DIAN - Resolución 3041 de 20-04-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 3041 de 20-04-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
o EE POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA _ RESOLUCIÓN NÚMERO 003041 | - (20ABR 2022) Por la cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA : DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA | En uso de las facultades baaaq ue le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 0070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS “Mediante radicados Nos. ESGTA202000103 del 14 de marzo de 2020 y 087E2020002914 del 16 de marzo de 2020, la señora Ana Elvira Barraza Pérez, identificada con cédula de ciudadanía No. 55.230.351, representante legal de la agencia de aduanas SIA TRADE S.A. - - NIVEL 1, con NIT. 802.016.658-5, mandataria de la sociedad Avícola Torcoroma S.A en : Ejecución del Acuerdo de Reestructuración, con NIT 807.003.438-3, presentó una solicitud de resolución anticipada de clasifi cación arancelaria, para la mercancía denominadatécnica y comercialmente como: "SISTEMA DE JAULAS AUTOMÁTICO VERTICAL PARA GALLINAS PONEDORAS”. ps EN La interesada adjuntó los siguientes documentos: formulario de solicitud en dos (2) folios, o formato FT-OA-2354 en veintinueve (29) folios, manual de garantía del equipamiento en cincuenta y un (51) folios, manual de mantenimiento en cincuenta y tres (53) folios, fotocopia
resolución No. 000120 del 04 de enero de 2019 en seis (6) folios, certificado de Cámara y Comercio de la sociedad Avícola Torcoroma S.A en catorce (14). folios, certificado deCámara y Comercio de la Agencia de Aduanas SIA TRADE S. A NIVEL 1 en ochoo (6) folios y poder enn tres (S) folios. 0 pr o l Con oficio No. 100227342 — 590 del 4 de junio de 2020, radicado virtual 000S2020902066 : del 5 de junio de 2020, esta Coordinación solicitó a la peticionaria adjuntar un listado de los equipos que conforman el sistema de jaulas, especificar el número de unidades queconforma un juego de tubería de 4 pulgadas, el juego de tornillos, tuercas y arandelas, yadjuntar catálogo e imágenes de la mercancía. Con oficio 100227342-676 del 23 de junio de 2020, radicado virtual 000S2020902614 del 24 de junio de 2020, se dio alcance al requerimiento . de información solicitando la acreditación del. Pago. del servicio de clasifi icación y sú respectivo comprobante, Io Mediante radicado virtual 000E202010179 del 29 de julio de 2020, la usuaria solicitó prórroga para dar respuesta al requerimiento de información. Con oficio No. 100227342 — -875 del 30 de julio de 2020, radicado virtual 00082020903643 del 31 de julio de 2020, estaCoordinación autorizó dos (2) meses adicionales contados a partir del vencimiento del plazo :
inicial para dar respuesta. El requerimiento fue atendido con radicado No. 000E2020915285 del 7. de septiembre, sin renunciar al término restante para responder. Por medio del formato de solicitud, la interesada indicó que se. notifique aa Ana Elvira Barraza Pérez en la Carrera 61 No. 66 - 75 en Barranquilla — Atlántico. E
RESOLUCIÓN NÚMERO 003041 de 20ABR 2022 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria Mediante Resolución 8345 del 11 de noviembre de 2020, la Jefe (A) de la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera decretó el desistimiento y el archivo de la solicitud de resolución anticipada de clasificación arancelaria de conformidad con lo establecido en el artículo 300 del Decreto 1165 de 2019, el numeral 2.2 del artículo 305 y el numeral 2 del artículo 307 de la Resolución 46 de 2019, por cuanto la usuaria en la respuesta al requerimiento no aportó el comprobante de pago del servicio de clasificación arancelaria. La señora Ana Elvira Barraza Pérez, identificada con cédula de ciudadanía No. 55.230.351, actuando como representante legal de la Agencia de Aduanas SIA TRADE S.A. NIVEL 1, mediante el buzón oficial 215361_gestiondocumental(Wdian.gov.co., del 04 de diciembre de 2020, interpuso recurso de apelación contra la Resolución 8345 de 11 de noviembre de
2020, La Subdirectora (A) de Gestión Técnica Aduanera, mediante Resolución 000083 del 7 de enero de 2021, notificada por correo según guía RA297145553C0 del 13 de enero de 2021, a la señora Ana Elvira Barraza Pérez, representante legal de la Agencia de Aduanas SIA TRADE S.A. NIVEL 1, resolvió el recurso presentado por la recurrente, ordenando revocar la Resolución 8345 del 11 de noviembre de 2020 y dando traslado a la Coordinación del Servicio de Arancel para que se analizara nuevamente la solicitud y se decidiera de fondo. Mediante oficio 100215362 — 001777 del 22 de junio de 2021, la Coordinación de Notificaciones, informó y envió a este Despacho copia de la Resolución 000083 del 7 de enero de 2021 notificada por correo y ejecutoriada parasu respectivo trámite. Con oficio No. 100227342 — 1586 del 8 de julio de 2021, radicado virtual 000S2021906773 del 9 de julio de 2021, esta Coordinación solicitó a la peticionaria adjuntar el comprobante del pago del servicio de clasificación y anexar un listado definitivo de los componentes de la unidad funcional indicando cantidad, descripción y características técnicas generales. Esta Coordinación con oficios Nos. 100165398-1593 y 1001653981592 del 8 de julio de2021, consultó a las Divisiones de Gestión de Fiscalización Aduanera, de Gestión deLiquidación y de Gestión Jurídica, a las Direcciones Seccionales y Subdirecciones de -
- Gestión de Recursos Jurídicos y de Representación Externa, respectivamente, si tenían : “conocimiento de la existencia de un proceso en curso para la mercancía objeto de la solicitud de clasificación; no encontrándose información sobre investigaciones relacionadas con este tipo de producto. : : | Mediante radicado virtual 0002021907308 del 7 de septiembre dd e 2021, la Agencia de Aduanas SIA TRADE S.A. NIVEL 1, solicitó prórroga para dar respuesta al requerimiento | de información, la cual fue aprobada por dos (2) meses, con oficio No. 100210165398 — - 1109 del 10 de septiembre de 2021, radicado virtual 000S2021909599 del 13 de septiembre . de 2021. El requerimiento fue atendido con radicado No. 000E2021909104 del 24 de septiembre de 2021, sin renunciar al término restante para responder Mediante Resolución 011933 de! 28 de diciembre de 2021, el jefe (A) de la Coordinación - de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, decretó el desistimiento y el archivo de la solicitud de resolución anticipada de clasificación arancelaria del radicado -ESGTA202000103 del 14 de marzo de 2020, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 del Decreto 1165 de 2019 y los numerales 2.2 del Artículo 305 y 2 del Artículo 307 de la Resolución 0046 de 2019. por cuanto la usuaria en la respuesta al requerimiento no aportó el comprobante de pago del servicio de clasificación arancelaria.
RESOLUCIÓN NÚMERO — 003041 de 20ABR2022 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual <s e expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria - La señora Melina Julieth de la Rosa Romero, identificadcoan cédde uciludaadan ía No. 55.312.793, actuando como apoderada de la Agencia de Aduanas SIA TRADE S.A. NIVEL : 1, mediante el buzón oficial 215361_gestiondocumentalQdian.gov.co., del 13 de enero de 2022, interpuso rr ecurso de apelación contra la Resolución 011933 del 28 de diciembre de : 2021, . o . . . o La Subdirectora Técnica Aduanera, mediante Resolución 000682 del 2 de febrero de 2022, - notificada electrónicamente . según certificado No. Bcf4b3fb-c5d8-4e88-88b3- - -f4eb39502184 del 4 de febrero de 2022, notificado a la señora Melina Julieth de la Rosa - - Romero, apoderada de la Agencia de Aduanas SIA TRADE:S.A. NIVEL 1, resolvió el recurso presentado por la recurrente, ordenando revocar la Resolución 011933 del 28 dediciembre de 2021 y dando traslado a la Coordinación del Serviciode Arancel para que se -analizara nuevamente la solicitud y se decidiera de fondo. Mediante correo electrónico del 4 de marzo del 2022 la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Direcciónde Gestión Corporativa con oficio No. 100190442 — 000807 del 4 de marzo de 2022 remitió - _ aeste Despacho la Resolución 000682 del 2 de febrero de 2022 debidamente notificada.
- FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y suanexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001: Acuerdo. de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley ga de 1973.
Decisión 885 de 2021 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los: Palses Miembros del Acuerdo de Cartagena. l . Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por al cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio s« e considerarán las siguientes Reglas, Nota) y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de : Sección o de Capitulo y, si no son 1 contrarias a los textos de dichas partidas y) Notas, de acuerdo : con las Reglas siguientes:” o Nota 4 de la Sección XVI: Cuando una máquina o una combinación de' máquinas estén constituidas por “elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cableseléctricos o de. otro modo) para. realizar conjuntamente. una función netamente definida, : - comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida l correspondiente a la función que realice. Pa rtida 84. 36 “Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, ' horticultura, silvicultura, avicultura o apicultura, -
incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos 0 térmicos incorporados y las incubadoras yo criadoras avícolas”. : RESOLUCIÓN NÚMERO 003041 de 20ABR 2022 Hoja No. 4 “Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria Regla General Interpretativa 6 “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modifi caciones — Artículos 298 a 302, - mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de resolución anticipada de clasificación arancelaria. o Resolución 046 de 2019 y sus “modificaciones de la Dirección de Impuestos y AduanasNacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de resolución anticipada de clasificación arancelaria. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO _De conformidad con lo establecido en la Resolución No. 000682 del 2 de febrero de 2022, este Despacho procede a continuar con el estudio de la solicitud de clasificación arancelaria, teniendo en cuenta el comprobante de transacción No. 77546 del 10 de marzo de 2020 por valor de ochocientos setenta y ocho mil ($ 878.000.00) M/CTE. - - De acuerdo con la información suministradaen los radicados Nos. ESGTA202000103 del
14 de marzo de 2020, 087E2020002914 del 16 de marzo de 2020 y No. 000E2021909104 del 24 de septiembre de 2021, la mercancía a clasificar es descrita por la usuaria como un conjunto de máquinasy equipos para alojar gallinas, facilitar la puesta y recolección de huevos, la alimentación de las mismas, la recolección de las heces y la limpieza de las jaulas de las gallinas ponedoras. El sistema de accionamiento de la unidad funcional es automático y su capacidad es de 74.048 aves. o El sistema desarrolla el siguiente proceso productivo.
1. Jaulas verticales de cría y recría: sirven para criar las aves desde el primer día hasta la semana 16 cuando se trasladan a las jaulas automáticas, para empezar su ciclo de postura. Las jaulas verticales para cría y recría están elaboradas en acero galvanizado, con divisiones en malla de alambre; están equipadas con un sistema de comederos de - carro tolva que permite la distribución adecuada de alimento para aves en todo el galpón y un sistema de bebedero de niple de alto flujo con regulador, filtro y medidor de agua.
2. Silo y sistema de llenado: comprende dos etapas el sistema de alimentación y el de bebederos: 2. 1 Sistema de alimentación: El alimento para las aves es almacenado en un. “silo externo cón capacidad de 18 toneladas; desde allí, se envía por medio: de una tubería con un tornillo sin fin movido por motores a 4 carros alimentadores que están ubicados en la parte inicial de cada línea de comederos dentro del galpón. El alimento es llevado por estos carros hasta cada uno de los comederos que está en
cada linea automática de alimentación. 2.2 Sistde ebembedaero tipo hiple: se encuentra suspendidoen la estructura del galpón y permite regular la presión del agua que se suministra a las gallinas a través de los niples, empleando reguladores de presión, válvulas de control y llaves de paso. Los RESOLUCIÓN NÚMERO 003041 de 20ABR 2022 HojaNo.5 Continuación del acto administrativo por el cual ss e expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria bebederos están acondicionados en tubos de PVC por donde el agua ee s llevada a cada línea de bebederos. . Cs o.
3. Sistema automático de extracción de limpiéza y y extracción de galinaza qq ue comprende: 3. 1 Sistema de recolección de estiércol, compuesto. por bandas recolectoras de polipropileno de 140 metros, ubicadas en cada nivel de lass jaulas. para desviar el desecho del ave a una fosa interior, 3.2 Sistema de extracción de estiércol: unidad motriz transportadora. y “banda transportadora que traslada el estiércol fuera del galpón, o 3.3 Sistema de cuadro o tablero de control eléctrico para. extracción de gallinaza y sacada al exterior del galpón. 3. 4 Sistema de cuadro o tablero de control eléctrico | para la recolección de gallinaza - piso por piso y hasta la parte frontal del galpón.
4. Sistema de ascensor Ultrafit 0) Noria para la recolección de huevos en cada línea y piso - - hasta la parte frontal del galpón. Este sistema inicia su proceso cuando recibe la
respectiva señade lu n panel electrónico; la estera se queda estacionada en el primer : piso y a partir de este posicionamiento empieza la recolecciónde huevos mediante un - movimiento vertical hacia el piso inferior y así sucesivamente hasta el primer piso, en e donde los huevos son transferidos, a la estera y de allí hasta el sitio de clasificación, o La máquinas y equipos que componen la unidad funcional son:
4. Cuatro mil cuatrocientos ochenta (4. 480) secciones de jaulas, compuesta cada una por : un (1) techo, un (1) piso, un (1) espaldar y un (1) lateral. Las 4. 480: secciones conforman 4 líneas de 4 pisos cada piso con 280 secciones. a o , Un (1) sistema de alimentación compuesto por Un (1) silo de 18 tn, cuatro (4) carros repartidores, cuatro (4) unidades motrices y ochocientos treinta y dos (832) canales de 3,8 mts, un (1) cuadro eléctrico de alimentación con programador de horarios, . . Un (1) sistema de bebida compuesto por doscientos ochenta y ocho (288) tubos dePVC de 6 mt, nueve mil doscientos diecisls (9. 216) nipples «o tetinas y dieciséis (16) reguladores de presión. Do l : o. . Un (1) sistema de recolección de huevos tipo ascensor Ultrafit > Noria para la - recolección de huevos en cada línea y piso hasta la parte frontal del galpón con treinta : y dos (32) cintas recolectoras de 217 mt. de largo, un nm cuadro eléctrico para. la
recolección de huevos. Un a) sistema de recolección d€ e gallinaza con dieciséis (16) cintas récolectoras de 219 mt de largo, un cuadro (1) eléctrico de extracción de gallinaza y sacada al exterior delgalpón, un (1) cuadro eléctrico para recolección de gallinaza piso por piso y hasta la parte frontal del galpón. Treinta y dos (32) motoreductores, que comprende 16 unidades de potencia de 0. 37 KW y 16 de O, 75 kV con sus soportes. : Un (1) motor siloflex de 0,75 kW.
RESOLUCIÓN NÚMERO 003041 de 20ABR2022 HojaNo.6
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria
8. Un (1) silo de 18 toneladas con su sistema de descarge y transporte del alimento hasta los carros repartidores.
9. Veinticuatro (24) bandejas de la noria de transferencia para la retención de suciedades; dimensiones 501 X 553 mm con sus soportes y piezas de fijación. 10, Ocho (8) piezas bandeja fijadas debajo de la cinta de huevo con sus soportes y piezas de fijación.
11. Ocho (8) cortinas de 2.850 mm x 2.300 mm con sus accesorios de instalación.
12. Ocho (8) cortinas para la salida de huevos con sus accesorios de instalación. | 13. Cuarenta y ocho (48) guías de huevos con sus accesorios de instalación. |
14, Ocho (8) piezas desvío de huevos. Pieza 2 (noria y noria transferencia). 60 Xx 392 mn m -15. Ocho (8) piezas desvío de huevos. Pieza 3 (noria transferencia). 60 x 1.334 mm. -De acuerdo con lo anterior, se establecqeue arancelariamente los equipos listados en los numerales 1 a 15 corresponden a un conjunto de máquinas y elementos que conforman un sistema para la postura y recolección de huevos, que en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 se encuentra comprendido en la partida 84.36 de la Nomenclatura del - - Sistema Armonizado, de acuerdo con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XV! y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida arancelaria 8436. 29. 20. 00 del Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, e jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida 8436.29.20.00 del Arancel de Aduanas como una batería automática de puesta y recolección de huevos, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las . . Reglas Generales interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modifi icaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el .
sitio web de la DIAN, a la señora Ana Elvira Barraza Pérez, identificada con cédula de ciudadanía No. 55.230.351, representante legal de la agencia de aduanas SIA TRADE S.A. NIVEL 1, en la Carrera 61 No. 66 - 75 en Barranquilla — Atlántico, de conformidad con lo establecido en el Artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el Artículo 137 del - Decreto 360 de 2021; Artículo 311. de la Resolución 0046 de 2019 modificado por el Artículo 111 de la Resolución 0039 de 2021.
ARTÍCULO TERCERO: Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá - interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con . lo establecido en el Artículo 298 del Decreto 1165 de 2019, y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. - RESOLUCIÓN NÚMERO 0301 de 20 ABR 22022 Hoja No. 7Continuación del acto administrativo por el cual ss e expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria | ARTÍCULO CUARTO: Ordenar una vez en firme, la publicaciónen el Diario Oficial de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el Artículo 311 de la Resolución - 0046 de 2019, modificado por el artículo 111 de la Resolución 0039 de 2021, el Artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa, a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección de Técnica Aduanera para lo de su competencia y publiquese en la página web de la DIAN,
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 20'ABR 2022
- FABIÁN ALBERTO GARCÍA CASTAÑEDA |
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria
- Subdirección Técnica Aduanera e
Proyectó: Ricardo Clavijo Mayorga": OR : Za e Revisó: Claudia Alejandrá Jurado Zapata 6 ) LPS a a : : o -PERUNA EACRrRIA MÁS murara Coordinación de Notificaciones
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