DIAN - Resolución 21 de 28-01-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 21 de 28-01-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
RESOLUCIÓN NÚMERO 000021 ( ) 28 ENE 2 0 2 2
Por la cual se adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG, se reglamentan las disposiciones relativas al Sistema Institucional de Control Interno y se crean unos Comités en el Nivel Central y Local de la U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UN( )ID AD ADMINISTRATIVA ESPECIAL
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y A DUANAS NACIONALES – DIAN ( ) En uso de las facultades legales y en especial las dispuestas en los numerales 18, 20, 21, 37 y 38 del Artículo 8º del Decreto 1742 de 2020 y CONSIDERANDO Que la Constitución Política de Colombia en sus artículos 209 y 269 dispone que la Administración Pública tendrá un Control Interno responsable de diseñar y aplicar los métodos y procedimientos de control de conformidad con la Ley. Que la Ley 87 de 1993 establece normas para el ejercicio del Control Interno en las entidades y organismos del estado, entendido como el Sistema Integrado por el esquema de organización y el conjunto de los planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por una entidad, con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y los recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes dentro de las políticas trazadas por la dirección y en atención a las metas u objetivos previstos. Que en los artículos 15 al 23 de la Ley 489 de 1998, por la cual se dictan normas sobre
la organización y funcionamiento de la Administración Pública y se estableció el Sistema de Desarrollo Administrativo. Que el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, integró en un solo Sistema de Gestión los Sistemas de Desarrollo Administrativo y de Gestión de la Calidad, previstos en las Leyes 489 de 1998 y 872 de 2003, respectivamente, el cual deberá articularse con el Sistema de Control Interno consagrado en la Ley 87 de 1993 y en los artículos 27 al 29 de la Ley 489 de 1998. Que mediante el Decreto 1083 de 2015 el Gobierno Nacional, recoge, entre otras disposiciones, las relacionadas con el Sistema Nacional de Control Interno de las Entidades y Organismos de la Administración Pública del Orden Nacional Territorial y con los Sistemas de Desarrollo Administrativo y de Gestión de la Calidad en los Títulos 21, 22 y 23 de la Parte 2 del Libro 2 del mismo.
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Continuación de la Resolución “Por la cual se adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG, se reglamentan las disposiciones relativas al Sistema Institucional de Control Interno y se crean unos Comités en el Nivel Central y Local de la U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN” Que mediante el Decreto 1499 de 2017, se modificó el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, sustituyendo los Títulos 22 y 23 de
la Parte 2 del Libro 2, en lo relacionado con el Sistema de Gestión y se establece su articulación con el Sistema de Control Interno; adoptando el Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG como un marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y organismos públicos, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio. Que el Decreto 1499 de 2017 derogó expresamente los artículos 15 al 23 de la Ley 489 de 1998 y la Ley 872 de 2003. Que en relación con el Sistema de Gestión, el Decreto 1499 de 2017, establece que está conformado por las políticas, normas, recursos e información, necesarios para dirigir la gestión pública al mejor desempeño institucional y a la consecución de resultados, para satisfacer las necesidades y los derechos de los ciudadanos, el cual se complementa y articula, entre otros, con los Sistemas Nacional de Servicio al Ciudadano, de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, de Gestión Ambiental y de Seguridad de la Información. Que el Decreto mencionado consagra que las políticas de Desarrollo Administrativo de que trata la Ley 489 de 1998, se denominarán políticas de Gestión y Desempeño Institucional, se regirán por las normas que las regulan o reglamentan y se implementarán a través de planes, programas, proyectos, metodologías y estrategias. Que el Decreto 1499 de 2017, igualmente, define que en cada una de las entidades
se integrará un Comité Institucional de Gestión y Desempeño encargado de orientar la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, el cual sustituirá los demás comités que tengan relación con el Modelo y que no sean obligatorios por mandato legal. Que el Decreto citado establece que el Sistema de Control Interno previsto en la Ley 87 de 1993 y en la Ley 489 de 1998, se articulará al Sistema de Gestión en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG, a través de los mecanismos de control y verificación que permiten el cumplimiento de los objetivos y el logro de resultados de las entidades; que el Control Interno es transversal a la gestión y desempeño de las entidades y se implementa a través del Modelo Estándar de Control Interno – MECI, cuya estructura está acompañada de un esquema de asignación de responsabilidades y roles para la gestión del riesgo y el control, el cual se distribuye en diversos servidores de la entidad, no siendo ésta una tarea exclusiva de las oficinas de control interno. Que mediante el Decreto 648 de 2017, se modifica el Título 21 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015 Reglamentario Único del Sector de la Función Pública, y se establece el Sistema Institucional de Control Interno, el cual se integra por el esquema de controles de la organización, la gestión de riesgos, la administración de la información y de los recursos y por el conjunto de planes, métodos, principios, normas, procedimientos, y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por la
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Continuación de la Resolución “Por la cual se adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG, se reglamentan las disposiciones relativas al Sistema Institucional de Control Interno y se crean unos Comités en el Nivel Central y Local de la U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN” entidad, dentro de las políticas trazadas por la dirección y en atención a las metas, resultados u objetivos de la entidad. Que el Decreto 648 de 2017, consagra que las entidades públicas deben crear un Comité Institucional de Coordinación de Control Interno que funcionará como órgano asesor e instancia decisoria en los asuntos del control interno, para evaluar el estado del Sistema de Control Interno y aprobar las modificaciones, actualizaciones y acciones de fortalecimiento del sistema, aprobar el Plan Anual de Auditoría de la entidad, aprobar el Estatuto de Auditoría Interna y el Código de Ética del auditor, así como verificar su cumplimiento, revisar la información contenida en los estados financieros de la entidad y hacer las recomendaciones a que haya lugar, entre otras funciones. Que el artículo 17 de la Ley 2052 de 2020, dispuso que las entidades públicas deberán crear dentro de su planta de personal existente una dependencia de relación con el ciudadano que se encargará de liderar al interior de la entidad la implementación de las políticas que incidan en la relación Estado - Ciudadano definidas por el Departamento Administrativo de la Función Pública – DAFPy, a través de la Guía
para la creación de la dependencia que integra la estrategia y operación del relacionamiento con la ciudadanía (Versión 1 - noviembre 2021), el DAFP establece que las políticas de MIPG que lidera esta dependencia son: Transparencia y acceso a la información pública, Racionalización de trámites, Participación ciudadana y rendición de cuentas y Servicio al ciudadano. Que en el numeral 37 del artículo 8° del Decreto 1742 de 2020, se establece que el Director General, tendrá la facultad de crear los Comités necesarios para orientar, asesorar, definir y decidir los criterios de carácter técnico que se requieran para el debido ejercicio de las funciones tributarias, aduaneras, cambiarias, así como señalar sus integrantes y funciones y teniendo en cuenta la estructura de la entidad, es necesario crear Comités Operacionales del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, que cumplan las funciones relacionadas con la Gestión y Desempeño Institucional y con la Coordinación del Sistema de Control Interno, a Nivel Central y Local. Que es necesario adoptar el Modelo Integrado de Planeación y Gestión actualizado de acuerdo con el Decreto 1742 de 2020, Decreto 1499 de 2017, reglamentar las disposiciones consagradas en el Decreto 648 de 2017 relativas al Sistema Institucional de Control Interno y crear los Comités Institucional de Gestión y Desempeño, Institucional de Coordinación de Control Interno y de Operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión en la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, en consecuencia derogar las disposiciones que reglamentan el
Sistema de Gestión de Calidad, Control Interno y Gestión Ambiental. Con fundamento en las anteriores consideraciones,
RESUELVE
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TÍTULO I
MODELO INTEGRADO DE PLANEACIÓN Y
GESTIÓN DE LA U.A.E. DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS
NACIONALES
CAPÍTULO I
ADOPCIÓN DEL MODELO INTEGRADO DE PLANEACIÓN Y
GESTIÓN DE LA U.A.E. DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES ARTÍCULO 1º: Adopción del Modelo. Adóptese el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG de la U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, como el marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de la entidad, con el fin de generar resultados para el cumplimiento de la Misión Institucional. Este Modelo, articula el Sistema de Gestión con el Sistema Institucional de Control Interno. ARTÍCULO 2º: Objetivos del Modelo. El Modelo Integrado de Planeación y Gestión le permite a la entidad mejorar su gestión y resolver las necesidades de los ciudadanos con integridad y calidad, mediante:
1. El fortalecimiento del liderazgo y del talento humano;
2. La agilización, simplificación y flexibilización de los procesos para cumplir su objetivo institucional;
3. El desarrollo de la cultura organizacional con fundamento en la información y gestión del conocimiento, que contribuya a la toma de decisiones;
4. El seguimiento, control y evaluación de resultados, que contribuya a la mejora continua;
5. La facilitación y promoción de la efectiva participación ciudadana y la rendición de cuentas en la planeación, gestión y evaluación; y
6. La coordinación con las demás entidades públicas y otras partes interesadas.
ARTÍCULO 3º: Ámbito de aplicación y regulación. La presente resolución será aplicable a todos los procesos y dependencias de la U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN. ARTÍCULO 4º: Coordinador del Modelo. La Dirección de Gestión Estratégica y de Analítica o quien haga sus veces, será responsable de coordinar y armonizar la implementación y consolidación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, en
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Continuación de la Resolución “Por la cual se adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG, se reglamentan las disposiciones relativas al Sistema Institucional de Control Interno y se crean unos Comités en el Nivel Central y Local de la U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN” concordancia con los lineamientos establecidos por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño, previsto en la presente Resolución.
CAPÍTULO II SISTEMA DE GESTIÓN ARTÍCULO 5º: Sistema de Gestión. Es el conjunto de políticas, normas, recursos e información de la entidad, cuyo objeto es dirigir la gestión al mejor desempeño institucional y a la consecución de resultados para la satisfacción de necesidades y derechos de los ciudadanos, en un marco de legalidad e integridad. El Sistema de Gestión, integra los Sistemas de Desarrollo Administrativo y de Gestión de Calidad y se complementa y articula entre otros, con los sistemas Nacional de Servicio al Ciudadano, de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, de Gestión Ambiental y de Seguridad de la Información, y con los demás modelos y estrategias que establecen lineamientos y directrices en materia de gestión y desempeño. CAPÍTULO III SISTEMA INSTITUCIONAL DE CONTROL INTERNO ARTÍCULO 6º: Sistema Institucional de Control Interno. El Sistema Institucional de Control Interno está integrado por el esquema de controles de la organización, la gestión de riesgos, la administración de la información y de los recursos y por el conjunto de planes, métodos, principios, normas, procedimientos, y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por la entidad, dentro de las políticas trazadas por la dirección y en atención a las metas, resultados u objetivos de la entidad. ARTÍCULO 7º: Instrumentos para la actividad de auditoría interna. De conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.21.4.8 del Decreto 1083 de 2015, adicionado por el artículo 16 del Decreto 648 de 2017, los Instrumentos para la
actividad de la Auditoría Interna, que hacen parte del Sistema Institucional de Control Interno en la U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, son: a) Código de Ética del Auditor Interno: Es una serie de principios significativos para la profesión y el ejercicio de la Auditoría Interna, y de reglas de conducta que describen el comportamiento que se espera de los auditores internos. b) Carta de representación: Es el documento debidamente suscrito por los Directores de Gestión, Director Operativo de Grandes Contribuyentes, Jefes de Oficina y Directores Seccionales, en el que se establece la veracidad, calidad y oportunidad de la información que debe suministrarse a los servidores públicos responsables de realizar las visitas de auditoría de la Oficina de Control Interno. c) Estatuto de auditoría: Es un documento formal que define el propósito, autoridad y responsabilidad de la actividad de auditoría interna en la entidad. El Estatuto establece la posición de la actividad de auditoría interna, autoriza el acceso a los registros, al personal y a los bienes pertinentes para la ejecución de los trabajos, y define el ámbito de actuación de las actividades de auditoría interna.
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Continuación de la Resolución “Por la cual se adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG, se reglamentan las disposiciones relativas al Sistema Institucional de Control Interno y se crean unos Comités en el Nivel Central y Local de la U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN” d) Plan Anual de Auditoría: Documento que establece el enfoque general y los
énfasis estratégicos de la actividad de auditoría interna de la entidad y contiene las actividades que debe ejecutar la Oficina de Control Interno durante cada vigencia. Parágrafo. Las propuestas de elaboración o modificación de los instrumentos para la actividad de Auditoría Interna relacionados en el presente artículo serán presentadas para su aprobación ante el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno, por el Jefe de la Oficina de Control Interno. Los demás instrumentos se actualizarán cuando la Oficina de Control Interno o el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno, lo consideren conveniente. CAPÍTULO IV OPERACIÓN DEL MODELO INTEGRADO DE PLANEACIÓN Y GESTIÓN ARTÍCULO 8º: Dimensiones del Modelo. El Modelo Integrado de Planeación y Gestión opera a través de un conjunto de 7 dimensiones que agrupan las políticas de gestión y desempeño institucional, que, implementadas de manera articulada e intercomunicada, permitirán que el Modelo funcione. Las dimensiones operativas son las siguientes: • Dimensión 1. Talento Humano • Dimensión 2. Direccionamiento Estratégico y Planeación • Dimensión 3. Gestión con Valores para Resultados • Dimensión 4. Evaluación de resultados • Dimensión 5. Información y Comunicación • Dimensión 6. Gestión del conocimiento y la innovación • Dimensión 7. Control Interno Parágrafo. Cada una de las 7 dimensiones se desarrolla a través de una o varias Políticas de Gestión y Desempeño Institucional, según lo dispuesto en los artículos 9º y 10º de la presente Resolución. ARTÍCULO 9º: Políticas de Gestión y Desempeño Institucional. Las políticas de
Gestión y Desempeño Institucional del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, que desarrollan las dimensiones del Modelo, son las siguientes:
1. Planeación Institucional
2. Gestión presupuestal y eficiencia del gasto público
3. Compras y Contratación Pública
4. Talento Humano
5. Integridad
6. Transparencia, acceso a la información pública y lucha contra la corrupción
7. Fortalecimiento organizacional y simplificación de procesos
8. Servicio al ciudadano
9. Participación ciudadana en la gestión pública
10. Racionalización de trámites
11. Gobierno digital
12. Seguridad digital
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13. Defensa jurídica
14. Mejora normativa
15. Gestión del conocimiento y la innovación
16. Gestión documental
17. Gestión de la información estadística
18. Seguimiento y evaluación del desempeño institucional
19. Control interno ARTÍCULO 10º: Implementación de las Políticas. Las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional se regirán por las normas que las regulan o reglamentan y se implementarán a través de planes, programas, proyectos, metodologías y estrategias, sin perjuicio de las responsabilidades establecidas en normas superiores.
Las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional en la U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, serán lideradas por las siguientes dependencias, sin detrimento de la participación de las demás involucradas en la ejecución de cada uno de los requerimientos, teniendo en cuenta los responsables del Modelo previstos en los artículos 11º y 12º, de la presente Resolución: Dependencias y/o No. Dimensión Políticas de Gestión y Dependencia Líder responsables Dimensión MIPG Desempeño Institucional relacionados Dirección de Gestión Talento Humano N/A Corporativa 1 Talento Humano Dirección de Gestión Integridad Oficial de Transparencia Corporativa Dirección de Gestión Planeación Institucional N/A Estratégica y de Analítica Direccionamiento Gestión Presupuestal y Dirección de Gestión N/A 2 Estratégico y Eficiencia del Gasto Público Corporativa Planeación Compras y Contratación Dirección de Gestión N/A Pública Corporativa Fortalecimiento Dirección de Gestión Organizacional Corporativa N/A y Simplificación de Dirección de Gestión Procesos Estratégica y de Analítica Dirección de Gestión de Oficina de Seguridad de la Gobierno Digital Innovación y Tecnología Información Oficina de Seguridad de la Dirección de Gestión de Seguridad Digital Información Innovación y Tecnología Defensa Jurídica Dirección de Gestión Jurídica N/A Gestión con 3 Valores para Mejora Normativa Dirección de Gestión Jurídica N/A Resultados Dirección de Gestión de Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología Servicio al ciudadano
Impuestos Dirección de Gestión Corporativa Dirección de Gestión de Dirección de Gestión de Racionalización de Trámites Impuestos Innovación y Tecnología Dirección de Gestión de Participación Ciudadana en Dirección de Gestión de Estratégica y de Analítica la Gestión Pública Impuestos Oficina de Comunicaciones Institucionales
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N/A Estadística Estratégica y de Analítica Gestión del Gestión del Conocimiento y Dirección de Gestión Dirección de Gestión de 6 Conocimiento y la Innovación Corporativa Innovación y Tecnología la Innovación Dirección de Gestión Estratégica y de Analítica Comité Institucional de Coordinación de Control Dirección de Gestión 7 Control Interno Control Interno Interno Estratégica y de Analítica Oficina de Control Interno Parágrafo. Los criterios para desarrollar la actualización, implementación y puesta en marcha de las dimensiones que agrupan las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional, prácticas, herramientas o instrumentos, serán los dispuestos en el Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG del Departamento Administrativo de la Función Pública – DAFP, así como los lineamientos e instrumentos que definan las Entidades Líderes de Políticas del Gobierno Nacional. CAPÍTULO V RESPONSABLES DEL MODELO INTEGRADO DE PLANEACIÓN Y GESTIÓN ARTÍCULO 11º: Responsables del Sistema de Gestión. La responsabilidad de la implementación, desarrollo, control y mejora del Sistema de Gestión, en la U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, se encuentra a cargo de los servidores públicos que se mencionan:
1. El Director General, los Directores de Gestión, los Jefes de Oficina y el Director Operativo de Grandes Contribuyentes, responsables de asegurar la implementación del Sistema de Gestión, diseñar e integrar los Sistemas de Gestión, garantizando su conveniencia, adecuación, eficacia, eficiencia y
efectividad.
2. Los Directores de Gestión, los Jefes de Oficina, el Director Operativo de Grandes Contribuyentes, los Subdirectores, los Directores Seccionales de Impuestos, de Aduanas, de Impuestos y Aduanas y Delegadas, los Jefes de las Coordinaciones del Nivel Central y Jefes de las Divisiones y/o Grupos
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Continuación de la Resolución “Por la cual se adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG, se reglamentan las disposiciones relativas al Sistema Institucional de Control Interno y se crean unos Comités en el Nivel Central y Local de la U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN” Internos de Trabajo del Nivel Local o delegado, responsables de implementar el Sistema de Gestión, en las dependencias a su cargo y garantizar su funcionamiento y mejoramiento.
3. Los Servidores Públicos de la entidad y los terceros relacionados con ella como los contratistas, responsables de aplicar lo establecido en el Sistema de Gestión, en el desarrollo de las funciones y/o actividades de los procesos y procedimientos.
ARTÍCULO 12º: Responsables del Sistema Institucional de Control Interno. La responsabilidad de la implementación, desarrollo y ejecución de las actividades relacionadas con el control interno y propuestas de mejora que hacen parte del Sistema Institucional de Control Interno, en la U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, se encuentra distribuida en las siguientes líneas estratégica y de defensa, a cargo de los servidores públicos y dependencias que se
mencionan:
1. Línea estratégica de defensa: Conformada por el Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, los Directores de Gestión, los Jefes de Oficina, el Director Operativo de Grandes Contribuyentes y el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno. La responsabilidad de esta línea estratégica de defensa se centra en la emisión, revisión, validación y supervisión del cumplimiento de políticas en materia de control interno, gestión del riesgo, seguimientos a la gestión y auditoría interna para toda la entidad.
2. Primera Línea de Defensa: Conformada por los Directores de Gestión, Jefes de Oficina, Director Operativo de Grandes Contribuyentes, Subdirectores y Directores Seccionales de Impuestos, de Aduanas, y de Impuestos y Aduanas y Delegadas, responsables de implementar el Sistema Institucional de Control Interno, gestionar los riesgos institucionales, autoevaluar los procesos a cargo, desarrollar acciones correctivas en relación con las deficiencias de control, asegurar la eficiencia de la gestión y desempeño institucional.
3. Segunda Línea de Defensa: Conformada por el Jefe de Oficina de Seguridad de la Información, el Subdirector de Planeación y Cumplimiento, el Subdirector de Procesos y los demás Servidores Públicos de la entidad responsables de monitorear y evaluar los controles y la gestión del riesgo.
4. Tercera Línea de Defensa: Conformada por la Oficina de Control Interno, responsable de realizar la evaluación independiente sobre la eficacia de la gestión y desempeño institucional, la gestión de riesgos y los controles de los procesos.
Parágrafo. Los Servidores Públicos de la entidad, son responsables de aplicar lo establecido en el Sistema Institucional de Control Interno, en el desarrollo de sus funciones y/o actividades. ARTÍCULO 13º: Evaluador del sistema institucional de Control Interno. La Oficina de Control Interno, será responsable de evaluar el estado del diseño, implementación, RESOLUCIÓN NÚMERO 0 0 0 0 2 1 d e 2 8 E N E 2 0 2 2 Hoja No. 10 Continuación de la Resolución “Por la cual se adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG, se reglamentan las disposiciones relativas al Sistema Institucional de Control Interno y se crean unos Comités en el Nivel Central y Local de la U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN” funcionamiento y mejoramiento del Sistema Institucional de Control Interno de la Entidad y proponer las recomendaciones para su optimización.
TÍTULO II
INSTANCIAS DEL MODELO INTEGRADO DE PLANEACIÓN Y GESTIÓN
CAPÍTULO I INSTANCIAS DEL MODELO ARTÍCULO 14º: Instancias del Modelo. Las instancias que hacen parte del Modelo serán el Comité Institucional de Gestión y Desempeño y el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno, que funcionarán en el Nivel Central, y los Comités de Operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, que funcionarán en cada una de las Direcciones Seccionales de la U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño sustituirá los demás comités que
tenga relación con el Modelo y que no sean obligatorios por mandato legal. CAPÍTULO II DEL SISTEMA DE GESTIÓN ARTÍCULO 15º: Comité Institucional de Gestión y Desempeño. Créase el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, el cual estará conformado por los siguientes empleados públicos:
1. El Director General,
2. El Director de Gestión Corporativa, o quien haga sus veces, quien lo presidirá,
3. Los Directores de Gestión,
4. El Director Operativo de Grandes Contribuyentes,
5. Los jefes de Oficina de Comunicaciones Institucionales, de Seguridad de la Información y Oficina de Tributación Internacional, o quienes hagan sus veces,
6. El jefe de la Oficina de Control Interno, quien participará con voz, pero sin voto.
Parágrafo 1. La secretaría técnica del Comité será ejercida por el Subdirector de Planeación y Cumplimiento o quien haga sus veces. Parágrafo 2. El Defensor del Contribuyente y del Usuario Aduanero y Cambiario y los Subdirectores, que no hacen parte integral del Comité, involucrados en la implementación de los requerimientos generales y temas transversales, relacionados con las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional, así como los empleados RESOLUCIÓN NÚMERO 0 0 0 0 2 1 d e 2 8 E N E 2 0 2 2 Hoja No. 11 Continuación de la Resolución “Por la cual se adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG, se reglamentan las disposiciones relativas al Sistema Institucional de Control Interno y se crean
unos Comités en el Nivel Central y Local de la U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN” públicos de las dependencias de la U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, podrán ser citados al mismo, con voz, pero sin voto. Parágrafo 3. La asistencia al Comité será indelegable y de obligatorio cumplimiento. ARTÍCULO 16º: Objetivo del Comité. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño será la instancia encargada de orientar la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, en la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN. ARTÍCULO 17º: Funciones del Comité. Corresponde al Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas NacionalesDIAN ejercer las siguientes funciones:
1. Aprobar y hacer seguimiento, por lo menos una vez cada tres meses, a las acciones y estrategias adoptadas para la operación del Modelo Integrado de Planeac
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