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DIAN - Resolución 2227 de 22-03-2022

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 2227 de 22-03-2022
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2022

o] E Ea E

POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA dez RESOLUCIÓN NÚMERO 002227

(22MAR2023 Por la cual ss e expide una Resolución de Clasificación Arancelaria | a Petición de Cualquier Interesado LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legáles que le confiere el numeral 3. 3. 1. del artículo 2 de la. o Resolución 000070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes, hechos Mediante radicados Nos. ESGTA202100550 del 10de noviembre de. 2021 y - 032E2021924769 del 12 de noviembre de 2021, la señora Sandra Milena Hernández, identificada con cédula de ciudadanía 52.330.163, representante legal de la sociedad - COLOMBIAN BUSINESS S.A.S., con NIT 900. 309.586.7, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnicamente como “TEJIDO DE PELO. LARGO. TIPO. PELUCHE”. y. comercialmente como "TELA DE PELUCHE”... o “La interesada adjuntó copia de los Siguiéntes dd ocumentos: oficio de radicación solicitud en : un (1) folio, solicitud en dos (2) folios, comprobante de pago en un (1) folio, y dos (2) - muestras físicas del producto a clasificar, o La solicitante pagó quinientos. cuarenta y dos. mil. pesos mí/cte. (8542.00), “según

consignación No. 101495930-4 del 9 de noviembre de 2021, del Banco de Bogotá. | Mediante Requerimiento de Información Adicional con No. 1001653981020 del. 6 de diciembre de 2021, radicado virtual No. 00032021914950 del 7 de diciembre de 2021, esta Coordinación solicitó a la interesada, explicar detalladamente el proceso de elaboración de! - producto, especificar el tipo de tejido, señalarl a construcción del tejido, detallando el mismo, remitir la composición porcentual (100%), especificar si el producto cuenta con un tejido defondo y si el producto contiene dos o más materiales textiles, señalando su descripción y composición porcentual, entre otros. Con escrito radicado No. 000E2022901864 del 3 de febrero de 2022, la interesada atiende el requerimiento en dieciséis (16) folios, con información en idioma españo! e > inglés, renunciando al término restante otorgado para responder. o ERE Posteriormente, este Despacho remitió requerimiento de análisis fisicoquímico de las dos

  • (2) muestras allegadas, a la Subdirección de Laboratorio Aduanero de la Entidad, con oficioRESOLUC IÓN NÚMERO 002227 de 22 MAR 2022 Hoja No. 2

Continuac ión del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado No. 10022 7342-110-357-463, radicado virtual No. 00012022901812 del 24 de febrero de 2022 y rad icado físico No. 00012022902064 del 2 de marzo de 2022. l

Dicha solic itud fue atendida con oficio No. 100210168-0055 del 7 de marzo de 2022, en dos (2) folios, donde se identifica que las (dos) muestras remitidas, presentan algunas diferencias s técnicas, evidenciando que las mismas constituyen dos (2) productos. Debido a que el servicio de clasificación arancelaria debe presentarse por una sola de conformidad con el artículo 324 de la Resolución 46 de 2019, mediante mercancía, reunión vit tual adelantada el 18 de marzo de 2022, la sociedad interesada manifestó de presa la selección de la mercancía a ser clasificada arancelariamente bajo los manera ex radicados Nos. ESGTA202100550 del 10 de noviembre de 2021 y 032E2021924769 del 12 de novi embre de 2021, cuya descripción corresponde a un material textil de color negro con aspec to afelpado por ambas caras, y en una de ellas tiene estampadas figuras tipo . “huellas d e mascota” de color blanco; y figuras en forma de hexágonos producidas por presión y calor, sin impregnaciones, recubrimientos, ni revestimientos, sin orillos identificab es. Según lo it adicado en el formato de solicitud, se precisó que se notifique a la señora Sandra Milena He rmnández, en la carrera 73A No. 48-88, en Bogotá D.C, y en el oficio de respuesta al Reque rimiento de Información Adicional, se señaló la dirección electrónicacicolbusine 2ss(Dgmall com. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su '

anexo, apr obado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo d e Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 8 85 de 2021, de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual aprobó el Texto únic o de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 16 381 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y Otras dispc )siciones. Para el ca so en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de partida: Regla Gen eral Interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, - ya que la €. asificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de . Sección O € Je Capítulo y, si no son contrarias a tos textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo - con las Rec glas siguientes” - Partida 60 01 “Terciopelo felpa (incluidos los tejidos de punto «de pelo largo») y tejidos con bucles, de punto.” Regla Gen eral interpretativa 6 “La clasifica ción de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los text Ss de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las - : Continuación del acto Sdministrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier InteresadoReglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel, A efectos - de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” -.

: Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional, artículos 303 a 306, mediante el cual se ¿4 dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. : Resolución 0046 de 2019 y sus modificaciones, de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, mediante la cual se reglamentan. las. solicitudes de clasificación rote a. petición de cualquier interesado. . l ES o - CONSIDERACIONES DEL DESPACHO - o - En la información cirifisida it dados Nos. ESGTAZ02100550 del 10 de noviembre de 2021 y 032E202192476d9e l 12 de noviembre de 2021: y radicado No. ' - 000E2022901864 del 3 de febrero de 2022, la mercancía objeto de solicitud de clasificación | -' arancelaria se describe como un tejido, de diseño floral, conn las siguientes características: Clase de tejido: de punto : - Composición: 100% poliéster, de fibras discontinuas: - Presentación: rollos de 38 y 40 metros de largo Xx 1 .60 de ancho Una vez analizada la respuesta al Requerimiento de Información Adicional radicada con - No. 0002022901864 del 3 de febrero de 2022, se identifica que la misma, en su mayor: parte se encuentra referida de manera general a “productos” iguales o similares del sector. - textil, sin hacer referencia en particular en su mayoría al producto objeto de la solicitud. Por lo anteriormente señalado y con el cn de contar con claridad frente “a: la dorrecta : clasificación arancelaria de ta mercancía, este Despacho envía requerimiento de análisis .

fisicoquímico de las muestras allegadas, a la Subdirección de Laboratorio Aduanero de la - Entidad, con oficio No. 100227342-110-357-463, radicado virtual No. 0001202901812 del o 24 de febrero de 2022 y radicado físico No. 00012022902064 del 2 de marzo de 2022. Mediante oficio No. 100210168-0055 del 7 de: marzo de 2022, la Subdirección de Laboratorio Aduanero remite a este Despacho, reporte de análisis fi isicoquímico. de las. muestras enviadas con oficio No. 100227342-110-357-463 del 24 de febrero de 2022, y radicado físico No. 00012022902064 del 2 de marzo de 2022, señalando para la mercancía seleccionada a ser amparada mediante los radicados Nos. ESGTA202100550 del 10 de . noviembre de 2021 y 032E2021924769 del 12 de noviembre de 2021, las siguientes características: ÓN un a ol Código de muestra: 20220002 o -- Descripción: textil de color hegro con aspecto afelpado por ambas caras, en una a de sus Caras tiene estampadas figuras tipo ' huellas de mascota” de color blanco; y figuras enforma de hexágonos producidas por presión y calor, sin impregnaciones, recubrimientos, ni revestimientos, sin orillos identificables. . -. Dimensiones (mxm): 0,88 x 0,38. - . Masa por unidad de área (9/m?): 793. .=- Clase de tejido: de punto. - :

  • - Construcción: tejido de punto por urdimbre, con un hilo Suplementario 6 0 mm por cada - lado), formando felpa de pelo corto. o - - Acabado por color: Estampado, con figuras producidas por presión y cálor (gofrado), - — Composición: tejido de fondo: 100% poliéster; pelos: 100% poliéster. e -- Conclusión: felpa de pelo corto, con las características antes reportadas. —

ÓN NÚMERO 002227 | de 22 MAR 2022 Hoja No. 4 RESOLUC ión del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Continuac Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado En virtud € Je lo expuesto, arancelariamente el producto corresponde a una felpa de pelo corto, de p unto por urdimbre, de fibras sintéticas de poliéster, que en aplicación de la Regla General Ir rterpretativa 1 está comprendida en la partida 60.01 de la Nomenclatura del Sistema A rmonizado y acorde con la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 6001.92.00.00 del Arancel de Aduanas. . Finalmente, y teniendo en cuenta que, para el caso en particular, el servicio de clasificación arancelaria para el año 2021, tenía un valor equivalente a medio salario mínimo mensual legal vigente a la fecha de la presentación de la solicitud, el cual debía ser acercado al múltiplo de mil más cercano, es decir la suma de cuatrocientos cincuenta y cuatro mil pesos mí/cte. ($ 454, 000); de acuerdo con la consignación de referencia No. 101495930-4 del 9 -

  • de noviembre de 2021, del Banco de Bogotá, aportada para el trámite, queda un saldo a favor de la solicitante por valor de ochenta y ocho mil pesos m/cte. ($88.000); el cual podrá utilizar para presentar una nueva solicitud, o en su defecto solicitar la devolución.

En mérito: de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelari a de la Subdirección Técnica Aduanera, - RESUELVE ARTÍCUL! O PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en lasubpartida 8001.92.00.00 del Arancelde Aduanas, como una felpa de pelo corto, de punto por urdimt re, de fibras sintéticas, de acuerdo con las Reglas Generales Interpretativas 1 y . -6 del me ncionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaci ones.

ARTÍCUL O SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente - Resolució n a la señora Sandra Milena Hernández, identificada con cédula de ciudadanía 52.330.16 3, representante legal de la sociedad COLOMBIAN BUSINESS S.A.S., a la dirección electrónica manifestada por la interesada: cicolbusinessgmail.com, de conformid ad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021, y el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificade > por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativose notificará ¡ Dor correoa la dirección procesal informada por la usuaria en la carrera 73A No. 48-88, en Bogotá D.C, o de manera subsidiaria, mediante aviso en el sitio webde la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de conformidad con lo establecido en los artículos 7 63 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCUL O TERCERO. Informara la interesada que contra el presactoe adnmintistreati vo procede rf ecurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponer se dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establec cido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, y los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. - ARTÍCUL O CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución ' en el Diari o Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo ' 319 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 4 489 de 1998. RESOLUCIÓN NÚMERO 002227 de 22MAR2022 HojaNo.s Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado ' - | ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por _ medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección

Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. 22 MAR 2022

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Sandra S Huóréano Beraal SANDRA STELLA HUÉRFANO BERNAL Jefe (A) Coordinación de Clasificación arancelaria

Su bdirección Técnica Aduanera : Proyectó: Marcela Martínez Fajardo

Revisó: Claudia Jurado Zapata : .

Pron uma codo s y Coordinación de Notificaciones MELA MÁS HONESTA Mival Central Bogotá D. C.: E É - ES ne cer Dti ifi ac ra iq oue . el A A c Administ sra at oiv o fsf ue ppu abl pado : paga ÉS TZ Hill ELAEHEV ZE, ? IZ neonamoano Coorainador E

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