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DIAN - Resolución 22 de 03-03-2015

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 22 de 03-03-2015
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2015

DIAN ! Dirección de impuestos y Aduanas Nacional —

— — —A_ RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2015 000022

— — — — — ( ) — — — 0.3 MAR 2015 _ _ _ _

__ EL DIRECTOR GENERAL. DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

_ _ “Por medio de la cual se designa la Secretaría Técnica de la Comisión de Expertos Ad honorem del Sistema Tributario y se dictan sus funciones” En uso de sus facultades legales, en especial de las consagradas en el Artículo 1 del Decreto 327 DE 2015, y

CONSIDERANDO: A = Que el artículo 44 de la Ley 1739 de 2014 creó la "Comisión de Expertos ad honórem < para estudíar, entre otros, el Régimen Tributario Especial del Impuesto sobre la Renta y Complementarios aplicable a las entidades sin ánimo de lucro, los beneficios tributarios existentes y las razones que los justifican, el régimen del Impuesto sobre las Ventas y el > régimen aplicable a los impuestos, tasas y contribuciones de carácter territorial con el _ _ _ objeto de proponer reformas orientadas a combatir la evasión y elusión fiscales y a hacer el sistema tributario más equitativo y eficiente. Para estos efectos, la Comisión podrá estudiar materias y realizar propuestas diferentes a las estrictamente tributarias, y convocar expertos de dichas materias en calidad de invitados.

La Comisión se conformará a más tardar dentro de los dos (2) meses siguientes a la entrada en vigencia de la ley, será presidida por el Director General de la Unidad

Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN o su delegado y deberá entregar sus propuestas al Ministro de Hacienda y Crédito Público, máximo en diez (10) meses contados a partir de su conformación, quien a su vez presentará informes trimestrales a las Comisiones Económicas del Congreso de la República. El Gobierno Nacional determinará la composición y funcionamiento de dicha Comisión, la cual se dictará su propio reglamento". Que de conformidad con lo establecido en el artículo 1% del Decreto 327 del 2015 corresponde al Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, presidir la Comisión de Expertos Ad Honórem. Que dicho artículo 1 señala adicionalmente que dentro de los cinco (5) días siguientes a la vigencia del Decreto 327 de 2015, la Comisión establecerá quién ejercerá la Secretaria Técnica y detallará sus funciones. Que en sesión del 2 de 2015 la miembros de la Comisión de Expertos Ad Honórem del Sistema Tributario designaron a FEDESARROLLO, como la entidad encargada de ejercer la Secretaría Técnica. En mérito a lo expuesto, el Director General de la Unidad Administrativa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, ResoLución número 900022, 03 MAR 2085 Hoja No. 2 Continuación de la Resolución “Por medio de la cual se designa la Secretaría Técnica de la Comisión de Expertos Ad honorem del Sistema Tributario y se dictan sus funciones” RESUELVE: Artículo 1”. Secretaría técnica de la Comisión de Expertos del Sistema Tributario. La

Secretaría técnica de la Comisión de Expertos del Sistema tributario será ejercida por parte de la Fundación para la Educación Superior y el Desarrollo, FEDESARROLLO-.

Parágrafo: La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales —DIANprestará el apoyo técnico que requiera FEDESARROLLO para el ejercicio de sus funciones.

Artículo 2. Funciones de la Secretaría Técnica de la Comisión: Son funciones de la Secretaría Técnica de la Comisión de Expertos del Sistema Tributario las siguientes:

1. Tramitar las convocatorias a las sesiones de la Comisión.

2. Adelantar la relatoría de las memorias de cada una de las sesiones que sean adelantadas por la Comisión.

3. Preparar los informes trimestrales que se presentarán a las comisiones económicas del Congreso de la República.

Realizar las convocatorias y trámites correspondientes para la conformación de mesas de trabajo con expertos nacionales e internacionales, cuando la Comisión así lo considere pertinente. Realizar las convocatorias, cuando la comisión así lo considere pertinente para recibir y discutir estudios y propuestas de los Gremios, la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales —DÍAN, la Defensoría del Contribuyente, la Academia, los Centros de Pensamiento en temas económicos o tributarios, los organismos y agencias internacionales, entre otros. Proyectar y someter a consideración de los miembros de la Comisión el reglamento de la misma. Adelantar la gestión documental de que trata el artículo 6 del Decreto 327 del 2015. Preparar el informe final con las conclusiones y recomendaciones de la Comisión.

Las demás funciones que le sean dadas en el reglamento. Artículo 3 Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. 03 MAR 2015

Dada en Bogotá, D. C.,a de Marzo de 2015. SANTIAGO ROJAS D E JAN IN Csortinciónd Notificacion. Director Ge EY deucenreiorr cmcat . Nivel Central Bogotá, D.C. 05 Mar Zuto

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