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DIAN - Resolución 2368 de 28-03-2022

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 2368 de 28-03-2022
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2022

D I A N

POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 002368. 28 MAR 2022

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado EL JEFE (A) DD ELA COORDINACIÓN ED E CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA. SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA - En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 Artículo 2 de la Resolución | 000070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes, e _ HECHOS | Mediante radicado No. ESGTA202100399 del 10 de agosto de 2021, la: señora Sandra. Carolina . Vargas Arévalo, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.705.817, representante legal de laAgencia de Aduanas Mircana Logistics S.A: Nivel 1, con NIT 830.009.686-4, presentó una solicitud . de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la: mercancía denominada técnica y comercialmente “como MASCARILLA FACIL PREVENT”. La interesada adjuntó a la solicitud copia de los siguientes documentos: formato solicitud en tres - (3) folios, boletín informativo de producto en cuatro (4) folios y comprobante del' pago en un (1) folio, La solicitante pagó cuatrocientos cincuenta y cinco mil pesos mete. (544 55. 000), con transferencia : electrónica del 27 de julio de 2021 del Banco Bogotá. Los días 21 y 28 de febrero de 2022, se realizó reunión virtual, con los interesados y hrcinaios

de la Coordinación de Clasificación Arancel, con el fin de conocer rlas características del producto, : entre otros.

Mediante Requerimiénto de: Intórmáción Adicional No. 100165398 - 0492, fadicado virtual No. 00082022901487 del-28 de febrero de 2022, esta Coordinación solicitó a la usuaria, indicar si la - “mascarilla facial es de caucho vulcanizado sin endurecer, e informar una dirección electrónica . para la notificación del acto administrativo que corresponda. La interesada respondió a lo. solicitado mediante escrito radicado 000E2022905200 del 17 de marzo de 2022 y medianteradicado virtual 000E2022905441 del 22 de marzo de 2022, da alcance informando que renuncia al término restante para responder.

Por medio. del formato de la solicitud. se “indicó que sé notifique a la sra. Sandra Carolina Vargas : Arevalo, en la Avenida Calle 24 No. 95-12 en Bogotá D.C. y con la respuesta al requerimiento adicional de información radicado No. 000E2022905200 del 17 de marzo de 2022, informó la dirección electrónica directoracomexmircana. ce om; ; para recibir notificaciones... FUNDAMENTOS DE DERECHO 0% Convenio. del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 64 de 2001. o ae Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley ga de 1973. Decisión 885 de 2021 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante el cual se aprobó el Texto Único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

IÓN NÚMERO 002368 de 28 MAR 2022 Hoja No. 2

RESOLUC Cor tinuación de la resolución por la cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Decreto 18 31 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposicion 2S. o Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, y Texto de partida: Regla Gene ral Interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, y a que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas dí e Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo Cc on las Reglas siguientes,” Partida 40. 6: “Las demás manufacturas de caucho vulcanizado sin endurecer”. Regla Gene ral interpretativa 6 “La clasific ación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las: Notas de subpartida, así como, mutatismutandis, E or las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas delmismo níve >). A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, : - salvo dispo sición en contrario.” o : 65 de 2019 del Gobierno Nacional, artículos 303 a 306, mediante el cual se dictan las Decreto 11 disposicion es relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a peticiónde cualquie r interesado. o o o . : Resolución 046 de 2019 y su modificación, de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante | as cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de A cualquier in teresado. : : CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la in formación allegada mediante radicados Nos. ESGTA202100399 del 10 de agosto de : 2021 y 00 0 E2022905200 del 17 de marzo de 2022, la mercancía objeto de clasificación - - arancelaria, se describe como una manufactura de neopreno, que se ajusta a la cabeza por | . medio de 6 o rreas, en la parte superior cuenta con una pieza nasal de aluminio, que se ajusta ' alrededor d e la nariz. La parte inferior debe colocarse firmemente debajo del mentón para que el . material en tre la nariz. y el mentón quede ligeramente estirado, cuenta con un orificio en el centro - donde se c oloca un acoplador de silicona, que no viene con el producto. . l Característ cas principales: Composición: 90% Neopreno -- 10% nylon Tamaños: $ , M, L, XL cada tamaño se identifica por un color diferente. - Usos: en p ruebas de funcionamiento pulmonar, mide la: capacidad' de aire de los pulmones y la: cantidad de > aire que queda después de exhalar. Ñ El producto es reutilizable y para uso de un solo sujeto. - En virtud € 0 n lo anterior, se establece que arancelariamente, el producto corresponde a una. mascarilla de neopreno vulcanizado sin endurecer, utilizado en pruebas de funcionamiento : pulmonar, que en aplicación con la Regla General Interpretativa 1 está comprendida en la partida40.16 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado y acorde con la Regla General Interpretativa 6, - se clasifica e n laa subpartida 4016.10.00.00 del Arancel de Aduanas. - RESOLUCIÓN NÚMERO : 002368 de | 28 MAR 2022, _Hojao.3 E “Continuación de la resolución por la cual se expide una resolución de Clasificación l - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado | o Finalmente, y. teniendo en “cuenta que, para el caso en particular, el servicio de clasificación o : “arancelaria tiene un valor equivalente a medio salario mínimo mensual legal vigente, el cual debe : |. : ser acercado al múltiplo de mil más cercano, es decir la suma de cuatrocientos cincuenta y cuatro |... 00 mil pesos m/cte. ($ 454.000); de acuerdo con la transferencia bancaria del 27 de julio de 2021, quedando un saldo a favor del solicitante por valor de mil pesos m/cte. ($1.000); el cual podrá. . utilizar para presentar una nueva solicitud, o en su defecto solicitar la devolución. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de ta Subdirección Técnica Aduanera, : co

RESUELVE.

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la “presente resolución, enla subpartida 4016.10.00.00 del Arancel de Aduanas, como una mascarilla de neopreno vulcanizado sin endurecer, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto . :

  • arancelario, contenido en el Decreto 1881 de 2021 y su modificación.

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido dé la presente Resolución, o a la Sra. Sandra Carolina Vargas Arévalo, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.705.817, representante legal de la Agencia de Aduanas Mircana Logistics S.A. Nivel 1, a la dirección electrónica manifestada por la interesada: directoracomexOmircana.com, de conformidad con lo... establecido en el Artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el Artículo 137 del Decreto - 360 de 2021; Artículo 311 de la Resolución 0046 de 2019 modificado por el Artículo 111 de la: Resolución 0039 de 2021. - De no ser posible. la: notificación. en forma. electrónica, se notificará por correo a la dirección o procesal informada por la usuaria: en la calle 52B + 72B -52, en Bogotá D.C., de conformidad con los Artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el artículo 319 de la Resolución reglamentaria y 0048 de 2019, modificado por el artículo 114 de la resolución 39 de 2021. ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que «contra el presente acto “administrativo - procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación, de conformidad con lo establecido en el '. Artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, y los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. -

  • | "ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el po “Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la.

Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de taa Ley 1 437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de Ñ 1998. ] : ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme. copia del presente acto administrativo, poror medio : de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica. Aduanera para lo de su competencia y publíquese eeln laa página web de la DIAN, | 28 MAR 2022. 1 POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA don Nivn ela C entrald e Bogotá 5 o É ¡FÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Se ceríiica q he el cto dministrativo tuo bicado Ll Daria sy 2p0n gro po 03 CFABIÁN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA JEE E ZE S di Coordinación de Clasificación arancelarl a o Y a Subdirección Técnica AQUENEIa " Proyectó: Diana Marcela Garavito A :

  • Revisó: _ Claudia Alejandra Jurado Z
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