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DIAN - Resolución 2924 de 04-05-2021

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 2924 de 04-05-2021
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2021

DIAN |

POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA - RESOLUCIÓN NÚMERO 002924 — (04/MAY/2029) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de > Cualquier Interesado “LA JEFE (a) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA - . En uso de las facultades legales gue le confiere el Artículo 83 del Decreto 1742 de 2020 Ce (Régimen: de Transición) y teniendo en cuenta los siguientes, HECHOS | Mediante radicado No. ESGTAZ02000561 del 20 de noviembre. de 2020, la señorFaa LAña o. ¡Elvira Barraza Pérez, identificada con cédula de ciudadanía No. 55.230351, ' representante legal de la Agencia de Aduanas. SIA. Trade S.A. Nivel 1, con NIT -802.016.658-5, en representación de la empresa Avidesa de Occidente S.A, NIT || a 815.000.863-6, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición - | de cualquier interesado para. la mercancía denominada técnica y comercialmente. “CLORURO DE COLINA 75 % LÍQUIDO”. o o a La interesada adjuntó con la solicitud copia de los siguientes documentos: mandato en. doce (12) páginas, ficha técnica con foto en dos (2) páginas, recibo de pago en una (y | página y relación de resoluciones de clasificación arancelaria expedidas por la DIAN, en .

diecisiete (17) páginas. o hi La solicitante. pagó cuatrocientos treinta y nueve mil pesos mete. (S 439. 000), con , recibo Z de pago No. 97301420-6 del 18 de noviembre de 2020, del Banco de Bogotá, Mediante Requerimiento de Información Adicional. No. 100227342. - 1807 del. 1 de - diciembre de 2020, radicado virtual No. 00082020907793 del 3 de diciembre de 2020, esta Coordinación solicitó a la interesada dar respuesta a los siguientes puntos: reportar la composición cualicuantitativa del producto, describiendo paso a paso cómo se obtiene, 0% e indicar si. presenta impurezas propias de la. sintesis, materias . primas que no: - reaccionaron o subproductos. Mediante escrito radicado virtual No. 000E2021900289 del - 13 de enero de 2021, se solicitó prórroga para responder el requerimiento, la cual fue o concedida con oficio No. 100227342 - 0080, radicado virtual No. 000S2021900222 del 18 Í- de enero de.2021. Se recibe respuesta al requerimiento de información mediante escrito virtual No. 000£2021901117 del 15 de febrero de 2020, sin renunciar al término restante otorgado para dar respuest Z

RESOLUCIÓN NÚMERO 002924 de - 04/MAY/2021 Hoja No. 2

Continuación de la resolución por la cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Por medio del formato de solicitud, se indicó que se notifique a Ana Elvira Barraza Pérez,

en la Carrea 61 No. 66 —- 13 en Barranquilla, Atlántico. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. l Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973: Decisión 812 de 2016 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto Único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” - Partida 29.23: “Sales e hidróxidos de amonio cuaternario; Lecitinas y demás fosfolípidos, aunque : ho sean de constitución química definida” : - Notas 1.a) y 1.d) del Capitulo 29 “1, Salvo disposición en contrario, las partidas de este Capítulo comprenden solamente: a) los compuestos orgánicos de constitución química definida preséritados aisladamente, aunque contenga impurezas. (...)

d) las disoluciones acuosas de los productos de los apartados a), ») la)0 ) anteriores; (Y | Regla General litorsretatia 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida - está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las. Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en - contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional, artículos 303 a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación - arancelaria a petición de cualquier interesado, : RESOLUCIÓN NÚMERO 002924 e: OAMAYIRORA io Noa Continuación de la resolución por -la cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Resolución 0046 de 2019 de la Dirección de impuestos y / Aduanas Nacionales, artículos | 313 y 314, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de clasifi cación arancelaria a petición de cualquier interesado. - CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según. la “información suministrada con radicados. Nos.. ESGTA20200056 del 20 de "- noviembre de 2020 y 000E2021901117 del 15 de febrero de 2020, la mercancía objeto de : . solicitud de clasificación arancelaria se describe como una sustancia líquida de

apariencia clara, con olor ligero a amina, pH entre 6 y 9, densidad entre 1 y 1,1 g/cm?, . que se presenta en. tambor. plástico. de 230 Kg, tanque IBC de 1100 kg. o fexitanque de« po ' 22 mt. CE “producto está compuesto por: mínimo 75 % de clorurode dóliña en solución acuosa, ..: producto de la reacción de óxido de etileno con trimetitamina en presencia de nitrógeno “como catalizador, posterior neutralización con ácido clorhídrico y ajuste a la composición deseada con agua; el cloruro de colina tiene el CAS (Chemical Abstract Service) No. 67- : -48-1 y fórmula química CsH1ONCI con peso molecular de 139,63 g/mol. El cloruro de colina ess la forma. más común y económica de colina, que es un miembro: del grupo complejo B de vitaminas solubles en agua. Es un factor esencial en el. desarrollo normal y la salud de los animales; como parte de la estructura molecular de los - fosfolípidos se ocupa de la movilización de grasas en el cuerpo y su favorece la acumulación anormal de grasa en el higado. La colina es esencial para la jormación de acetilcolina, un 1 compuesto qq ue hace posible la. transmisión de los impulsos nerviosos. : NN De acuerdo con la información suministrada, el producto objeto de estudio se trata de o cloruro de colina con. concentración mínima de 75%, en solución acuosa, que

  • arancelariamente corresponde a un compuesto orgánico de constitución química definida, cuya función química es establecida como una sal orgánica de amonio cuaternario, que - en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 y de las Notas 1.a) y 1.d) del Capítulo29, está comprendido en la partida 29.23 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado y en aplicación de . la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la «Subpartida 2923. 10. 00. 00 del Arancel de Aduanas de Colombia. : o En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación del Servicio de.

Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, RESUELVE — ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la . -- subpartida 2923.10.00.00 del Arancel de Aduanas, como una de las sales de la colina . (cloruro de colina), de acuerdo con las Notas 1.a) y 1.d) del Capítulo 29 y en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del Sistema Armonizado, contenido en el Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo O de manera subsidiaria mediante. aviso en el sitio web de la DIAN, a la señora Ana Elvira Barraza Pérez, identificada con cédula de ciudadanía No. 55. 230. 951, representante legal de la Agencia de Aduanas SIA TRARE). - RESOLUCIÓN NÚMERO 002924 de 04/MAY/2021 HojNao. 4

Continuación de la resolución por la cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado S.A, Nivel 1, en la Carrera6 1 No.6 6 —75, en Barranquilla - Atlántico, de conformidad con los Artículos 755, 756, 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el artículo 319 de la Resolución reglamentaria 0046 de 2019. o e ] E ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto. administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, de : acuerdo a lo establecido en el Artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, reglamentado por el - Artículo 314 de la resolución 0046d e 2019, el cual deberá interponerse dentro de los diez - (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en los Artículos o 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación del presente acto administrativo en el Diario Oficial, de conformidad con lo establecido en los artículos 305 del Decreto 1165 de 2019, artículo 31d9e la resolución reglamentaria 0046 de 2019, - artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y artículo 119 de la Ley 489 de 1998. — - ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestiónde Recursos Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección Técnica:

Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQY UCÚEMPLSASEE. | | o o 04/MAY/2021 . MARÍA, TR] ÁN ESTAq DO oG ARCÍA Jefe (A) de la: A E de FServicio de Arancel Subdirección TécnidaMiduanera “ Proyectó: Luis Alberto Camargo O

Revisó: Claudia Alejandra Jurado Zapata

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