DIAN - Resolución 206 de 09-08-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 206 de 09-08-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
_— DIAN resoLUCcIiÓN NÚMERO 000206 ( 09Agosto - 2023 ) Despacho 201 Por medio del cual se fija horario especial de trabajo en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de San Andrés. LA DIRECTORA SECCIONAL (A) DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE SAN ANDRES En virtud de las facultades otorgadas en la Resolución 00082 de agosto 26 de 2021, y en uso de las facultades delegadas en el artículo 3 Numeral 9 de la Resolución 00084, y CONSIDERANDO: Que, el día 25 de junio de 2023, se presentó siniestro de falla eléctrica en la subestación de energía de la Dirección Seccional de San Andrés, ocasionada por fenómenos de tipo natural. Que al presentar fallas en la subestación eléctrica la Dirección seccional no cuenta con el suministro de energía directa por parte de la empresa de servicios públicos del Departamento Archipiélago SOPESA S.A. E.S.P Que, desde el siniestro del 25 de junio de 2023, la DSIA de San Andrés se está abasteciendo de energía, a través de la planta eléctrica de la Seccional, la cual funciona con combustible (ACPM). Que, desde el 26 de junio de 2023 se reportó a la empresa de energía SOPESA S.A. E.S.P., del daño en subestación de energía. Que, actualmente se encuentra en estudio por parte de la aseguradora la viabilidad de asumir costos, para el arreglo del sistema de energía en la DSIA de SAN ANDRÉS. Que, teniendo en cuenta que el suministro de energía es limitado y solo cubre los equipos de cómputo y equipos de refrigeración
RAE, se hace necesario restringir el tiempo de conexión de dichos elementos. Que debido al siniestro mencionado, se está presentando indisponibilidad en la UPS y equipos de computo de la seccional, lo cual puede ocasionar la paralización total de la seccional. Que, pese a que se ha realizado un control sobre el horario de trabajo, para disminuir el gasto de energía se hace necesario modificar hasta tanto persistan las circunstancias ya señaladas. Conforme a lo anterior, este Despacho RESUELVE: ARTÍCULO 1': Establecer hasta tanto no se encuentre en funcionamiento la subestación eléctrica de energía, el horario de trabajo de jornada continua de 8:00 am a 3:30 p.m., en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de San Andrés, de la Unidad Administrativa Especial de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales U.A.EDIAN, garantizando la prestación del servicio en los procesos relacionados con atención al público, notificación de actos administrativos y recepción de correspondencia en las áreas de documentación. ARTICULO 2”: Los jefes inmediatos, serán los responsables de garantizar el cumplimiento del horario de trabajo que en la presente resolución se establece. ARTICULO 3”: Publicar la presente resolución en la página web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. ARTICULO 4”: Comunicar a través de la Área de Talento Humano la presente resolución al buzón electrónico de los funcionarios de la Dirección Seccional. COMUNIQUESE Y CUMPLASE Dada en San Andrés Isla, alos 09 - Agosto - 2023 SAAMS ARCHBOLD Firmado digitalmente por SAAMS
ARCHBOLD INGRID RUTH INGRID RUTH Fecha: 2023.08.09 12:03:45 -05'00'
INGRID RUTH SAAMS ARCHBOLD Directora Seccional de Impuestos y Aduanas (A) P/hmarinz