DIAN - Resolución 2869 de 03-05-2021
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 2869 de 03-05-2021
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2021
a S
POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA - RESOLUCIÓN NÚMERO 002869
OS _(03/MAY/2021) e “Porla cual es e expide una Resolución de Clasificación Arancelaria ta a Petición de Cualquier Interesado : LA JEFE (A) DELA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL DDO E La o SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA . En ejercicio de las facultades conferidas mediante el artículo 83 del Decreto 1742 ddee 2020. Ñ (Régimen de Transición) y! teniendo. en cuenta loss siguientes, ER
HECHOS.
Mediante tadicado No. . ESGTA202100022 del 19 de enero de 2021, el señor Raúl García Arias, identificado con cédula de ciudadanía 14.988.737, representante legal de la Agencia ' de Aduanas Aladuanas S.A.S Nivel 1 con NIT 830.010.905-4, mandataria de la sociedad Compañía Nacional de Chocolates S.A.S, con NIT 811.036.030-9, presentó una solicitud de Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado, para la. mercancía denominada técnica y comercialmente "COMPACTMIX 1000 CON 1Xx NOVA Ss : 1000”. El interesado adjuntó a a solicitud: los: siguientes documentos: formulario: de solicitud clasificación arancelaria en tres (3) folios, ficha técnica en dos (2) folios, plano en un (1) folio, mandato aduanero €e n y diecinueve (19) folios y soporle de pago en un (%) folio. El solicitante pagó novecientos nueve mil pesos > mícte ($ 909. 000) mediante transferencia.
con nombre del pago: clasifDO41709CNCH del1 45 de enero de 2021 de Bancolombia al Banco de Bogotá. o o : Con “Requerimiento. de Información Adicional No. -100227342724 radicado No. 00082021902625 del 26 de marzo de 2021, la Coordinación del Servicio de Arancel solicitó: al interesado una explicación resumida y secuencial del proceso que realiza la máquina, . indicar como se interconectan los equipos que lo conforman, anexar una tabla que contenga cantidad, características y función de cada uno de esos equipos y adjuntar imágenes de “ellos. El usuario respondió con radicado No. 000E2021902617 del 15 de abril. de 2024 renunciando al término restante para d« ar respuesta. o Ñ Por medio del formato de solicitud, el interesado indicó que se notifique als señor Raúl García : : Arias en la Carrera 103 No. 25 B-86, Piso 3 en Bogotá D. e o ES is FUNDAMENTOS DE DERECHO OS Convenio del “Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancias y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646. de 2001. N o Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante o Ley 8" ede m 5
RESOLUCIÓN NÚMERO - 002869 de - 03/MAY/2021 Hoja No.2 .
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Decisión 812 de 2016 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual aprobó el . Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Notas y texto de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor. “ indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas . y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Nota 4 de la Sección XVI: - “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos - individualizados (incluso separados o unidossí por tuberías, Órganos transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, - comprendida en una de las partidas Capítulos 84 u 85, el conjuntose clasifica en la partida correspondiente a la función que realice”. o Partida 84.38: “Máquinas y aparatos, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo, para la preparación o fabricación industrial de alimentos o bebidas, excepto las máquinas y aparatos para extracción o preparación de aceites o grasas, animales o vegetales fijos”. - Regla General Interpretativa 6: | o “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartidaasí como, mutatis mutandis, porlas Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas
del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de - Capítulo, salvo disposición en contrario.” . - Decreto No. 1165 de 2019 del Gobierno Nacional, artículos 303 a 307, mediante el cual se - dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. o Resolución 0046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - Artículos 313, 314 y 316, mediante la cuals e reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. o o - CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Revisada la información suministrada mediante radicados Nos. ESGTA202100022 del 19 de enero de 2021 y 000E£2021902617 del 15 de abril de 2021, la mercancía a clasificar se describe como un conjunto de máquinas que procesan materia prima para elaborar chocolate utilizado en el recubrimiento de otros productos alimenticios (galletas, wafer, etc.). .
Yo d 03/MAY/2021 Hoja No. ca | RESOLUCIÓN NÚMERO 002869
Continuación del acto administrativo porr el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado El solicitante indica que la mercancía tiene una O de producción entre 800 y 1 .000 : kg/h, el sistema realiza los siguientes procesos: .
A. Dosificación manual de materias primas: en el tanque de. mezcla se dosifican o manualmente las materias primas líquidas como la grasa y sólidas como cocoa, azúcar, leche en polvo, suero, etc. --B: Mezclado de materias primas: este proceso se realiza en el tanque de mezcla, una Vez:
recibidas las materias primas se someten a agitación constante hasta homogenizarlas y obtener una mezcla de chocolate semi líquida de aspecto pastosa, con partículas deapariencia arenosa. -C. Almacenamiento: se realiza en un segundo tanque el cual recibe por sistema de bombeo. | la mezcla del primer tanque en estado semi líquido con partículas apreciables a simple vista y forma irregular de un tamaño de 1 a 2 mm, la almacena y mantiene en constante |. - agitación para conservarla homogénea de tal forma que se pueda bombear dosifi cada. -— al siguiente equipo. -
D. Molienda: este proceso € es realizado mediante un equipo denominado “Molino de bolas”, consiste en pasar la mezcla de chocolate por un sistema que mueve 1.000 kg de bolas - de acero (de 6 a 8 mm de diámetro cada una) generando una acción de molienda y a la vez por su movimiento constante homogeniza la mezcla de chocolate, al pasar esa - «mezcla por el molino se reduce el tamaño de partículas de 150 a 200 micrones hasta 18 224 micras, mejorando las características de sabor, viscosidad y homogeneidad del chocolate. -- E. Bombeo del. producto: proceso. realizado por. el mismo. molino, 'el cual cuenta con Co bombas para impulsar el chocolate hasta los sitios de almacenamiento respectivos.
Los equipos que conforman el sistema son los siguientes:
1. Un (1) tablero. de control: contiene la parte eléctrica encargada de controlar todo el - . sistema, conformado también por un PLC, un PC. de 15 pulgadas pantalla táctil y conexión a internet.
2. Un (1) tanque de mezcla: se trata del un tanque de doble pared en acero inoxidable, con
agitador de doble anclaje y agitador de mezcla, celdas de carga, sensor de temperatura _de producto y sensor de rebose. Tiene una capacidad 1000 kg de chocolate. | 3, Un (1) tanque intermedio: es un tanque de doble pared en acero inoxidable, con agitador — - de doble anclaje y sensores de temperatura, de nivel y de llenado de rebose, cuenta con su sistema de bombeo para evacuar el producto. Tiene una capacidad de 1000 kg de - chocolate.
4. Un (1) molino de bolas: corresponde a un 1 equipo con capacidad de molienda entre 800 a 1.000 kg/h de chocolate, con un cilindro que cuenta con 1.000 kg de bolas de acero. -. Contiene un rotor y un estator en acero templado con potencia de 132 kW y un voltaje: - de 440 V.
De acuerdo a lo anterior, arancelariamente, la. combinación de aparatos. y elementos: relacionados anteriormente, trabajan conjuntamente en la producción de chocolate para recubrimientos de otros productos alimenticios; que de acuerdo con lo establecido en la Nota Legal'4 de la Sección XVI y en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado se clasifica en la partida 84.38 del Arancel de Aduanas, y conforme a la Regla General interpretativa 6 se clasifica en la subpartida 8438. 20. 20. 00. del Arancel de Aduanas. NS mérito de. lo. anteriormenté expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación del Servicio de. | Arancel dd e la Subdirección Técnica Aduane
RESOLUCIÓN NÚMERO 002869 de 03/MAY/2021 Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descritaen la presente resolucióenn ,l a subpartida 8438.20.20.00 del Arancel de Aduanas, como una máquina para la fabricación industrial de chocolate, en aplicación la Nota 4 de la Sección XV! y las Reglas Generales - Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 2153 de | — OS - 201y 6su s modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el. sitio web de la DIAN, al señor Raúl García Arias, identificado con cédula de ciudadanía | 14.988.737, representante legal de la Agencia de Aduanas Aladuanas S.A.S Nivel 1, mandataria de la sociedad Compañía Nacional de Chocolates S.A.S., en la Carrera 103 No. 25 B-86, Piso 3 en Bogotá D.C., de conformidad con los Artículos 755, 756, 763 y 764 del. Decreto 1165 de 2019 y el artículo 319 de la resolución 042 de 2019. : o - ARTÍCULO TERCERO: Informaral interesado que contrael presente acto administrativo . procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá - interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con - lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 314 de la Resolución0046 de 2019 y los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. os ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución. en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo119 - o de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestiónd e Recursos Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
03/MAY/2021 .
MARÍA Y DO GARCÍA
2 Jefe (A) deta AS 5e.f : ProÑ yectó: R: aúl Va: rgas Ee) o . Revisó: Claudia Alejandra Jurado Zapata. o. : Coordinaciónd e Notificaciones.
- Miver Central Bogotá, D.C, Se oRfItO: que after ¿co pUtris pubncado enano. O ficesl, Ls de LE
á 7 ás : A