DIAN - Resolución 259 de 18-02-2019
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 259 de 18-02-2019
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2019
CB DIAN resoLución no. 1299 ( 18FEB. 2019 ) “POR LA CUAL SE FIJA EL HORARIO ESPECIAL DE TRABAJO PARA EL DIA 22 DE FEBRERO DE
2019” : LA DIRECTORA DE LA SECCIONAL DE ADUANAS DE CÚCUTA En uso de sus facultades legales, y en especial de las conferidas por el artículo 39 del Decreto 4048 de 2008, numeral 11 del artículo 11 de la Resolución número 014 del 4 de noviembre de 2008.
CONSIDERANDO: Mediante el Decreto 162 del 11 de febrero de 2019 se declaró en el Departamento Norte de Santander situación de calamidad pública para realizar acciones humanitarias en zona de frontera con la Republica
Bolivariana de Venezuela. Que con ocasión de los procesos internacionales de ayuda humanitaria se ha congregado en nuestra ciudad gran cantidad de personalidades y organismos; y se ha programado un evento musico cultural denominado “CONCIERTO DE LA LIBERTAD”. Que la Gobernación de Norte de Santander ha decretado día cívico, y solicitado a las entidades facilitar mediante la adopción de horarios especiales, la asistencia a dicho evento. La Directora Seccional de Aduanas Cúcuta, en mérito de lo anterior.
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Establecer como horario especial para la Dirección Seccional de Aduanas Cúcuta para el día 22 de febrero de 2019, el siguiente horario: Hora de ingreso: 07:00 am. Hora de salida 12:00 meridiano.
Los funcionarios que no deseen acogerse a este horario laboraran en su horario habitual
Este horario no aplica a las personas que prestan su servicio en los lugares de arribo, a cuyos funcionarios se les reconocerá posteriormente un permiso en retribución por estas tres horas. Se recuerda el deber de cumplir el horario de manera puntual. 3ARTÍCULO SEGUNDO: Publíquese en la página Web de la entidad, y en lugar visible al público. ARTÍCULO TERCERO La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición COMUNIQUESE Y CUMPLASE Dada en San José de Cúcuta a los 4 3 FEB. 2019 3
hs EUGENIA RESTREPO AVENDÁÑN
DIRECTORA SECCIONAL/DE ADUANAS
Revisó: Gon2AJ6 ¡bre
JA GT Personal
Proyectó: /Javilac