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DIAN - Resolución 2206 de 29-11-2023

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 2206 de 29-11-2023
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2023

JIAN RESOLUCIÓN NÚMERO (02206 (29 NOV 2023 ) “Por la cual se habilita el trabajo en casa en Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira” LA DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE PEREIRA En ejercicio de las facultades legales, reglamentarias y en especial a las dispuestas en el Numeral 9 del Artículo 3 de la Resolución 000084 del 27 de agosto de 2021, mediante la cual el Director general de la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales delego la facultad a los Directores Seccionales para establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección, la Resolución 000035 del 15 de marzo de 2022 y la Resolución 000082 del 26 de agosto de 2021 CONSIDERANDO Que, el numeral 9” del articulo 3” de la Resolución 000084 del 27 de agosto de 2021, faculta a los Directores Seccionales y Directores Seccionales Delegados establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad con las necesidades del servicio, garantizado en el mínimo de tiempo laboral vigente y el horario de atención al público. Que, la Ley 2088 de 2021, regula la habilitación de trabajo en casa como una forma de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, que se presenten en el marco de una relación laboral, legal y reglamentario con el Estado, sin que conlleve variación de las condiciones laborales establecidas o pactadas al inicio de la relación laboral. Que, mediante la Resolución 000035 del 15 de marzo de 2022, la UAE Dirección de

Impuestos y Aduanas Nacionales-DIAN, habilitó el trabajo en casa como forma transitoria de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, dictó lineamientos generales para su aplicación y delegó funciones a los Directores del nivel local. Que, la jornada ordinaria laboral vigente en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira es de lunes a viernes de las 07:30. a las 16:30 horas en jornada continua. Que, adicional al horario antes mencionado mediante la Resolución No. 000895 del 10 de septiembre de 2021 existen dos horarios de trabajo opcionales, de las 08:00 hasta las 17:00 horas y desde las 07:00 a las 16:00 horas, ambas en jornada continua, con 60 minutos para el almuerzo, para los funcionarios públicos de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira. Que, en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira se dio comienzo a la ejecución del contrato de cambio de puestos de trabajo y puntos de red, razón por la cual ha sido necesario solicitar a los funcionarios ubicados en áreas diferentes a la División de Servicio al Ciudadano y a los que prestan sus servicios en el Aeropuerto Internacional Matecaña y en la Zona Franca Internacional corregimiento de Caimalito de la ciudad de Pereira, que realicen sus labores desde casa.

RESOLUCIÓN NÚMERO (02206 de

2 9 NOV 2003 HOJA No. 2

Continuación de la resolución “Por la cual se habilita el trabajo en casa a los servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira,”

Que, por lo anterior, la Directora Seccional, RESUELVE: ARTICULO 1%. Habilitación de trabajo en casa. Habilitar el trabajo en casa para los servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira, mientras se realiza la ejecución del contrato de cambio de puestos de trabajo y puntos de red en esta Dirección seccional de acuerdo con las necesidades del servicio y previa concertación con sus jefes inmediatos, siempre y cuando, cuenten con las condiciones necesarias para esta modalidad de trabajo, excepto para los funcionarios ubicados en la División de Servicio al Ciudadano, los que prestan sus servicio en el Aeropuerto Internacional Matecaña y en la Zona Franca Internacional corregimiento de Caimalito de la ciudad de Pereira, quienes seguirán laborando en las mismas condiciones que lo han venido haciendo, ARTICULO 2. ARTICULO 2": Elementos de trabajo. Los jefes de División y de Grupo Interno de Trabajo, deberán coordinar con sus colaboradores, la disposición de los elementos de trabajo (instrumentos, equipos y demás herramientas), y se acordará si serán provistos por el servidor público o conforme con los recursos que tenga disponibles la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira. Parágrafo 1%: En caso de que los equipos sean provistos por la Seccional, los funcionarios públicos serán responsables del cuidado, destinación y custodia de estos, en caso de daño o mal uso, el servidor deberá asumir la responsabilidad de lo ocurrido. Para el efecto, se suscribirá entre las partes un formato que además de las características del equipo se indicarán las condiciones en las que se entrega. Parágrafo 2%: Es responsabilidad de todo servidor público preservar la privacidad de la

información por la que, ante el uso inadecuado, el servidor público será responsable por el mal manejo de la información. ARTICULO 3%: Lugar de trabajo en casa. La prestación del servicio de los funcionarios habilitados para el trabajo en casa se llevará a cabo en el domicilio registrado por el servidor público en Mi portal — Kactus. Cualquier modificación de la dirección deberá ser registrada por el servidor público en el mismo aplicativo : Parágrafo: Los jefes de División y Grupos Internos de Trabajo, remitirán a la División de Talento Humano el listado de los funcionarios públicos que laborarán de forma presencial en las instalaciones de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira, para que sean informados a la ARL ARTICULO 4”: La División de Servicio al Ciudadano, garantizará la atención al público de manera presencial en el horario establecido de acuerdo con lo establecido en la Resolución 000895 del 10 de septiembre del 2021 de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., igualmente lo harán los funcionarios que laboran en el Aeropuerto Internacional Matecaña y en la Zona Franca 2 9 NOV 202

RESOLUCIÓN NUMERO 002206 de HOJA No. 2

Continuación de la resolución “Por la cual se habilita el trabajo en casa a los servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira,” Internacional corregimiento de Caimalito de la ciudad de Pereira, en los horarios establecidos en la Resolución 000896 del 10 de septiembre del 2021 ARTICULO 5%: Jornada de trabajo. La modalidad de trabajo en casa se desarrollará en las

mismas condiciones laborales que el trabajo presencial, en tal sentido la jornada laboral se debe desarrollar dentro de los horarios establecidos. ARTICULO 7”: Responsabilidad de los jefes. Los jefes inmediatos serán responsables de garantizar el cumplimiento del horario de trabajo por parte de los funcionarios a su cargo. ARTICULO 8: Publicación. Publicar la presente resolución en lugar visible al público de la Dirección Seccional y en la página web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. ARTICULO 9% Comunicación. Comunicar por parte de la División de Talento Humano la presente resolución a los buzones electrónicos de los funcionarios de la Dirección Seccional. ARTICULO 10": La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. COMUNIQUESE Y CUMPLASE Dada en Pereira, a los 29 días de noviembre de 2023 e Directora Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira 28/11/2023 Ll Reviso y Aprohée-Javier/Cortes Guzman Jefe División de Talentó Humano(A)

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