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DIAN - Resolución 234 de 31-01-2024

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 234 de 31-01-2024
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2024

RESOLUCIÓN NÚMERO (00234) Por medio de la cual se fija horario de trabajo excepcional durante unos días del mes de febrero de 2024 en la Dirección Seccional de Impuestos de Barranquilla. EL DIRECTOR SECCIONAL DE IMPUESTOS DE BARRANQUILLA En ejercicio de las facultades legales conferidas por el artículo 39 numeral 4 del Decreto 4048 del 2008, y en especial las conferidas en el artículo 3 de la Resolución N° 000084 del 27 de agosto de 2021 y en la Resolución N° 005282 del 06 de julio de 2023 y, C O N S I D E R A N D O: Que el artículo 33 del Decreto 1042 de 1978, modificado por los artículos 1 a 3 del Decreto 85 de 1986, dispone que el jefe del organismo podrá establecer el horario de trabajo, garantizando que con el mismo se cumpla la jornada laboral semanal que en él se establece. Que el numeral 9 del artículo 3 de la Resolución 000084 del 27 de agosto de 2021, el Director General de la UAE DIAN delega la facultad a los Directores Seccionales para establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad con las necesidades del servicio, garantizando el mínimo de tiempo laboral vigente y el horario de atención al público. Que, mediante Resolución N° 001257 del 03 de noviembre de 2022 se adoptó la política interna de Teletrabajo en la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN. Que, la Dirección Seccional de Impuestos de Barranquilla a la fecha tiene vigente la Resolución de Horario N° 02239 de fecha 29 de noviembre de 2022, en la cual se establecen los horarios flexibles

de acuerdo con las directrices establecidas por la entidad. Que el numeral 2 FLEXIBILIZACION DE HORARIOS PARA EVENTOS REGIONALES de la circular 023 del 17 de julio del 2014, establece que “ En época de realización de acontecimientos que hagan parte del folclor o de la cultura local y/o regional, los Directores Seccionales en ejercicio de la facultad que le fue delegada podrán, en conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 33 del Decreto 1042 de 1978, distribuir la jornada ordinaria de los días en que estos se celebren, sin afectar la debida prestación del servicio público adecuando los horarios con el propósito de que los servidores públicos puedan asistir y/o participar en los mismos”. Que durante los días 02, 09, 12 y 13 de febrero del 2024 se establecen cierres viales para ejercer control de la movilidad y la seguridad de los habitantes de la ciudad, debido a que se celebran acontecimientos que hacen parte del folclor, cultura local y/o regional como es el Carnaval de Barranquilla, el cual es considerado como Obra Maestra del Patrimonio Oral e Intangible de la Humanidad concedida por la Unesco en Paris el 07 de noviembre del 2003. Que es necesario establecer jornada laboral especial que permita la participación de los servidores públicos en dichas actividades, garantizándose en todo caso la prestación del servicio en los procesos relacionados con atención al público, notificación de actos administrativos y recepción de correspondencia en las áreas de Documentación. Por lo anteriormente expuesto, el Director Seccional de Impuestos de Barranquilla,

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°: Establecer la siguiente jornada especial laboral y de atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos de Barranquilla: • Viernes 02 de febrero del 2024: Horario de 07:00 a.m. a 12:00 m. Con atención al público desde las 08:00 a.m. hasta la 12:00 m. • Viernes 09 de febrero del 2024: Horario de 07:00 a.m. a 12:00 m. Con atención al público desde las 08:00 a.m. hasta la 12:00 m. RESOLUCIÓN NÚMERO 00234 de 30 DE ENERO DE 2024 Hoja N° 2 • Lunes 12 de febrero del 2024: Horario de 07:00 a.m. a 12:00 m. Con atención al público desde las 08:00 a.m. hasta las 12:00 m. • Martes 13 de febrero del 2024: Horario de 07:00 a.m. a 12:00 m. Con atención al público desde las 08:00 a.m. hasta las 12:00 m. Parágrafo 1: Por lo anterior, se suspende el viernes 02, viernes 09, lunes 12 y martes 13 de febrero de 2024 el horario flexible y teletrabajo de todos los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos de Barranquilla. ARTICULO 2°: El lunes 12 y martes 13 de febrero del 2024 se garantizará la prestación del servicio en los procesos relacionados con notificación de actos administrativos y recepción de correspondencia en el horario de 08:00 a.m. a 12:00 m. ARTICULO 3°: Todos los servidores públicos de la Seccional de Impuestos de Barranquilla serán

responsables del cumplimiento del horario establecido y los jefes de División y/o Grupo Internos de Trabajo deberán efectuar los controles necesarios. ARTICULO 4º: Comunicar la presente resolución a todos los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos de Barranquilla, a través de sus correos electrónicos institucionales. ARTICULO 5°: La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición, previa publicación en la página oficial de la Dian. COMUNIQUESE Y CUMPLASE, Dada en Barranquilla a los 30 DE ENERO DE 2024 ROBINSON GUTIERREZ ALTAMAR DIRECTOR SECCIONAL DE IMPUESTOS DE BARRANQUILLA Proyectó: Sara Elvira Morillo Avila - Gestor I - División de Talento Humano Revisó: Diana Carmenza Vergara Campo – Analista II - División de Talento Humano Aprobó: Yumey López Daza – Gestor III - División de Talento Humano

Fecha: 30/01/2024

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