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DIAN - Resolución 221 de 26-03-2021

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 221 de 26-03-2021
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2021

RESOLUCIÓN NÚMERO 000221 ( 2 6 - M A R - 2 0 2 1 ) Por la cual se habilita un horario de trabajo LA DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE PEREIRA De conformidad con el Decreto-Ley 0071 del 24 de enero de 2020 y Decreto 1742 del 22 de diciembre de 2020, y CONSIDERANDO Que de conformidad con el correo electrónico suscrito el día 26 de marzo de 2021, por la Jefe de la División de Gestión de Asistencia al Cliente, donde solicita se habilite el horario de trabajo para atención al público, los días 27 y 28 de marzo de 2021 a partir de las 06:00 a.m. hasta la 07:00 p.m., con el fin de realizar actualizaciones de oficio que se requieren de urgencia para contribuyentes que se les autorizo pertenecer al Régimen Tributario Especial y requieren tener el RUT actualizado para poder realizar el proceso de actualización y no quedar fuera del régimen. En consecuencia, la Directora Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira, R E S U E L V E ARTÍCULO 1º.- Habilitar el horario de atención al público los días 27 y 28 de marzo de 2021 desde las 06:00 a.m. hasta la 07:00 p.m., con el fin de realizar actualizaciones de oficio que se requieren de urgencia para contribuyentes que se les autorizo pertenecer al Régimen Tributario Especial y requieren tener el RUT actualizado para poder realizar el proceso de actualización y no quedar fuera del régimen. ARTICULO 2º. A través del GIT de Documentación de la División de

Gestión Administrativa y Financiera de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira, comunicar el contenido de la presente Resolución a todos los funcionarios de la División de Gestión y Asistencia al Cliente, a la Jefe de la División de Gestión y Asistencia al Cliente y a la Jefe del Grupo Interno trabajo de Personal. ARTÍCULO 4°. Publicar el contenido de la presente Resolución en la página WEB de la Entidad. ARTICULO 5º. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CUMPLASE Dada en Pereira, a los veintiséis (26) días del mes de marzo de 2021

STELLA CECILIA ZULUAGA DUQUE

Directora Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira

Proyectó: Martha Cecilia Nieto López

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