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DIAN - Resolución 264 de 18-01-2021

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 264 de 18-01-2021
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2021

POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLNUUMECRO I0Ó002N64 (18 ENE 2021) : Por la cual se > expide unaa Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria a “EL JEFE = (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL DE LA SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA Ent uso o de las facultadess legales que le confiere el Artículo 42 de la Resolución 001 Ú - de 2008 y teniendo en 1 cuenta los siguientes,. . l HECHOS. : Mediante radicado ESGTA202000485 del 05 de octubre de 2020, el Sr. Álvaro Rodríguez Ortiz, o identificado con cédula de ciudadanía No. 19.396.964 representante legal de la Agencia de Aduanas Move Cargo S.A.S. Nivel 1 con NIT 800.248,322-4, mandataria de la sociedad Banco Davivienda . S.A. con NIT 860.034.313-7 presentó una solicitud de resolución anticipada de clasificación arancelaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente como o "UNIDAD FUNCIONAL ELECTRO HIDRÁULICA". l l El interesado adjuntó « a la solicitud los siguientes documentos: formulario «c on y información de la mercancía en siete (7) folios, descripción y diagrama del proceso en siete (7) folios, listado de componentes en cuatro (4) folios, copia catálogo en idioma en ingles en veinticuatro (24) folios, copia mandato aduanero en once a) folios, y soporte de pago en un (1) folio. O El solicitante pagó ochocientos setenta y ocho mil pesos mícte. ($ 878. 000), según comprobante

No. 898365926 del 02 de octubre de 2020, del Banco de Bogotá. l Con oficios Nos. 100227342- -1643 y 1002273421644, del 05 de noviembre de 2020, este Despacho consultó ¡a las Divisiones de Gestión de Fiscalización Aduanera, de Gestión de Liquidación . - Aduanera y de Gestión Jurídica, de las Direcciones Seccionales de Aduanas de Barranquilla, Bogotá, Cali, Cartagena y Medellín, y Seccionales de Impuestos y Aduanas de Bucaramanga, Buenaventura, Cúcuta, Ipiales, Manizales, Pereira y Santa Marta, y a las Subdirecciones de Gestión de Recursos Jurídicos y. de Gestión de Representación Externa, respectivamente, si tenían ' conocimiento de la existencia de procesos en curso para la mercancía objeto de solicitud de clasificación arancelaria, no encontrándose. información sobre investigaciones relacionadas con: este tipo de producto. Cos e o o l o : Mediante oficio No. 1002273421642 radicado virtual 0008202090727. del 20 de noviembre de l 2020, esta Coordinación solicitó al interesado manifestar expresamente si levantaba el carácter confidencial de la información aportada, aclarar algunos conceptos técnicos y el trabajo que o “desarrollan algunos equipos de la solicitud, precisarla forma como éstos se conectan físicamente ': unos con otros, y relacionar la cantidad del cableado requerido. Este Despacho recibe respuesta -: con escrito radicado virtual 000E2020919697 del 18 de diciembre de 2020, en cuatro (4) folios, y . renunció expresamente al término restante para responder el requerimiento de información. -

Por medio del formato de solicitud se indicó que se notifique al Sr, Álvaro Rodríguez OrC tiz, en la A Carrera 102 A No, 25 H - 45 Oficina 201 de Bogotá D.C. AN : RESOLUCIÓN NÚMERO 000264 de 18 ENE 2021 HojaNo.2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, | aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 812 de 2016 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante el cual se aprobó el Texto Único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras : disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapíitulos solo tienen un valor indicativo, - ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sino son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo conlas Reglas siguientes:” Nota 4 de la Sección XVI . “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables

eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida . en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente ' a la función que realice.” Partida 85.02 “Grupos electrógenos y convertidores rotativos eléctricos.” Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancias en las subpartidas de una mismá “partida está determinada . legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo! disposición en contrario.” Decreto No. 1165 de 2019 del Gobierno Nacional, artículos 298 a 302 y 307, mediante el cual se - dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de resolución anticipada. Resolución 046 de 2019 de la Dirección de impuestos y Aduanas Naciónales, artículos 304 a 306 y 316, mediante la cual se reglamenta solicitudes de resolución anticipada. - CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con radicados ESGTA202000485 del 05 de octubre de 2020 y 000E2020919697 del 18 de diciembre de 2020, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas, aparatos y dispositivos, que se utilizan para la generación de energía eléctrica, cuyo funcionamiento y composición se detalla a continuación: El agua captada de una fuente hídrica pasa por una etapa previa de limpieza en unas rejillas de

captación y un desarenador. De allí se envía por un túnel a las tuberías de carga, que la transportan hasta la casa de máquinas, donde el caudal se controla con válvulas de admisión. RESOLUCIÓN NÚMERO 000264 de 18 ENE 2021 Hoja No. 3 E Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución Anticipada de l - Clasificación Arancelaria o A continuación, el caudal del agua impacta las turbinas movidas por una unidad de potencia: hidráulica, donde se convierte la energía cinética del agua en energía mecánica (energía mecánicade rotación), la cual se transmite al eje del rotor de unos generadores síncronos trifásicos protegidos Ñ por una unidad de lubricación, que gira a la misma velocidad del rodete de las turbinas, e induceuna corriente eléctrica, generando un voltaje de 13.800 voltios y produciendo una energía de 9.819kilo watts. La energía eléctrica generada pasa a unas celdas de media tensión, las cuales son el : elemento de conexión eléctrica entre la salida del generador y una subestación elevadora. Adicionalmente, la central hidroeléctrica dispone de: celtas de puesta a tierra, celdas de contro! yo - protección, para las unidades de generación, celdas de corte y protección, celdas de control común, para los servicios auxiliares, celda de medición de nivel de agua, para regular la cantidad de aguaque ingresa a la central, celdas de media tensión, transformador de voltaje, y planta diésel de :. respaldo en los servicios auxiliares, cableado de potencia, y control. Así mismo, la supervisión del.

proceso : antes descrito se hace por medio de un sistema "SCADA”, e Los equipos lstados en la Solicitud se describen a continuación:

4. Dos (2) válvulas de admisión, para aislar la turbina de la tubería de carga.

2. Dos (2) turbinas hidráulicas, generación de energía de 6502 kW y 3317 Kv; caudal mám ximo o de. 2 . 10nY/s, y 5m/s, con sus repuestos mecánicos recomendados y herramientas especiales.

3. Dos (2) unidades hidráulicas de alta ¿Potencia para accionar los órganos de control de las “unidades generadoras. .

4. Dos (2) generadores eléctricos sincrónicos, de 7050 KVA y 3600 KVA (respectivamente), que A transforman la energía mecánica producida por la turbina, en energía eléctrica trifásica de corriente alterna.

A Dos (2) tableros de puesta a “tierra de los generadores. o : D Dos (2) tableros de servicios auxiliares (AC y DC), para corte y protección. | U - Cuatro (4) tableros de contro! y protección de las unidades de generación. cd P Un (1) tablero de control común, con equipos eléctricos donde se controla la central, incluyendo “equipos de generación y servicios auxiliares de la central. o Un (1) tablero de medición de nivel de agua, que recoge las señales del sensor de nivel que se: coloca en la captación (tanque de carga) con el fin de que se controle la cantidad de agua que EN - - entraala central.

10. Un (1) sistema “SCADA” para supervisión, control y adquisición de datos, comipuesto por un (0) .

  • computador de escritorio, un 81) computador portátil, una (1) impresora láser jet pro a color, - programa “software siemens” sistema “wincc”, y una (1) UPS de 1.000 VA. Ñ

11. Cinco (5) celdas de media tensión para 13, 8 kV, que recogen la energía eléctrica de los o generadores y la dirigen hacia el transformador principal y hacia el transformador de servicios o . auxiliares. o : : 12. 8.585 metros de cableado. ON e

43. Una (1) planta diésel de emergencia, para alimentar los servicios auxiliares de planta en caso de pérdida de transmisión desde la línea de 44 KV del operador de red. .o El proceso antes descrito; es s realizado por la combinación de un “generador sincrónico (alternador) o y una turbina hidráulica, que, en conjunto con:otros elementos, permite la generación de energía eléctrica de corriente alterna, constituyéndose en una función netamente definida en concordancia con la Nota 4 de ta Sección XVI de la Nomenclatura del Sistema Armonizado. : e En virtud de lo expuesto, arancelariamente la mercancía compuesta por los equipos listados enlos numerales 1. al:13, corresponde a un grupo. electrógeno, que en aplicación de la Regla General interpretativa 1 se encuentra comprendido en la partida 85.02 de la Nomenclatura Arancelaria, y |. con fundamento en la Regla General interpretativa 6 se clasifica en da Subpartida Arancelaria e 8502.39. 10. 00 del Arancel de Aduanas. | En mérito de lo. anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación «d el Servicio de Arancel de :

la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, o RESOLUCIÓN NÚMERO 000264 de 18 ENE 2021 HojaNo.4 “Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria - RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida 8502.39.10.00 del Arancel de Aduanas, como los demás grupos electrógenos de corriente alterna, ' de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas . - 1y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones. . ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, al Sr. Álvaro Rodríguez Ortiz, identificado con cédula de ciudadanía No. 19.396,964representante legal de la Agencia de Aduanas Move Cargo S.A.S. Nivel 1, en la Carrera 102 A No. 25 H45 Oficina 201 de Bogotá D.C., de conformidad con los Artículos 755, 756, 763 y 764 del - Decreto 1165 de 2019 y Articulo 311 de la Resolución Reglamentaria 0046 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contrae l presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 298 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 306 de la Resolución 0046 de

2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar úna vez en firme, la publicación en el Diario Oficial de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio ' de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. : NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASEA | dl A 18 +E NE | 2021 -RÁQ sano FLÓREZ o Jefe (A) de lg/Coordinación del Serviciode Arancel ión de Gestión Técnica AduaneraProyectó: Ricardo Merrera Daza Revisó: Fidel Raul Minotta B Se certifice que es anterio. acto scmmnistrativfoue publicace en D/ARLO BFICIAL, Epiltron |N.5/.6/9, Pas. 37 DDUITA ido z Edo :

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