DIAN - Resolución 23 de 26-04-2018
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 23 de 26-04-2018
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2018
RESOLUCIÓN NÚMERO 000023 (23 ABR 2018) Por la cual se corrige el artículo 2 de la Resolución N°000014 del 21 de marzo de 2018 que establece los criterios para realizar el cálculo de la relación costo – beneficio en el proceso de cobro coactivo EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES En uso de las facultades legales y en especial las dispuestas en el numeral 7 del artículo 6 del Decreto 4048 de 2008 y en el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y CONSIDERANDO Que mediante Resolución N°000014 del 21 de marzo de 2018, se establecieron los criterios para realizar el cálculo de la relación costo-beneficio en el proceso de cobro coactivo y en el artículo 2 que establece los aspectos comunes a aplicar a los diferentes tipos de bienes, por error de omisión, no se incluyó que el valor comercial de tales bienes se puede encontrar en la información procedente de las agremiaciones, en medios electrónicos, en investigaciones existentes en los mercados especializados o en información de las autoridades que regulan el tipo de bien. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, es procedente corregir el acto administrativo. Por lo anteriormente expuesto, el Director General, RESUELVE ARTÍCULO 1. Corregir el artículo 2 de la Resolución N°000014 del 21 de marzo de 2018, el cual quedará así: “ARTICULO 2. Aspectos comunes a los diferentes tipos de bienes. - Al valor comercial determinado según los parámetros fijados en el artículo
anterior, se restará el 30%, de manera que el valor de referencia para el cálculo de la relación costo-beneficio sea el equivalente al porcentaje de la venta forzada, es decir el 70%. Resolución No 000023 de 23 ABR 2018 Hoja No. 2 Continuación de la Resolución “Por la cual se corrige el artículo 2 de la Resolución N°000014 del 21 de marzo de 2018 que establece los criterios para realizar el cálculo de la relación costo – beneficio en el proceso de cobro coactivo”. - El valor comercial de los bienes en condiciones similares se puede encontrar en las revistas especializadas para la comercialización de los bienes, información de agremiaciones, medios electrónicos, investigación en el mercado especializado, información de las autoridades que regulan el tipo de bien. - Realizar la comparación de los diferentes precios encontrados y con criterios de la sana critica definir cual se acerca más a la realidad económica del bien, documentando el análisis en el acto administrativo con los respectivos soportes de la decisión. - El valor comercial del bien puede verse afectado por factores como: antigüedad, uso, estado de conservación, ubicación y porcentaje de propiedad del bien que se embargó”. ARTÍCULO 2. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C. a los 23 ABR 2018
FIRMADO EN ORIGINAL
SANTIAGO ROJAS ARROYO
Director General
Proyectó: Jairo Gómez Ramirez
Angela María Rubio Bedoya Coordinación de Gestión de Cobranzas
Revisó: Argemiro Franco Múnera - Jefe Coordinación Gestión de Cobranzas
Enrique Javier Bravo Díaz - Subdirector de Gestión de Recaudo y Cobranzas
Aprobó: Cecilia Rico Torres - Directora de Gestión de Ingresos
Liliana Andrea Forero Gómez - Directora de Gestión Jurídica