 24-12-2018
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
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014 Deección ds Emporsy iALcUOsra s Nacioraios R E S O L U C I Ó N N Ú M E R O : 2 0 2 2
FECHA: 94 DIC 2018 | Por la cual se modifica la jornada laboral en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Palmira, y en el Punto de Contacto de Buga LA DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE PALMIRA En ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confieren el numeral 11 del Artículo 11 de la Resolución N 014 del 04 de Noviembre de 2008, mediante la cual el Director General de la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le delega la facultad para establecer el horario en su respectiva Dirección Seccional, CONSIDERANDO Que es competencia del Director Seccional el establecimiento del horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional de conformidad con las necesidades del servicio, garantizando el mínimo de tiempo laboral vigente y el horario de atención al público, en uso de la facultad | delegada, mediante Resolución 0014 de 2008, Que según lineamientos recibidos de Nivel Central, mediante Flash informativo del 21 de diciembre de 2018, se indicó: “Jornada especial 24 de diciembre Con motivo de la celebración de la navidad, se establece para el próximo lunes, 24 de diciembre, la jornada continua de 7:00 a.m. a 2:00 p.m. | Es de aclarar, que los jefes tendrán bajo su responsabilidad verificar el cumplimiento del horario establecido.
Los directores seccionales en uso de la facultad delegada, mediante Resolución 0014 de
2008 podrán adoptar medidas similares con la misma finalidad.” En consideración a lo anterior se | RESUELVE ARTICULO PRIMERO.- Establecer para el día lunes, 24 de diciembre de 2018 en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Palmira, y en el Punto de Contacto de la Entidad en el municipio de Buga, laborar en jornada continua de 7:00 A.M. a 2:00 P.M. ARTICULO SEGUNDO.- Los jefes tendrán bajo su responsabilidad verificar el cumplimiento del horario establecido. ARTICULO TERCERO .- Quienes decidan no acoger este horario laborarán en la jornada normal de 8 AM a5PM ó 8:30 AM a 5:30 PM, según corresponda.” ARTICULO CUARTO.- Publicar la presente resolución en la página Web de la DIAN y exhibirla en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Palmira en lugar visible al público.
ARTICULO QUINTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Palmira,