DIAN - Resolución 259 de 11-10-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 259 de 11-10-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
DIAN ——— RESOLUCIÓN NÚMERO 259 ( 14.0€T. 2022 ) Por la cual se establece el horario laboral y de atención al público para la Direccion Seccional de Impuestos y Aduanas de Arauca LA DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE ARAUCA En uso de las facultades legales y en especial las dispuestas en el Numeral 9 del Artículo 3” de la Resolución No. 000084 del 27 de agosto del 2021, mediante la cual el Director General de la VAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales delegó la facultad a los Directores Seccionales para establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, y la Resolución No. 000082 del 26 de agosto del 2021 CONSIDERANDO Que el numeral 2 del artículo 7 del código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, establece que la administración deberá garantizar atención personal al público, como mínimo durante cuarenta (40) horas a la semana. Que de conformidad con el numeral 11 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002, es deber de todo servidor público dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las funciones encomendadas, salvo las excepciones legales. Que en la Recomendación 165 de la OIT se sugiere adoptar medidas que permitan a los trabajadores con responsabilidades familiares conciliar sus obligaciones profesionales y familiares. Que con la flexibilización a que se refiere el inciso anterior, no se afecta la efectividad en la prestación del servicio y en el cumplimiento de las funciones asignadas a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, toda vez, que la misma estará
acompañada de controles adecuados que permitan potencializar al máximo las capacidades y habilidades de los servidores públicos. Que en el marco de la Negociación Colectiva adelantada durante el año 2013 se acordó, entre otros, “Se identificará por parte de los directores seccionales y Subdirección de Gestión de Personal, el universo al cual sería aplicable un esquema de flexibilización de la jornada ordinaria laboral de padres y madres cabeza de familia (padres o madres que son únicos responsables de sus hijos), con el cual se harán los análisis de impacto en la prestación del servicio, con el ánimo de elaborar la metodología que contenga la regulación de la citada flexibilización, la cual en todo caso estará sujeta al cumplimiento de la jornada ordinaria laboral, a la garantía de prestación de servicio y a la verificación previa y posterior de la calidad de padre o madre cabeza de familia. (Sic)”, acuerdo que se materializó para el Nivel Central mediante Resolución 186 del 13 de septiembre de 2013. Por lo expuesto este Despacho, RESUELVE ARTICULO PRIMERO: A partir de la fecha de vigencia de la presente resolución establecer los siguientes horarios de trabajo en la Dirección Seccional de impuestos y Aduanas de Arauca de lunes a viernes, en jornada continua:
RESOLUCIÓN NÚMERO 259 de 11 0CT, 2022 Hoja No. 2
Continuación de la Resolución Por la cual se establece el horario laboral y de atención al público para la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Arauca 7:30 a.m. a 4:20 p.m. 8:10 a.m. a 5:00 p.m.
9:00 a.m. a 5:50 p.m. Parágrafo 1: Teniendo en cuenta que debe primar la debida prestación del servicio, los funcionarios previa concertación con su jefe inmediato deben optar por uno de los tres horarios establecidos y tendrán la posibilidad de cambiarlo siempre y cuando entre uno y otro cambio transcurran mínimo 6 meses; para cuyo caso el funcionario debe sustentar los motivos que ameriten el cambiode horario. Parágrafo 2”: Los Jefes de División deberán remitir al Despacho de la Direccion Seccional a más tardar el día 18 de octubre del 2022, la relación de los funcionarios a su cargo indicando el horario por el cual cada uno opto y concertó con el Jefe inmediato. Igualmente deberán reportar dentro de los primeros cinco (5) días de cada mes los cambios que se presenten, con sujeción a los términos establecidos en el parágrafo anterior. Parágrafo 3": El cumplimiento del horario de trabajo se debe registrar en el equipo de cómputo instalado con el aplicativo de marcaciones que se encuentra ubicado en el acceso al edificio de la sede de esta Dirección Seccional.
ARTICULO SEGUNDO: El horario de atención al público será de 8:00 am a 4:00 p.m, en jornada continua.
ARTICULO TERCERO: Los funcionarios dispondrán de cuarenta y cinco (45) minutos para el almuerzo, en turnos coordinados por los jefes inmediatos, asegurando que durante toda la jornada laboral se garantice la oportuna atención y prestación del servicio.
ARTICULO CUARTO: Los jefes inmediatos, serán los responsables de garantizar el
cumplimiento de los horarios de trabajo que mediante la presente resolución se establecen.
ARTICULO QUINTO: Publicar la presente resolución a través de la pagina web de la entidad.
ARTICULO SEXTO: Comunicar la presente resolución al buzón electrónico de los funcionarios de la Dirección Seccional.
ARTICULO SEPTIMO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución 0176 del 7 de junio del 2019 y las demás que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE Dada en Arauca — Arauca a los 11 días de mes de octubre el 2022 Directora Seccional de Impuestos y Aduanas de Arauca
Revisó: Iveth del Carmen Florez Lidueñas. “Y
Proyectó: lveth del Carmen Florez Lidueñas¿F