DIAN - Resolución 2719 de 27-04-2021
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 2719 de 27-04-2021
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2021
CA o AS POR UNA COLOMBIA: MAS HONESTA RESOLUCIÓN No. 002719 o Ea o (2> 7 OE ABRIL blau | o o Por la cual se decide : al Recurso de Apelación intórpuesto por la Agonia de Aduanas Custom Internacional S.A: Nivel 2. contra la. Resolución Anticipada de Clasi ficación | _ Arancelaria No.000855 del 12 de febrero de 2021.00.
TEMA: en E “Recurso. de Apelación contra. Resolución Anticipada de Ñ
co Clasificación Arancelaria... E
RECURRENTE: 02002 Duván Alexander Gil Romero o
IDENTIFICACIÓN o BOBBOTA
CALIDAD EN QUE ACTUA. Representante Legal. | EMPRESA e 20 AGENCIA: DE ADUANAS CUSTOM. INTERNACIONAL o - AS eS CESA, NIVEL2 e BONITO o - 830.147.508-2 e A ACTO IMPUGNADO: Resolución No. 000855 del 12 de febrero de 2021. AS 2]. FECHA DE NOTIFICACIÓN | 18 de Fébrero de 2021.
4. FECHA PRESENTACION : DEL RECURSO: OS 4 de marzo de 2021 NA
DIRECCION PROCESAL Avenida Calle 24 No. 95 A80 OFIC. 803 7.1. a o
OMDAD - Bogotá D.C: LA SUBDIRECTORA DE GESTION TÉCNICA ADUANERA. | En djertició: ds: las: facultades conferidas mediante el artículo. 83 del Decreto 1742 de 2021 1 (Régimen de Transición), el artículo 298 del Decreto 1165 de 2019, reglamentado por el inciso
I| 4 del artículo 306 de la resolución 000046 de 2019, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 201 1 (Código de Procedimiento: Administrativo y de loo Contencioso Adtministrativo), teniendo. en cuenta los siguientes, HECHOS Mediante radicado ESGTA202000589 del 10 de diciembre de: 2020, presentado a tavés : del e Sistema e Radicación de Solicitudes de Clasificación: Arancelaria: SIE :SARP, el señor. Duván Alexander Gil Romero, identificad sonda cédula de ciudadanía No;80:513.074 actuando: como representante Legal De la AGENCIA DE ADUANAS: CUSTOMS INTERNACIONALS .A. NIVEL 2 con NIT"830:147.5082, :en calidad de: mandataria de: la: sociedad WORLD. FREIGHT INTERNATIONAL: S:A/S: con NIT-830.018,865-4, presentó a la: Coordinación del. Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, una. solicitud de. Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria para la mercancía denominada técnicamente y niente cómo “CRIBA. CMIERTAIN: 12001 P ; TATIL DE ORUGAS. CLASIFICADORA
DE MATERIAL MINERAL SOLIDO”.
Para tal électo. el: interesado aportó: información sobre la mercancia correspondiente a la EN descripción y características técnicas dela mercancía. A a a Mediante Resolución No. 000855 del: 12 de febrero de 2021, la Coordinación del Servicio de ¡ 5 seri esente resolución, en Ja subpartida
; n % cribado y separ. ción con sistema vibratorio, en aplicación de las Reglas Generales interpretativas: 1y6 del mencionado texto árancelano, contenido en el Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones.” A
- RESOLUCIÓN NÚMERO 002719 de 27 DE ABRIL DE 2024 Hoja No. 2.
Co lan t Ai gn eu na cc ii aó n ded e Adla u aR ne as so lu Cc ui só tn omp or I nl ta e rc nu aa cl i onse a l de Sc .i Ad .e Ne il v eR l ec 2u . r cs oo n trd ae A lap e Rl ea sc oi ló un c iói nn te Ar np tu ie cs it po a dp ao r: de Clasificación Arancelaria No.000855 del 12 de febrero de 2021 La citada Resolución fue notificada por correo certificado el día18 de febrero de 2021, al señor ] cD ca ou l nv i á dn Na I d T ,A dl e 8e 3x 0ra .en 1pd 4re 7er .s 5e 0nG 8til -a 2n ,tR eo m ce olr e ngo fa, ol rmd ei ed e an l at i laAf i g pc ra ed uno e bc aic o an dd e e l A ea nd tuc raé ed n gu a al sa NoC .d ue s Rt Ac oi 3mu 0 d 2a id 0a n 3n t 8í e 6a r 1n 1N a Co c 0. i 8 o0 de. n 5 Sa.1 llA3 a. . e07 mNi4 pv, re el se a2n .
servicios Postales Nacionales. e o El señor Duván Alexander Gil Romero, identificado con la cédula de ciudadanía No.80.513.074; en calidadde' representante legal. de la Agencia de Aduanas Custom Internacional S.A. Nivel 2. con NIT. 830.147.508-2, presentó el escrito radicado bajo el No.003E2021005721 del 4 de marzo de 2021, mediante el cual interpuso recurso de apelación contra la Resolución No.000855 del 12 de febrero de 2021. . AN PRESUPUESTOS PROCESALES Para efectos de la admisión del Recurso de Apelación,se procede a verificar si se cumplen los requisitos señalados en artículo 77 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. - ES o “Art. 77. Requisitos. Por regla general los recursos se interpondrán por escrito que no. requiere de presentación personal si quien lo presenta ha sido reconocido en la actuación, Igualmente, podrán presentarse por medios electrónicos. Los recursos deberán reunir, además, los siguientes requisitos:
1. Interponerse dentro del plazo legal, por el interesado O su representante o apoderado debidamente constituido. o : o Ñ
2. Sustentarse con expresión concreta de los motivos de inconformidad. : + 3, Solicitar y aportar las pruebas que se pretende hacer valer. ON
4. Indicar el nombre y la dirección del recurrente, así como la dirección electrónica si desea ser notificado por este medio...” . | Respecto al requisito consagrado en el numeral 1" “Interponerse dentro del plazo legal...” revisada la documentación obrante en las diligencias y el escrito que nos ocupae l recurso de
apelación fue interpuesto por el señor Duván Alexander Gil Romero, identificcaond ol a cédula de ciudadanía No.80.513.074, en su condición de representante legal de la Agencia de Aduanas Custom Internacional S.A. Nivel 2. con NIT 830.147.506-2, mediante escrito radicado con el el No.003E2021005721 del 4 de marzo de 2021, dentro de los diez (10) días siguientes al 18 de febrero de 2021 (fecha de notificación). - > AN o En relación con la persoy npreesrentíacaión , El escrito contentivo. del. recurso fue presentado por señor Duván Alexander Gil Romero, identificado con la cédulade ciudadanía No.80.513.074, en su calidad de representante legal de la Agencia de Aduanas Custom internacional S.A. Nivel 2. con NIT: 830.147.508-2, Calidad demostrada desde el iniciode la solicitud y se encuentra corroborada en el Registro Único Tributario-RUT obrante dentro de las diligencias. : En este sentido, para efectosde la procedibilidad del Recurso de apelación se cumplen los requisitos establecidos en el artículo 77 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. o 2. 0 CN RESOLUCIÓN nono Setas cda DE ABRIL DE 2021 E _Hoja No, 9 : Continuación de la. Resolución por la cual: se decide el Recurso de Apelación interpuesto por. Ñ la Agencia-de Aduanas Custom Internacional S.A. Nivel 2. contra la Resolución Anticipada | | Z de Clasificación Arancelaria, No. 000855 del 12 de febrero de 2021. A
Dentro de: los argumentos «del presente Recurso. de Apelación interpuesto cóntra la Resolución No.000855 del 12 de febrero de 2021, el recurrente Presenta, dale Siguientes. motivos de inconformidad: o Que la “CRIBA CHIEFTAN (sic). 1 700 PORTA: TIL: DE ORUGAS CLASIFICADORA DE MATERIAL MINERAL SÓLIDO, no se puede clasificar como una CRIBA VIBRA TORIA ya que el equipo tiene varios alcances en su operación y se deben analizar las funciones que cumple, ya queo . presta varios servicios de acuerdo con las necesidades de cada empresa como: son: l o -ihicia sus proceso con unajs prectasiicación en la “alimentación recibida en la tolva. a), | | | Lo 3
Posteriormente el. material. es clasificado. o separándolo. por. diferencia: de. tamaños. previamente definidos con las medidas de las mallas instaladas. O - «Se caracteriza por el alto nivel de apilamiento del material clasifi cado. ¿siendo tíña dé sus : grandes: ventajas ya. que cuenta. con un conjunto. de bandas apiladoras. del material clasificado, permitiendo obtener apilamiento. hasta: de. cuatro diferentes tipos. de material.”P a | Afirma que, por ser un equipo autopropulsado, tiene un ' sistema hidráulico de traslación que - |. permite desplazar de forma independiente el equipo en los diferentes: frentes de trabajo de acuerdo a las necesidades: de explotación. l Asegura. el interesado que. todos: los sistemas mencionados son vacciónados por un mitor alque se: encuentran acopladas unas bombas hidráulicas 5 que: mueven. una serie de motores que do
-accionan. cada uno. de los sistemas. : : o Por último, presenta o como o petición el impugnante que ss e> reconsidere la partida arancelaria | 0%
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO.
Conforme a la normatividad vigente, y los: antecedentes. que originaron el acto administrativo q qué nos ocupa, se procede a realizar el análisis correspondiente, así como de los argumentos y la petición presentada por el recurrente a fin de determinar si le asiste 0 no la razón en lo solicitado. Que la Nomenclatura del Arancel de > Aduanas de Colombia, . contenida en el Decreto 2153 de diciembre 26 de 2016 se fundamenta en el Convenio del Sistema Armonizado. de Designación -y Codificación de Mercancías, adoptado por Colombia mediante Ley 646 de 2001, así como en la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo. de Cartagena (NANDINA), ¿adoptado por Colombia. mediante Ley ga de 1973. . CA AA Para estab! ecer ria correcta clasificación: de una mercancia: en la Nomenclatura Arancelaria del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancias, se deben tener en “cuenta dos .elementosfundamentales, que son” igualmente importantes. y que se debenanalizar: conjuntamente, a saber: el conocimiento de la mercancía y el manejo correcto de la Nomenclatura. El primer elemento es técnico y corresponde :a las características de la mercancía a clasificar, de aspectos cl mo: composición, grado: de bora C ¡60 forma. de presentación: uso, entre otros. o EN A m0 El otro elemientá, el correcto. manejo. de la - Nomenclatura Arancelatla; se Encuentra
establecido en el literal UN 2) del: artículo 3 del Convenio Internacional del Sistema Armonizado
RESOLUCIÓN NÚMERO 002719 de 27 DE ABRIL DE 2021 HojaNo.4
Continuación de la Resolucipóor nl a cual sé decide el Recurso de Apelación interpuesto por la Agencia de Aduanas Custom Internacional S.A. Nivel 2. contra la Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria No.000855 del 12 de febrerode 2021 de Designación y Codificación de Mercancias referido a las: obligaciones de las partes | o e o contratantes: - “aj Las partes contratantes se comprometen, salvo que se apliquen las condiciones del - apartado c) siguiente, a que su nomenclatura arancelaría y estadística se ajusten al Sistema: Armonizado a partir de la fechade entradaen vigor del Convenio para cada parte. Se: comprometen por tanto en la elaboración de sus nomenclaturas arancelaria y estadistica:
1. Autilizar todas las partidas y subpartidadsel Sistema Armonizado sin adición ni modificación, así como los códigos numéricos correspondientes; ER
2. A aplicar las Reglas Generales para la interpretación del Sistema Armonizado, así cómo todas las Notas de las secciones, capítulos y subpartidas y a no modificar el alcance de las secciones, capítulos, partidas y subpartidas del Sistema Armonizado; -....
AN A seguir el orden de numeración del Sistema Armonizado;” En cuanto a las Reglas Generales para la interpretación del Sistema Armonizado, son seis y se encuentran ene l Anexo del Convenio, haciendo parte integrante del mismo, tal como lo establece el artículo 2. CARACTERÍSTICAS DEL PRODUCTODe la información suministrada pore l interesado, en la solicitud de resolución de clasificación
arancelaria, mediante radicado ESGTA202000589 del 10 de diciembrede 2020 yla ficha técnica del producto aportada, se establece que la mercancía denominada técnicay comercialmente como “CRIBA CHIEFTAIN 1700 PORTATIL DE ORUGAS CLASIFICADORA .
DE MATERIAL: MINERAL SOLIDO”, corresponde a un producto con las - siguientes características: | | Características físicas: Marca: POWERSCREEN - ]
Modelo: CHIEFTAIN 1700
Criba con dos (2) baleros' - Rejilla de volteo operado por contro! de radio . Ajuste hidráulico del ángulo de cribado . Tensado hidráulico de la cribadora' :. ' o a : a . Transportadores integrados plegables hidráulicamente con excelente capacidad de apilamiento o oo . Bogie separable instalado . Unidad motriz binodo o . Potencialde salida hasta 500U/h (551 /h EE.UU) Conforme a la información aportada por el solicitanteen el catálogdoe l producto, la CRIBA CHIEFTAIN 1700 DE ORUGA, según sea de dos o tres pisos tiene las siguientes características: o l : o Peso : 26.900 kg — 2 - 29.800 ko. | Anchde uTrarnsapo rte. o Mts] 3 Mts Longitud de transporte Ñ 7 | 16.53 Mis => — 716.53 Mis
PERRAS CCNDMES Doria 210 AOL pte E Es + .
Continuación de la Resolución por la cual «s e dácida al Recurso de Apelación interpuesto por 4 Agencia de Aduanas Custom Internacional S.A. Nivel 2: contra la Resolución Anticipada :
de Clasificación Arancelaria: ÑO: 000 qe9s del. 12 de febrero de 2021 Di Ala. de ransporie. _— ON — A | 333 Mis >> — _— 5 MiS | -. || Anchura de trabajo [2 SAO 17,32 Mts || Longitud de abajo A 17, 22. Mts 2 722 Mts | LAftura. de trabajo A - eta EZ 82 Mts Pi , o 3 89 Mts A cd Información. adicional: Las eribás: tiene: la: función. de: donglomerar los próducios.y para. que pasen. por: superficies inclinadas: enla. que las. aberturas de: las: mallas: o: huecos va ¡aumentando de arriba haciaa abajo para clasificar el material SS .. Lo Proceso: El proceso ee nla máquina. comienza enla tolva de alimentación por la rejila fila: a través de la «cual se. recibe: el material, pasando: por. él transportado mediante el cual sé traslada el. - material sólido hasta la caja de: cribado, donde se ubican las mallas: (en el caso en estudio GE cuenta: con 3 mallas), donde se va. depurando el material de acuerdo con el tamaño (de más jeñ ) de cada: «separación va haciendo. montañas. Las: primeras. piedras : “grandes no entran a la tolva ya que caen: aun lado, haciendo. una: montaña. : ANÁL isis ARANCELARIO Previo: al análisis de las reglas. en marco del Sistema. Armonizado. de Designación y Codificación de Mercancías con ocasión del recurso: que se estudia y teniendo en: cuentá, las .
En aplicación: de la Regla. z se. debe tomar en cuenta: lo, establecido en los textos de lespartidas yen los textos de las Notas de Sección 0 > Capítulo que apliquen a cada caso.
Se observa en esta instancia, que: se - encuentra: plenamente establecido dentro de las diligencias, que el producto se ubica en nel Capitulo 84 del Arancel de aduanas que comprende: Ñ “Reactores nucleares; dalderás; máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de do estas máquinas o aparatos” % | conforme a lo anterior, es claro que la CRIBA CHIEFTAIN 1700 PORTATIL DE oRUGAS | CLASIFICADORA | DE MATERIAL: MINERAL: SOLIDO, «corresponde: a. una máquina: de uebrantar, Ariturar, sete.o ; por lo:> que se ' ubica en. la: partida . “Máquinas y aparatos de clasificar, eribar, separar, lavar quebrantar, triturar, 0 pulverizar, mezclar, amasar o sobar, tierra, piedra u otra materia mineral sólida: (incluidos: el. polvo y fa. pasta); máquinas de aglomerar,. forinar. o moldear: combustibles: minerales sólidos, pastas cerámicas, cemento,. yeso o: demás Z materias. minerales. en polvo. o pasta; máquinas: de. hacer moldes de arena para o Siguiendo con. la codificación arancelaria, ss eo ubica, la subparida Nandina: 8474: 10: Máquinas y aparatos «d e clasificar, cribar, separar. o lavar: Ahora. bien, el recurrente en: su | escrito. de impl sÉDIGH Bo: expresa en que. radica su inconformidad frente a la clasificación que se ha hecho por partdee la Coordinación el Servicio
de Arancel, pues. que, si bien. es cierto que refiere que la criba a. clasificar “no se: puede como una criba vibratoria” porque “tiene varios: alcances: en su. operación y se deben. analizar las. funciones: que cumple, ya que presta varios. servicios. de acuerdo. con las e
RESOLUCIÓN NÚMERO 002719 de 27 DE ABRIL DE 2021 HojaNo.8
Continuación de la Resolución por la cual se decide el Recurso de Apelación interpuesto por la Agenciad e Aduanas Custom Internacional S.A. Nivel 2, contral a Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria No.000855 del 12 de febrero de 2021 necesidades de cada empresa”, tales conceptos no inciden en la clasificación arancelaria de la máquina solicitada inicialmenteQu.e tenga “varios alcances en su operación” que “deban analizar las operaciones que cumple”, porque "presta varios servicios de acuerdo con las. necesidades de cada empresa”; estos aspectos no pueden tenerse como premisas válidas para atacar la clasificación realizada, por cuanto, no expone el recurrente de que forma estos conceptos afectarían la ya dicha clasificación, Tampocos e encuentra en la: información suministrada dentro de las diligencias que la maquina tenga un sistema diferentea la función vibratoria, no esta demostrado que no sea vibratoria, y, pore l contrario, sabido es, que, por regla general, el funcionamiento de las mayas ubicadas en la caja de cribado operan por vibración, Las demás premisas del recurso, en las cuales se expone el funcionamiento de la CRIBA
-CHIEETAIN 1700 PORTÁTIL DE ORUGAS CLASIFICADORADE MATERIAL MINERAL
SÓLIDO, sobre la clasificación del material, sobre su características por su alto nivel de apilamiento; que sea propulsada, que tenga un sistema hidráulico para su traslación y que todos sus sistema sea accionado por un motor Diesel. no inciden afectando la clasificación que ya se ha hecho, máxime cuando el propio recurrente no alude a condiciones técnicas O legales que pudieran afectar la ya tan nombrada clasificación arancelaria. o Deviene de lo anterior, que la mercancía correspondiente a la clasificación solicitada'se Ubica en la subpartida arancelaria 8474.10.20.00; razón por.la cual, este despacho, encuentra ajustaa dderaec'ho la Resolución No.00085d5e l 12 de febrero de 2021, proferida por la Coordinación el Servicio de Arancel, En este orden:de ideas, si el interesado contaba con información que demostrara aspectos técnicos diferentes debió suministrarlos en su debida oportunidad... 000 o OS En mérito de lo expuesto, la Subdirectora de Gestión Técnica Aduanera de la Dirección de Gestión de Aduanas de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, - RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: CONFIRMAR en todas sus partes la Resolución No.000855 del 12 de febrero de 2021, expedida por la Coordinación del Servide cAiranoce ! de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, mediante la cual se determinó clasificar la mercancía descrita en dicha resolución por la subpartida 8474.10.20.00 del Arancel de Aduanas, como una máquina de cribado y separación con sistema vibratorio, en aplicación de las Reglas Generales
Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones. o EN o o ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR por correo o dé manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, el contenido de la presente resolución al señor Duván Alexander Gil Romero, identificado con la cédula de ciudadanta No,80.513.074, en su calidad de representante legal de la Agencia de Aduanas Custom Internacional S.A. Nivel 2. con NIT 830.147,508-2, en la Avenida Calle 24 No. 95 A-80 Oficina 603 T.1 en la ciudad de Bogotá D.C:, de conformidad con lo establecido en los artículos 756, 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. : e ARTICULO TERCERO: CONTRA el presente acto administrativo no procede récurso, quedando así agotadas las actuaciones administrativas... 2 o o o ARTICULO CUARTO: Remitir una vez en firme, copia del presente acto administfativo, por . medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos, | RESOLUCIÓN NÚMERO 002719 de 27 DE ABRIL DE 2021 E Hoja No. 7 o Continuación de la Resolución por la cual se decide el Recurso de Apelación interpuesto por” dan la Agencia de Aduanas Custom Internacional S.A. Nivel 2. contra la Resolución Anticipadade Clasificación Arancelaria No. 000855 del 12 de febrero de 2021 A Lala Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera p para
lo de su competencia. oo o | ANA CEILA Fi por rm a Ad Na A d Ci Eg Ii Lt Aal mente B ELTRAN BELTRAN AMADO: . --Féchar :2021 .04,27
AMADO. - 21:35:51 -05'00
Dr ANA CEILA BELTRAN AMADO A
- SUBDIRECTORA DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA |
Proyecto: Betty Castilo Sanjuan A ICC
Revisó: Betzabeth Maestre B..-