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DIAN - Resolución 2739 de 14-05-2020

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 2739 de 14-05-2020
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2020

POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA - RESOLUCIÓN NÚMERO 002739 “Por la cual se expide una Resoluciónde Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL DE LA SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TECNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 42 de la Resolución 001 o de 2008 y teniendo en cuenta los siguientes,

.. HECHOS.

Mediante radicado No. ESGTA2019005de4l 71 4 de noviembre de 2019, el Sr. Camilo Cortés ' Duarte, identificado con cédula de ciudadaníNao. 80.504.421, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmenctomeo “EQUIIPO DE TRATAMIENTO DE OLORES.” El interesado adjuntó a la solicitud: información general del producto en cinco (5) folios y copia delpago en un (1) folio. El solicitante pagó ochocientos veintiocho mil ciento dieciséis pesos m/cte. ($ 828.116), con transferencia bancaria No. E295537 del Banco de Bogotá. + 000000 o . Mediante oficio No. 100227342-1873 radicado 00052019032094 del 31 de diciembre de 2019, este Despacho solicitó: aclarar el alcance y uso específico del producto sometido a clasificación arancelaria, adjuntar un diagrama claro dondese pudiera visualizar la disposición de los equipos que hacen parte del proceso y la forma cómo se interconectan, describir de principio al fin el proceso

realizado en el equipo de tratamidee noltoroes , donde claramente se evidencien las fases surtidas (despolvoreado, absorción química y dosificación de reactivos) asociadosa las máquinas que contribuyen a realizarlo, entre otros. El usuario mediante radicado No. 000E2020005657 del 21 de : febrero de 2020 atiende el requerimiento de información en siete (7) folios, renunciando al término restante para dar respuesta. Mediante comunicación electrónica del 19 de marzo de 202y d0and o cumplimiento al principio de eficiencia declarado en el Art 2. Numeral 1. del Decreto 1 165; el usuario manifiesta que el Sr. CamiloCortés Duarte actúa como RepresentanLtegea l de ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO

ALMAVIVA S.A.

Por medio del formato se indicó que se notifique a Almaviva en la Calle 100 No. 7-33 Oficina 1701, Torre 1 Capital Towers, en Bogotá D.C., o o Mediante Resolución 022 del 18 de marzo del 2020, emanada de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales se determinó suspender los términos en. los. procesos y actuaciones administrativas en materia tributaria, aduanera y cambiaria, como medida transitoria por motivos de salubridad pública, entre el 19 de marzo y el 3 de abril de 2020, inclusive.

RESOLUCIÓN NÚMERO - 002739 — de 14 MAY 2020 — hojano.2.

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado El 29 de marzo de 2020 la DIAN expide la Resolución 030 con la cual adopta medidas de urgencia

para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales — DIAN, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, y deroga la Resolución 22 del 18 de marzo del 2020. “El artículo 8 establece: SUSPENDER hasta tanto permanezca vigente la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social la totalidad de los términos de las actuaciones administrativas o jurisdiccionales en sede administrativa, incluidos los procesosdisciplinarios, : Durante el término que dure la suspensión y hasta el momento en que se reanuden las actuaciones no correrán los términos de caducidad, prescripción o firmeza previstos en la legistación tributana, aduanera y cambiaria” E Mediante el artículo 1 de la Resolución No. 41 del 5 de mayo de 2020, la DIAN modificó los parágrafos 2 y 3 del artículo 8 de la Resolución 0030 del 29 de marzo de 2020 y levantó los términos de suspensión para expedir resoluciones de clasificación arancelaria, unidades funcionales y resoluciones anticipadas. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancias y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado | por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas. y otras

disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, - ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a« los OS de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes: Nota 4 de la Sección XV! - “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar. conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 y 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.” Partida 84.21. “Centrifugadoras, incluidas las secadoras centrífugas; aparatos para filtrar o depurar líquidos o gases.” Regla General interpretativa 6: ResoLución Número 002739 de 14 MAY 2020 HojaNo.: Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado "La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel, Aefectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional - artículo 303 a 307 mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a petición _de cualquier interesado. Resolución 0046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nácionales - Artículos 313, 314 y 316, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de clasifi cación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Se reanudan los, términos de atención de la solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado con radicado No. ESGTA201900547 del 14 de noviembre de 2019, conforme la Resolución 41 del 5 de mayo de 2020, mediante la cual se levantaron las medidas de suspensión de expedición de resoluciones de clasificación. arancelaria, y que. entró a regir el 7 de . z mayo de 2020. Con la información suministrada en los radicados Nos. ESGTA201900547 del 14 de noviembre de 2019 y 000E2020005657 del 21 de febrero de 2020, la mercancía a clasificar se describe como una combinación de máquinas, aparatos y dispositivos que trabajan conjuntamente en la captura. de partículas y neutralización de olores de determinados gases contenidos en el aire, mediante elsiguiente proceso: El aire contaminado proveniente de procesos industriales se. captura a través de un ventiladorcentrifugo y se conduce hacia un ciclón, donde las partículas presentes se movilizan en el cuello de un Venturi y se aglomeran con agua pulverizada aumentando la masa y la inercia, provocando que

dichas partículas se depositen en el fondo del ciclón para su posterior purga o limpieza. El aire libre de polvo es conducido hacia un "Scrubber”, donde la neutralización de los olores de los gases. se efectúa a través del contacto del aire con agua y soluciones de NaOH (hidróxido: de sodio) y Nació (hipoclorito de sodio), el flujo de aire entra en contacto con lós. líquidos . de lavado. en contracorriente a través de una superficie que garantiza una distribución uniforme de los fluidos, los :. cuales son. dispersados y. uniformemente repartidos por pulverizadores; las gotas originadas seretienen en el depósito del “Scrubber”, mediante un desvesiculador de flujo vertical de alta eficienciay baja pérdida de carga, que evita el arrastre y/o emisión de gotas a la atmósfera o la pérdida de solución de lavado, El líquido de lavado es recirculado através de equipos de bombeo, y su nivel se mantiene constante através de una electroválvula controlada por un indicador de nivel con tres contactos. : Finalmente, el aíre purificado sale a la atmósfera por medió de una chimenea. - Conforme a lo indicado, los equipos que realizan el proceso indicado son:

1. Un (1) venturi elaborado en fibra de vidrio, de 800 mm. de diámetro X 3,900 mm de. altura X4: mm de espesor, donde se aglomeran las partículas aumentando la masa e inercia. :

2. Un (1) ciclón: con capacidad para 2. 000 h Las partículas aglomeradas se decantan €e n. el fondo

| del ciclón; provisto de separador de gotas.

4. Un (1) moto ventilador con potencia instalada de 90i n provistode motor eléctrico de 75 kW, RESOLUCIÓN NÚMERO 002739 de 14 MAY 2020 Hojano.4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado

5. Dos (2) medidores de pH alimentados a 24V DC para controlar las bombas dosificadoras.

6. Dos (2) microcontroladores RX. |

7. Dos (2) conductivimetros.

8. Un set de válvulas conformado por: una (1) válvula reguladora de caudal, dos (2) válvulas de entrada de agua, dos (2) válvulas de purga.

9. Dos (2) niveles de 3 contactos magnéticos.

10. Un (1) juego conformado por: tubería, accesorios y válvulas para recirculación de líquidos, unión entre el Scrubber y ventilador,

11. Un (1) “Scrubber” compacto, vertical, de 1 600 mm de diámetro y altura, con capacidad de 2.000 [, provisto de un (1) separador de gotas y (1) chimenea.

12. Dos (2) depósitos de doble pared para contener NaOH 25% y Nacio 15%, con capacidad de 1.000 !, con sus respectivos detectores de fugas. 13, Dos (2) niveles de 2 contactos magnéticos. | .

14. Dos (2) bombas dosificadorás de NaOH y Nacio.

15. Dos (2) válvulas NaOH y Nacio ciclón.

16. Dos (2) válvulas NaOH y NaCIO Scrubber.

Acorde c con lo anterior. y en virtud de lo señalado, los equipos relacionados en los numerales 1 al 16 realizan limpieza de aire contaminado, donde la función netamente definida está dada por la depuración de gases, que en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 y de acuerdo con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI se encuentran comprendidos en la partida 84.21 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida arancelaria 8421. 39. 90. 00 del Arancel de Aduanas de Colombia. Teniendo en cuenta que, para el caso en particular el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente acercado al múltiplo de mil más cercano, es decir, ochocientos veintiocho mil pesos mí/cte. ($ 828.000), de acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de ciento dieciséis pesos mí/cte. ($116), que podrá utilizar para presentar una nueva solicitud, o en su defecto solicitar la devolución. En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8421.39,90.00 del Arancel de Aduanas, como un conjunto de máquinas y aparatos para depurar _ Qases, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 2153 del 26 de

diciembre de 2016. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso'en el sitio web de la DIAN, al Sr. Camilo Cortés Duarte, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.504.421, en la Calle 100 No.7-33 Oficina 1701 Torre 1 Capital Towere n Bogotá., de conformidad con los

RESOLUCIÓN NÚMERO 002739 de 14 MAY 2020 Hoja No.5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Artículos 755, 756, 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y Articulo 319 de la Resolución Reglamentaria 0046 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 314 de la Resolución 0046 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación en el Diario Oficial de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, y Art Reglamentario 319 de la Resolución 0046 de 2019, en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el

artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

|

MARÍA TRÁNSITO HURTADO GARCÍA.

Jefe (A) Coordinación del Servicio de Arancel Subdirección de Gestión Técnica Aduanera ds OT E | | ENCo nmtinanidn de cos mi Panta pea LGee h: 3EaaPn gra OAN Proyecto: Sandra Huérfano Bernal ) : Revisó: Claudia Alejandra Jurado Zapata caja | ] er amens acto Perrstrativo fue Se; Gemificr QUE , : | puphicaos en INUABIO OFILSLAL a... EM [An ; a 54. al ce. LA... E cr

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