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DIAN - Resolución 2226 de 22-03-2022

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 2226 de 22-03-2022
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2022

DIAN POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 002226 (22 MAR 2022) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado LA JEFE (70 DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA” SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA ES En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del Artículo 2 de la Resolución e 000070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes, : HECHOS Mediante radicado No, ESGTA202100439 del. 10 de septiembre de 2021, la Sra. Claudia Patricia - - Henao Bernate, identificada con cédula de ciudadanía 51.770.861, representante legal de la. Agencia de Aduanas ABC Repecev S.A.S. Nivel 1, con NIT 860.536.003-3, presentó una solicitudde resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “UNIDAD FUNCIONAL SISTEMA DE ALARMA CONTRA INCENDIOS”. o La interesada adjuntó E la solicitud los siguientes documentos: formato de solicitud en cinco (05) : folios, descripción general de la mercancía en seis (06) folios y comprobante de pago en un (1) folio. : La solicitante pagó novecientos diez mil pesos mí/cte. ($ 910 000) según consignación bancaria No. 1002791 76-4 del 03 de agosto de 2021, del Banco de Bogotá. Mediante. Requerimiento. de Información Adicional No. 100165398 -- 0492, radicado virtual No. .

  • 00082021913183 del 22 de octubre de 2021, esta Coordinación solicitó al usuario: describir, de qué - - manera los equipos relacionados en la solicitud ejecutane n conjunto la función del denominado Sistema de alarma contra incendios; remitir un esquema donde se ubiquen o señalen los equipos; : indicar el medio físico por medio del cual se conectan los elementos de detección, activaciónautomática, activación manual, sonora y visual, con la unidad de control principal; aclarar cuáles elementos sirven de puente o interfaz entre los elementos de detección y aviso, con la unidad de contro! principal, entre otras aspectos técnicos. Con escrito radicado 000£2021915733 del 13 de : diciembre de 2021, la peticionaria solicita prórroga para dar respuesta al requerimiento adicional de - “información, la cual se concede con el oficio-1001653980089 radicado 00082022900234 del 18 de enero de 2022. La interesada respondió a lo solicitado mediante escrito: radicado :

000E2022903370 del 22 de febrero de 2022, renunciando al término restante para dar respuesta al requerimiento. - Por medio del formato de la Solicitud y radicado No. 000E2022903371 del 22 de febrero de 2022, e se indicó que se notifique a la Sra. Claudia Patricia Henao Bernate en la Avenida Calle 24 No. 9512 bodega 45 en Bogotá D. C. | FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado - de Designación y Codificación de Mercancias. y su anexo, - aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001: Acuérdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediantee Ley: 8? de 1973.

RESOLU( CIÓN NÚMERO 002226 de 22 MAR 2022 Hoja No. 2

Continuac ión del acto administrativo pore l cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Decisión 8 42 de 2016 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante el cual se aprobó el Texto. Unico de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 16€ 81 de 2021 y su modificación, pore l cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposicion es. - o Para el cas o en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y Textos de partida: Regla Gen eral Interpretativa 1: “Los título $ de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notasde Sección » o de Capítulo y, sino son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Re glas siguientes:” Nota 4 del a Sección XVI: “Cuando u na máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualiz ados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables : eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendí la en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto ses clasifica e€ n la partida corresponda tente a la función que realice.” -. - Partid8a5 . 34: “Aparatos € cléctricos de señalización acústica o visual (por ejemplo: timbres, sirenas, tablerosindicadores, avisadores de protección contra robo o incendio), excepto los de las partidas 85.12 u 85.30.” Regla Gene ral interpretativa 6 “La clasifica ción de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los texte s de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, porlas ' Reglas ante riores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos -. de esta Reg la, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en .contrarío. Ñ Decreto No 1165 de 2019 del Gobierno Nacional, artículos 304. a 306, mediante: el cual s< e > dictan : las disposici iones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a

  • petición de cualquier interesado, : Resolución 0046 de 2019 yss us modificaciones de la Dirección de> Impuestos y Aduanas Nacionales, mediante la cual se reglamenta las solicitudes de clasifici cación arancelaria a petición de particular o de cualquier interesado. : o CONSIDERACIONES DEL. DESPACHO Mediante la información suministrada con radicados Nos. ESGTA202100439 del 10 de septiembre : de 2021 y

000E2022903370 del 22 de febrero de 2022, la mercancía objeto de solicitud de . clasificación arancelaria se describe como un conjunto de equipos y dispositivos, que se utilizan en : una edificaci ión, para detectar posibles incendios y dar aviso de alarma, durante una situación deemergencia mediante el siguiente proceso: | En el inmue ble se instala una serie de elementos de detección (detectores: de humo, fotoeléctricos,

temperatura, de haz de luz), junto con elementos avisadores tales como sirenas con estrobo para intemperie, estaciones manuales inteligentes, anunciador remoto LCD, y módulos de aislación de falla.

RESOLUCIÓN NÚMERO - 002226 5 de : 22 MAR 2022. ¿Hoja No:3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado Mediante el uso de comunicaciones de red, se envían señales generadas en los diferentes puntos - de contro! donde se ubican los elementos de detección, aviso y monitoreo, que se conectan en el -. -panel de control principal que es el elemento: encargado de “descifrar” las señales de alerta y “generar la alarma, a través de un módulo de interfaz. La interacción de los anteriores equipos, permiten tomar decisiones en tiempo real sobre la emergencia. Los equipos que componen el Sistema de Alarma Contra Incendios son los siguientes: Una (1. unidad de control principal Setenta (70) detectores fotoeléctricos de humo inteligentes R .. Un (1) módulo Intercomunicador digital A Treinta (30) detectores de temperatura inteligentes (Sensores térmicos) Cuatro (4) detectores de haz de luz Fireray One Sensor : N Diecisiete (17) estaciones manuales inteligentesA Diez (10) módulos de aislación de falla Dieciocho (18) sirenas/estrobo para intemperie. l S Un (1) anunciador remoto LCD Ñ

10. Tres (3) detectores de humo por aspiración

14. Veinticuatro (24) módulos de monitoreo inteligente mo

De acuerdo a la anterior información, la combinación de los equipos numerados del tal 11 trabajan 2 -. conjuntamente para dar alerta brindando protección contra un posible incendio; en consecuencia, - la mercancía se encuentra comprendida en la partida 85.31 de la Nomenclatura del Sistema - Armonizado, en atención a la Nota 4 de la Sección XVI, de conformidad con lo dispuesto en la Regla -. General 1, y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6 se clasificiic a en la subpartida : 8531, 10.00.00 del arancel de Aduanas, : Teniendo. en cuenta c que, para el casó en: partici; el servicio de clasifi cación arancelaria tiene un: - valor equivalente: aun salario mínimo mensual legal vigente a la fecha de presentación de la solicitud, el cual debe ser acercado al múltiplo de mil más cercano, esto es, novecientos nueve mil. pesos m/cte.($909,000), de acuerdo con la consignación No. 100279176-4 del 3 de agosto de 2021 del Banco Bogotá, aportado para el trámite, queda un saldo a favor de mil pesos mcte. (1.000) que podrá utilizar como saldo. a favor Para presentar Una nueva «solicitud, o en su efecto solicitar. devolución. | A OS z o : - En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (a) de la Coordinación de Clasif icación Arancelaria | - de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE.

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la nm ercancía descrita en laa preseñte resolución, en la subpartida : 8531.10.00.00 del Arancel de Aduanas, como un conjunto de avisadores eléctricos de protección

contra incendios, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, y en aplicación de las Reglas -- Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de 2021 y su modificación. l ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso enn el sitio web e - de la DIAN, a la señora Claudia Patricia Henao Bernate, identificada con cédula de ciudadanía - 51.770.861, representante legal de la Agencia de Aduanas ABC Repecev S.A.S. Nivel 1, en la : Avenida Calle 24 No. 95-12 Bodega 45 en Bogotá D.C, de conformidad con los artículos 763 y 764. del Decreto 1165 de 2019 y artículo 319 de la resolución 046 de 201 9 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. a . : ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada qué contra el presente acto administrativo procede o recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días - : siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido ; en los Artículos 74 y siguientes de - la Ley 1437 de 2011,

RESOLUCIÓN NÚMERO 002226 | de 22MAR 2022 Hoja No.4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el :

Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de ' 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. 22 MAR 2022

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Sandra S. Huérfano Dernal SANDRA STELLA HUERFANO BERNAL Jefe (A) Coordinación de Clasificación arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: Diana Marcela Garavito A.

Revisó: —Ciatidia Alejandra Jurado Z.

NP Coordinación de Notificaciones Dean uma COLOMBIA MÁS HONESTA Nivel Central Bogotá D.C. "Se certifica que el Acto A rin trativo fue publicado. En Diario efes ¡2idn Ne Se 70 pt EN Lo (dato E 7

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