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DIAN - Resolución 2671 de 26-04-2021

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 2671 de 26-04-2021
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2021

POR UNA COLOMBIA más HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 002671 | - (26/ABR/2021) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado ÓN LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL | DELA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 83 del Decreto 1 742 de 2020 ) (Régimen de Transición) y teniendo en cuenta los siguientes, - HECHOS | Mediante formato radicado No. ESGTA202100073 de 16 de febrero de 2021, el Sr. Gabriel lgnacio Galvis Franco, identificado con cédula de ciudadanía No 73.094.097, representante legal de la. - Agencia de Aduanas Gama S.A.S Nivel 1 con NIT 890.404.190-5, mandatario de la empresa: Danisco Colombia Ltda con NIT 830.016.488-1 presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a Petición de Cualquier Interesado para la mercancía denominada técnicamente corm : -“ESTERDE ÁCIDO TARTÁRICO DE MONO-DIGLICÉRIDOS” y comercialmente como Ñ PANODAN G 20-20 DATEM"”. - El interesádo adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: Formatos de solicitud de clasificación. arancelaria en tres (3) folios, comprobante de pago en un (1) folio, ficha técnica del producto en tes (3) folios, copia de poder o mandato aduanero en catorce: (14) folios y copia de declaración de

: importación en dos (2) folios, : CE solicitante pagó. cuatrocientos cincuenta y cinco. mil: pesos Mete: $(455. 000) mediante transferencia del 1 5 de febrero de 2021 del Banco Htaú al Banco de Bogotá. Por medio del formato de solicitud, el interesado indicó que se “notifique a Gabriel Ignacio Galvis. Franco en la dirección Avenida El Arsenal No 8 B-39en Cartagena - Bolívar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO : o Convenio del Sistema Armonizado de Designación Y Codificación de Mercancías y su anexo, : aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. o o Ñ Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley en de 1973, Decisión 812 de 201 6 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual ses aprobó el Texo Ñ | único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena (NANDINA) e Decreto 2153 de 2016 ys sus modificaciones, por el cual. se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Para el caso en estudio se considerará las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida: o Regla Genera interpretativa 1: “Los títulos de las Secoiones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un “valor o indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente porlos textos de las partidas y - de las Notas de Sección o de Capítulo y, si nosn contrarias a los textos de dichas partidas y - Notas, de acuerdo con las Reglas siguente) o A 00¡ E RESOLUCIÓNNÚMERO 907674 “e 26/ABRIZ021 "ono2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Partida 38.24: “Preparaciones aglutinantes para moldes o núcleos de fundición; productos químicos ypreparaciones de la industria química o de las industrias conexas (incluidas las mezclas de productos naturales), no expresados ni comprendidos en otra parte.” Regla General Interpretativa 6 “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, porlas Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” O o Decreto 1165 de 2016 del Gobierno Nacional - artículos 303 a 306, mediante los cuales se dictanlas disposiciones con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de - cualquier interesado. - . o “Resolución 0046 de 2019 y sus modificaciones, de la Dirección de Impuestos y Aduanas : - Nacionales, Artículos 313 y 314, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. o o - CONSIDERACIONES DEL DESPACHO “De acuerdo con la información suministrada con radicado ESGTA202100073 de 16 de febrero de2021, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un sólido en forma de polvo, en empaques tipo bolsas por 25 kilogramos. . Que el producto está constituido por un éster del ácido tartárico diacetilo de mono-diglicéridos

(DATEM), hecho a partir de grasas comestibles refinadas. Contiene carbonato de calcio como agente deshidratador. UN DATEM (éster de ácido diacetil tartárico de mono y diglicéridos, también E472e) es un emulsionante que se utiliza principalmente en el horneado para fortalecer la red de gluten en la masa. De acuerdo con lo anterior, el producto corresponde a un emulsionante compuesto por una mezcla. éster del ácido tartárico diacetilo de mono-diglicéridos; que en aplicación de la Regla Genera - Interpretativa 1 está comprendido en la partida 3824. de la Nomenclatura del Sistema Armonizado_ y de acuerdo con la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 3824.99.99.00 delArancel de Aduanas. . Teniendo en cuenta que, para.el caso en particular el servicio de clasificación arancelaria para un - producto tiene un valor de cuatrocientos cincuenta y cuatro mil pesos Mcte. $(454.000), de acuerdo . con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de un mil pesos mete. ($ 1000), que podrá utilizar para presentar una nueva solicitud, o en su defecto solicitar la devolución. En mérito de lo anteriormente expuesto, lajefe (A) de la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE - ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida 3824.99.99.00 del Arancel de Aduanas, como un emulsionante compuesto por una mezcla éster del ácido tartárico diacetilo de mono-diglicéridos, en aplicación de las de las Reglas Generales

interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones. o 3% .

RESOLUCIÓNNÚMERO 9097674 “e 26/ABRI2021 MolaNo3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, al Sr. Gabriel ignacio Galvis Franco, identificado con cédula de ciudadanía No 73.094.097, en la Avenida El Arsenal No 8 B — 39 en Cartagena - Bolívar, de conformidad con los. Artículos 7559, 796, 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 314 de la Resolución 0046 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución enel Diario Oficial, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el articulo 119

de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos a la - Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE E - Proyectó: Leonardo RicoRevisó: — FideiMinottaB. .. e _ / O con adan]

  • Mivet Central Bogotá, D.C.. |

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