DIAN - Resolución 2237 de 07-04-2021
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 2237 de 07-04-2021
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2021
POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA - RESOLUCIÓN NÚMERO 7 . -(O7/ABR/2021) Por la cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria... LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL. SERVICIO DE ARANCEL DE - LA SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA - En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo83 del Decreto 1742 de 2020 (Régimen de Transición), y teniendo en cuenta los siguientes. :
HECHOS .
Mediante radicado No. ESGTA202000534 del 6 de noviembre de 2020,l a Sra. Claudia Marcela Guzmán Martínez, identificada con cédula de ciudadaníNao. 63.299.367, presentó una solicitud de resolución anticipada de clasificación arancelaria, para la mercancía denominada técnica y comercialmente como "SISTEMA DE COMEDEROS AUTOMÁTICOS”. . : La interesada. adjuntó a la solicitud los. siguientes. documentos: descripción. dimensions e. imágenes varios componentes - de la mercancía en diecisiete (17) folios, . comprobantes de - transacción bancaria en dos () folios. po “La solicitante pagó ochocientos setenta y ocho mil pesos m/cte. ($878. 000), con comprobantes o - Nos. 21012085-3 y 235766145 del 2 y 27 de octubre: de 2020, respectivamente, del Banco de _ Bo Bogotá. Mediante oficios Nos. 1002273421857 y 1002273421858 del 3 de diciembre de 2020, se consultó - respectivamente a las. Subdirecciones de Gestión de Recursos Jurídicos y Gestión de —
Í Representación Externa y a las Divisiones de Gestión de Fiscalización Aduanera, Gestión deLiquidación Aduanera y Gestión Jurídica, de todo el país, si tenían conocimiento de la existencia de un proceso en curso para la mercancía objeto de la solicitud de clasificación arancelaria: no. encontrándose información sobre investigaciones relacionadas con este tipo de producto. Mediante Requerimiento de Información Adicional No. 100227342 — 1905 del. 10 de diciembre de o -2020 radicado No. 000S2020908030 del 11 de diciembre de 2020, esta Coordinación solicitó a la interesada explicar el proceso que realizan los aparatos que hacen parte del sistema; en un cuadro relacionar la cantidad de aparatos que conforman el sistema, cuáles y cuántos son los elementosauxiliares que cada uno incluye; adjuntar un diagrama de flujo del proceso; indicar específicamente - - a cuál sector está destinado el sistema (avícola, porcino, etc.). Se recibe respuesta con radicados Nos. 000E2021900753 del 3 de febrero de 2021 y 000E2021001418 del 9 de febrero de 2021 en - once (11) folios cada uno, sin renunciar al término restante para responder el requerimiento. de o : información. NS Con oficio No. 100227342 - 332 del 17 de febrero de 2021 rádicado No. 0082021901264 del 19 - de febrero de 2021, este Despacho le manifestó a la solicitante que en la respuesta al requerimiento || - de información se adjuntaron listas de equipos correspondientes a diferentes galpones ubicados |
en distintas poblaciones, cada uno de los cuales corresponde a una unidad funcional, y que era -: necesario que dentro de los cinco (5) días siguientes al recibo de ese último oficio indicara . expresamente para cuál unidad funcional requería la clasificación arancelaria, y que de no recibirse . respuesta en dicho término esta Coordinación hará la selección y emitirá la resolución de clasificación arancelaria . siempre Y cuando la Información se encuentre completa. Se PRE) e
RESOLUCIÓN NÚMERO | 002237 — 07/ ABR/2021 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria respuesta con radicado 000£2021901289 del 23 de febrero de 2021 en un (1) folio, mediante la cual no especifica cuál unidad funcional escoge. Por medio del formato de solicitud, la interesada indicó que se notifique a Claudia Marcela Guzmán Martínez en la Calle 94 A No. 11 A - 73, Bogotá D.C. - Colombia. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancias y su anexo, aprobado por Col ombia mediante Ley 646 de 2001, Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras.
disposiciones. Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida: - Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo Y, sino son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes” Nota 4 de la Sección XVI: “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos sí por tuberías, órganos transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una -- de las partidas Capítulos 84 u 65, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a a la función “que realice.” Partida 84.36: “Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura O apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incórporados y las incubadoras y criadoras avícolas.” Regla General interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” 'Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional - artículos 298 a 304 y 307, mediante él cual se dictan
las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de resolución anticipada de clasifi icación arancelaria. Resolución 0046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - Artículos 304 a 306 - y 316, mediante la cual se reglamentan las solicitudes resolución anticipada de clasificación arancelaria. : : - RESOLUCIÓN NÚMERO o_ 002237_ de _OTIABRIZ021Hoja No. Continuación del a¿ cto administrativo por el cual se expide una Resolución » Anticipada de . Clasificación ArancelariaCONSIDERACIONES DEL DESPACHO - Según la informacióne imágenes suministradas con radicados Nos. ESGTA20200053d4el 6 de | noviembre de 2020, 000E2021900753 del 3 de febrero de 2021, 000E2021001418 del 9 de febrero de 2021 y 0002021901289 del 23 de febrero de 2021, la mercancía se describe como un conjunto de aparatos, equipos y elementos que conforman un galpón para suministrar alimento. a pollos, durante la etapa de cría y engorde. Considerando que la interesada no escogió específicamente una unidad funcional, esta: Coordinación procede a clasificar la mercancía correspondiente al galpón 1 de la granja Madroño: E 22 Ubicado en la Mesa de Los Santos 1; dicha mercancía permite realizar el siguiente proceso: - El alimento se descarga en el silo de almacenamiento, luego se reparte automáticamente con ayuda de un motorreductor; por medio de tubos de caída se alimentan las tolvas; después en un tubo se. instalan a los platos de llenado automático, donde comen los pollos.
: Componentes: Un (1) silo de 18 toneladas, con escalera de ¡ inspección de seguridad | " Una (1) bota pantalón o N - Dos (2) descargadores sencillos E Ocho (8) tubosd e 90 mm. - R - Cuatro (4) curvas de 99 mm... A Dos (2) unidades motrices | o P N Dos (2) reductores R Dos (2) motores de 1 HP, trifásicos P - Cuatro (4) tees
10. Cuatro (4) telescopios intermedios O
11. Dos (2) telescopios finales o
12. Seis (6) controles de nivel de tolva...
13. Treinta y dos (32) sin finde 90...
14. Seis (6) reductores unidad impulsadora relación 4. 75; 1 - 15. Seis (6) motores de % trifásico... -
16. Seis (6) unidades de transmisión de acople directo para línea de comedero 17, Seis (6) tramos de línea de comedero para 3 platos O. 18, Sesenta (60) tramos de línea de comedero para 4 platos
19. Sesenta y seis (66) abrazaderas de tubo del comedero
20. Doscientos cincuenta y ocho (258) comederos para sistema automático Ñ
21. Seis (6) platos móviles con suiche control para línea de comedero
22. Seis (6) bases para tolva de línea de comedero
23. Seis (6) tolvas para línea de comedero : - 24, Seis (6) tensionadores de cable antipercho para línea de comedero
25. Ciento noventa y ocho (198) tornillos sin fin para línea de comedero
26. Doscientos veintiocho (228) metros de guaya galvanizada calibre 1/16 pulgada
27. Trescientos ochenta y uno (381) metros de guaya galvanizada calibre 1/8 pulgada -: 28. Trescientos cinco (305) metros de guaya galvanizada calibre 3/16 pulgada o - 29. Ciento dos (102) ajustadores de altura para guaya de 1/8 pulgada
30. Ciento dos (102) abrazaderas galvanizadas de 3/16 pulgada
31. Ciento dos (102) abrazaderas galvanizadas de 1/8 pulgada
32. Ciento dos (102) poleas de 178" de diámetro33. Treinta y seis (36) poleas de 3 ?” de diámetro - o - 34. Seis (6) malacates de 3.000 libras para comederos. + 35. Una (1) manivela para malacatez)
RESOLUCIÓN NÚMERO 999937 “e O7/ABRI2021 M99No!
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución Anticipada de : Clasificación Arancelaria Al analizar la anterior información, esta Coordinación considera que los aparatos, equipos y elementos relacionados en los numerales 1 al 35, trabajan conjuntamente para suministrar alimento : a pollos de cría y engorde; quedando por lo tanto comprendidos arancelariamente en la partida 84.36 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, de acuerdo con las disposiciones de la Nota 4 . - de la Sección XVI, en aplicación de la Regla General Interpretativa 1; y se clasifica en la subpartida -8436.29.10.00 del Arancel de Aduanas, conforme a la Regla General Interpretativa 6.
En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación del Servicio de Arancelde la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, : RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida - 8436.29.10.00 del Arancel de Aduanas, como un comedero automático para la avicultura, de acuerdo con las disposiciones de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, a la Sra. Claudia Marcela Guzmán Martínez, identificada con cédula de ciudadanía No. 63.299.367, en la Calle 94 A No. 11 A73, Bogotá D.C. - Colombia, de conformidad con los artículos 755, 756, 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el artículo 311 de la Resolución 0046 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 298 del Decreto 1185 de 2019, el artículo 306 de la Resolución 0046 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. : ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación en el Diario Oficial de la presente
- resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 de la Resolución 0046 de 2019, el - artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Fisicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. o o
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
-07/ABR/2021
MARÍA TRÁN: EROBARCÍA - Jefe (A) de la Codfdiñ4S det Sefvicio de Arancel
Subdirección de Gestión TEC a Aduanera
Proyectó: Eddie Femando Gutiérrez Ramírez. o po omcsmtotmmonerio ret Central Bogotá, D.C.
Revisó: Claudia Alejandra Jurado Zapata l Si duftitice que vi atera 2015, agminnst ativo fue | puoncaal en (Qro Ola Ets aa NASA aL. Ad . . ES . MESE
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