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DIAN - Resolución 290 de 12-06-2019

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 290 de 12-06-2019
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2019

DIAN Direciónde impuesy tAcouasna s Nacicrales RESOLUCIÓN NÚMERO (00290 (12 JUN 2019 ) “Por medio de la cual se modifica el horario laboral y de atención al público del día 14 de junio de 2019 en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Villavicencio” LA DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE VILLAVICENCIO En uso de sus facultades legales, reglamentarias y en especial la conferida en el numeral 11 del Artículo 11 de la Resolución 0014 del 4 de noviembre de 2008 mediante la cual el Director General de la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales delega la facultad a los Directores Seccionales para establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional y la Resolución No.009102 de 23 de noviembre de 2016, y CONSIDERANDO Que el Artículo 3% de la Ley 1857 del 26 de julio de 2017, establece: “ARTÍCULO 3”. Adiciónese un artículo nuevo a la Ley 1361 de 2009 el cual quedará así: ARTÍCULO 5A. Los empleadores podrán adecuar los horarios laborales para facilitar el acercamiento del trabajador con los miembros de su familia, para atender sus deberes de protección y acompañamiento de su cónyuge o compañera(o) permanente, a sus hijos menores, a las personas de la tercera edad de su grupo familiar o a sus familiares dentro del 3er grado de consanguinidad que requiera del mismo; como también a quienes de su familia se encuentren en situación de discapacidad o dependencia.

El trabajador y el empleador podrán convenir un horario flexible sobre el horario y las condiciones de trabajo para facilitar el cumplimiento de los deberes familiares mencionados en este artículo. PARÁGRAFO. Los empleadores deberán facilitar, promover y gestionar una jornada semestral en la que sus empleados puedan compartir con su familia en un espacio suministrado por el empleador o en uno gestionado ante la caja de compensación familiar con la que cuentan los empleados. Si el empleador no logra gestionar esta jornada deberá permitir que los trabajadores tengan este espacio de tiempo con sus familias sin afectar los días de descanso, esto sin perjuicio de acordar el horario laboral complementario.” Que, por su parte, el Decreto 1083 de 2015 “Único Reglamentario del Sector de la Función Pública” señala: “ARTÍCULO 2.2.5.5.53 Horarios flexibles para empleados públicos. Los organismos y entidades de la Rama Ejecutiva de los órdenes nacional y territorial podrán implementar mecanismos que, sin afectar la jornada laboral y de acuerdo con las necesidades del servicio, permitan establecer distintos horarios de trabajo para sus servidores.” Que, al respecto, el memorando 000034 del 1 de febrero del 2018 expedido por la Subdirección de Personal, mediante el cual se establece el programa de bienestar laboral de la Dian para este año, el que se encuentra enfocado en el concepto de la felicidad en el trabajo, mejorando la calidad de vida de todos los servidores públicos y de sus familias, promoviendo espacios de participación, integración y esparcimiento, mediante actividades que redundan en el fortalecimiento del clima organizacional y objetivos institucionales.

Que, de conformidad con la normatividad expuesta, la Directora Seccional de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Villavicencio, en acatamiento de las directrices señaladas en el memorando en mención y en cumplimiento de lo preceptuado en el Parágrafo único del Artículo 3% de la Ley 1857 del 26 de julio de Ñ 2017, considera necesario modificar temporalmente el horario laboral y de atención al público para el día 14 de junio de 2019, por cuanto se ha programado para esa fecha la celebración del día de la familia. Calle 40 No. 33 A - 27 / 29 PBX: (8) 6828208 www.dian.gov.co Dreco6n da impuestos y Acuanas Nacieralas Que, en virtud de lo anterior, RESUELVE: ARTICULO 1%: MODIFICAR el horario laboral en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Villavicencio, por el día 14 de junio de 2019, para efectos, de la celebración del día de la familia correspondiente al primer semestre de la anualidad. ARTICULO 2.: Garantizar la prestación del servicio de atención al público en las áreas de Notificaciones, Correspondencia y Bancos, en el horario habitual de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. ARTICULO 3": A partir del día 17 de junio de 2019 rige el horario establecido en la Resolución No. 0071 de 05 de marzo de 2012 ARTICULO 4”: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNIQUESE Y CUMPLASE, Dada en Villavicencio alos 3 2 Js UN 9010

MADELEINE MANCHOLA BARACALDO

Directora Seccional

Autorizó: M. su UCA

Proyectó: L. Marina Patiño

Revisó: L. Marina Rey

Calle 40 No. 33 A - 27 / 29 PBX: (8) 6828208 www.dian.gov.co

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