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DIAN - Resolución 2050 de 24-12-2019

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 2050 de 24-12-2019
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2019

DIAN 1104 y Oracaón de tepuestos y Alugnes Nerorales RESOLUCIÓN NÚMERO ( 00205 ) 24DIC. 2019 Por la cual se aclara y modifica la Resolución 2016 del 19 de diciembre de 2019, que estableció los horarios laborales de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira LA DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE PEREIRA En uso de las facultades legales conferidas por el artículo 39 numeral 4 del Decreto 4048 del 22 de octubre de 2008 y en especial la conferida por el artículo 11? numeral 11 de la Resolución número 014 del 4 de noviembre de 2008, y Resolución No. 007087 del 20 de septiembre de 2016. CONSIDERANDO Que, con Resolución No. 0233 del 13 de febrero de 2018, $e estableció el horario de trabajo para para la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira, donde en el Artículo 1? se establecieron los siguientes horarios de trabajo; Horario 1: 07:30 a.m. a 04:30 p.m. en jornada continua y Horario 2: 08:00 a.m. a 05:00 p.m. en jornada continua. Que con Resolución No. 0249 del 15 de febrero de 2019 se modificó la Resolución mencionada anteriormente, en el sentido de modificar los turnos para el almuerzo, lo cuales quedaron así: Turno almuerzo 1: de 11:45 a.m: a 12:45 p.m. Turno almuerzo 2: de 12:45 p.m, a 01:45 p.m.

Que con Resolución No. 002016 del 19 de diciembre dé 2019 se agruparon las resoluciones antes mencionadas y se estableció un tercer horarlo, así: Horario 1: 07:30 a.m. a 04:30 p.m. en jornada continua Horario 2: 08:00 a.m. a 05:00 p.m. en jornada continua Horario 3: 07:00 a.m. a 04:00 p.m. en jornada continua. Que es necesario aclarar cuál es el horario laboral oficial de la Dirección Seccional, para efectos de garantizar la atención al público interno. Que se debe fijar la forma en que pueden los funcionarios acceder a los horarios laborales establecidos con la Resolución 002016 del 19 de diciembre del 2019, esto con el fin de garantizar el servicio al cliente tanto externo, como interno. En virtud de lo expuesto, la Directora Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira, RESUELVE ARTÍCULO 1%: Establecer como horario laboral oficial para la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira, el siguiente: Horario 1: 07:30 a las 16:30 horas en jornada continua de lunes a viernes , ¿Y DIAN >Í m Disorión de impuesy tAhoansas Nacionales RESOLUCIÓN NÚMERO | ( 002050 ) 24 DIC. 2019 Continuación Por la cual se aclara y modifica la Resolución 2016 del 19 de diciembre de 2019, por medio de la cual se establecieron los horarios laborales de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira Parágrafo 1”: Los funcionarios dispondrán de sesenta (60) minutos para almorzar en dos

turnos coordinados por los Jefes inmediatos garantizando la atención al público durante toda la jornada: Turno almuerzo 1: de 11:45 a.m. a 12:45 p.m. Turno almuerzo 2: de 12:45 p.m. a 01:45 p.m. ARTICULO 2”: El horario de atención aj público de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira es: 8:00 a 16:00 horas en jornada continua ARTÍCULO 3 Establecer para la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira, dos horarios de trabajo opcionales de lunes a viernes de: Horario 2: 08:00 a las 17:00 horas en jornada continua Horario 3: 07:00 a las 16:00 horas. en jornada continua. Parágrafo 1”: Los funcionarios dispondrán de sesenta (60) minutos para almorzar en dos turnos coordinados por los Jefes inmediatos garantizando la atención al público durante toda la jornada: Turno almuerzo 1: de 11:45 a.m, a 12:45 p.m. Turno almuerzo 2: de 12:45 p.m. a 01:45 p.m. Parágrafo 2”: Los funcionarios manifestarán a su jefe inmediato si continúan laborando en el horario laboral oficial, o si se acogen a los horarios laborales establecidos en el artículo 3” de esta Resolución, el jefe inmediato es quien de acuerdo a las necesidades del servicio tanto internas, como externas y verificando que dentro de su área quede personal suficiente que cumpla el horario de atención al cliente externo y el horario oficial de esta Dirección Seccional, autorizará o no el cambio, teniendo en cuenta que si requieren volver

a cambiar de horario laboral se podrá hacer siempre y cuando entre uno y otro cambio, hayan transcurrido al menos seis (6) meses. Parágrafo 3”. Los Jefes inmediatos remitirán al Grupo Interno de Trabajo de Personal de la Seccional, dentro de la primera semana de expedición de la presente resolución, la relación de los funcionarios de sus dependencias que fueron autorizados por ellos a cambiar su horario laboral, indicando la jornada por la que cada uno optó. En los sucesivo los cambios se reportarán dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes, 3) DIAN” n Os impuesto aras MHacioralas RESOLUCIÓN NÚMERO (402050 ) 2 4 DIC. 2019 Continuación Por la cual se aclara y modifica la Resolución 2016 del 19 de diciembre de 2019, por medio de la cual se establecieron los horarios laborales de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira ARTICULO 4”: Será Responsabilidad de los jefes inmediatos garantizar el cumplimiento de los horarios laborales de los funcionarios a su cargo y la prestación del servicio tanto al cliente externo, como interno. ARTICULO 5”: La resolución que habilitó un horario especial para los funcionarios que laboran en el aeropuerto internacional Matecaña y la Zona Franca continuarán vigentes, así como los horarios especiales autorizados por este Despacho, de acuerdo a las condiciones establecidas en las resoluciones que los otorgaron ARTICULO 6”: La presente Resolución aclara y modifica la Resolución 002016 del 19 de diciembre del 2019. ARTICULO 7”: Publicar la presente Resolución en la página Web de la Entidad y

comunicar a los funcionarios de la Seccional a través del correa masivo institucional. ARTICULO 8: La presente Resolución rige a partir de la comunicación de esta Resolución. COMUNÍQUESE Y CUMPLASE Dada en Pereira, a los 4 O: A >

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HS CECILIA ZULUAGA DU

Directora Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira

Proyectó: Martha Cecilia Nieto López A

Revisó: — Olga Lucía Restrepo Gaviria

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