DIAN - Resolución 32 de 23-05-2018
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 32 de 23-05-2018
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2018
- DIAN' E e sul Deeogén da mpuertos y cuarta Nacanalos.
RESOLUCIÓN NÚMERO 000032 (23 MAY 2918) Por la cual se prescribe el formulario para la presentación de la “Declaración de Renta y Complementario Personas Naturales y Asimiladas de Residentes y Sucesiones llíquidas de Causantes Residentes”. . EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES En uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el numeral 12 del —s artículo 6 del Decreto 4048 de 2008, los artículos, 574, 578, 579-2 y 596 del Estatuto Tributario y, CONSIDERANDO: Que se requiere prescribir el formulario para presentar la declaración del impuesto de Renta y Complementario correspondiente al año gravable 2017, obligación legal que debe cumplirse en el año 2013 por las personas naturales y asimiladas de residentes y sucesiones ¡líquidas de causantes residentes. Que se requiere hacer una aclaración en el instructivo del formulario 110, prescrito mediante la Resolución 000013 del 20 de marzo del 2018. Que cumplida la formalidad prevista en el numeral 8 del artículo 8 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el proyecto de Resolución fue publicado en la página web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 41. Declaración de Renta y Complementario Personas Naturales y
Asimiladas de Residentes y Sucesiones líquidas de Causantes Residentes, - Formulario No. 210. Prescribir para la presentación de la “Declaración de Renta y Complementario Personas Naturales y Asimiladas de Residentes y Sucesiones llíquidas de Causantes Residentes” correspondiente al año gravable 2017 o fracción de año gravable 2018, el Formulario Modelo No. 210, diseño que forma parte integral de la presente Resolución. La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales — DIAN. . pondrá a disposicióne l Formulario Modelo No. 210 en forma virtual en la página web, . - Www.dian.gov.co, para su diligenciamiento, presentación y pago electrónico, o para su Y diligenciamiento en el sistema y posterior presentación ante las entidades autorizadas para recaudar. 000032 23 MAX 20%8 RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No..2 d CC e ao n ut sRi aen nnu tta a ec si ó yn R eC sd o ie m d ep nl la t e emR se e ”s n .o tl au rc ii oó n PP eo rr s ol na ascu al N as te u rp ar le es sc ri y be A siel m if lo ar dm au sla ri do e p Ra er sa i dl ea ntpr ee ss en y ta Sc ui có en s iode n el sa “ lD le íc qul ia dr aa s ci dó en Parágrafo 1. El formulario prescrito en este artículo es de uso obligatorio para las p líe qr us io dn aa ss den at cu ar ua sle as n tey s as qi um ei la ed n as e l c mo on mer ne tsi od en dc ei a suf is mc ual
e rte en e el r ap na ís r esy idp ea nr ta e s la fs iscs au lc ee ss i eo nn es el país. Parágrafo 2. Cuando el contribuyente o declarante haya sido seleccionado por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales — DIAN. entre los obligados a cumplir con el deber de declarar a través de los servicios informáticos electrónicos, deberá presentar la respectiva declaración en forma virtual utilizando el instrumento de firma autorizado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Las declaraciones presentadas por un medio diferente se tendrán como no presentadas. A CoR mT pÍ lC eU meL nO t ar2 i. o Ac ol ar da er Ie nn g ree sl o s ins y tru Pc at ti rv io mond iel o f po ar ram ul Pa er ri so o na11 s0 “ JD ue rc íl da ir caa sc ión y Asde i milR ae dnt aa s yy Personas Naturales y Asimiladas no Residentes y Sucesiones llíquidas de Causantes no Residentes” prescrito mediante la Resolución 00013 del 20 de marzo de 2018, en la casilla 83 Impuesto de ganancias ocasionales, dónde se hace relación a la casilla 75 se debe entender casilla 78; así: 83. i Aai pm dn lp g eiru mce ae ás rs so t ,so l a dp tod eare r b i efa g l oa lt en ie sr qa í un a iesc dl, a i ra v as r eli lo f rao s i c mda py e s
ul i ea so p p tn u r oa e e l s me t i qs a o u: s e si pe d n os e rc vr dei e elb n s a cg v oa an le d otn o r a re ds e et n la a lae rc sla es ti dp el e enl r c ma i i áo ó se d nl o v gee angi nn rt aa le v na a cb f ip l u ao e er s. n tc e oLi ce an a qt so iub oa e ns( l ae 2 e l 0 e% f sa) u e l cad ae p sl rq i a lu c lv e t aa i l co d 7r a 8e d b ad e . le e corresponda a la tarifa única del diez por ciento (10%) prevista en el artículo 313 E.T. o ARTÍCULO 3. Publicación. Publicar la presente Resolución de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011. AS: ARTÍCULO 4, Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las que le sean contrarias. o
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D. C., a los
Y SANTIAGO ROJAS ARROYO
A Director General
Elaboró: Mesa de Formularios Revisó: Luis Adelmo Plaza Guamanga /Dirección de Gestión Jurídica JA up rr ío db ió ca: . Natasha Avendaño, Directora de Gestión Organizacional / Liliana Andregsborero Gómez, Directora de Gestión
NES SS e
000032 REPUBLICA DE COLOMBIA Declaración de Renta y Complementario Personas DIAN' Naturales y Asimiladas de Residentes y Sucesiones líquidas de Causantes Residentes waño [2D ]n 0c Pcos 1iInói 1puntn 7t ia ]y A du Mu -r i +o
4. Número de formulario Colombia un compromiso que no podemos evadir Lea cuidadosamente las instrucciones E 5. Número de Identificación Tributaria (NIT) €. DV, | 7. Primer apellido 8. Segundo apellido 9. Primer nombre 10, Otros nombres ES 2 es Dirección Bl] j ] E ERAN indique: 25. Cód, ena mario EOI) Siftarque rx L) hirooiarto doble ect Margue 1x0) L..] 8 [Patrimonio bruto... O ES Dividendos y participaciones 2016 y anteriores, y otros | g7
E Deudas : 30 ín Ingresos no constitutivos de renta ] $8 ¿ Total patrimonio liquidó (29 AS ES] Se porta liquida ordinaria año 2016 y anteriores 69
Ingresos brutos por rentas de trabajo (art 103 E.T.)| 32. $8 Es 5 PA aña 2017 y siguientes numeraló 179 El ngrésos mo constitutivos de renta : ES 2 Cr y sígulentes parágrafo 2 71 E Renta quida (32-39) E O vecibldos del ener ao OR 72 entes prentas de trabajo y deducciones 136. .|£ | Rentas exentas de la casilla 72 73 E nieA n y otucciones [ys A 'Renta líquida cedular de trabajo (34-36) -. 137 |' O a OS Ra 75
Oy da Sho ganas de penslones 381 E | Renta presuntiva _ 76 le Ingresos mo constitutivos dl erénta les == us da ganancias ocasionales del pais 77 E Renta liquida (38 - 39) 40 E Costos por ganancias ocasionales 78 SS 2 Rentas.exentás de pensiones A ES 38 Ganancias ocasionales no gravadas y exentas — |79 Renta líquida cedular de pensiones (40-41) |42 1 jonales g bies (77-78-79) (80 Ingresos brutos rentas de capital MB Le E [De trabajo y de pensiones 81 CIngresaos hnoa scson ostirtuostivcos a dse renta 4: 4 E2S De capital y no laborales 82 e o E a dare noo E recomendó. O A E. E; [eKentS quisO osrdin aria ded el cetjrc olo +ec4lon7es. >: Tnotealt omp uesrtool a soobnrt arena : .",> -44. 45-49), dl elresóltado es negativo, escriba cero (0) quida 838 a e lencia 194.045 48-43-47) se 8 impuestos pagados en el exterior 89 Compensación por pérdidas de ejercicios 82 5 Donaciones 9% AS E Cd 5 |. | E lomos er Ingresos brutos rentas no laborales 54 E a Total descuentos tributarlos (sume 89 a 91) | 92 Devoluciones, rebajas y descuentos MEJIA 5, | Impuesto neto de renta (88 - 92) 93 Ingresos no constitutivos de renta 7 56 S impuesto de ganancias ocaslonales 94
q |Ssgatstoso prsocedyent es E E Depa inpsestos pagados an lestenor. [ys E Renta líquida (54-56 - 58 . 57) 58 3 | Total impuesto a cargo (93 + 94 - 95) 96 : Fortis Pastas no [sborales -ECE Ls! anio renta ¡quedo año gravable anterior 97 g a las rentas no borales ' e OS 60 o a En 98 z R Se En dt a i l Dgui da Elo r rd ei sn iar di oa esde l e sej ae ,rc ic eio t a(S 4+ c5 e9 o. .5 (5 0) 6Él 2 po in r enta O parR a I el Ó añoN g ravaa ble siguiente 1> 00 + 54-58), sb el resultado es nagativo, eseriba cero (0) 163]: (96 2100, qee o 101 aCompe nsaciones cis |54 eSanciones n m10 2 si 62.s iquel a cero (0), 66 qual 86 "66 (Pr EOS 788" 100 - 102) 104 108, No, Identificación slgnatario 106, D.V. den No, Identificación Porontesco 981, Cód, Representación | E - i 297. Espacio oxcluslvo para el sella de la entidad rocaudadora Fima'dal declarante o de quien lo rep resenta => 980, Pago total $ | : z z 996, Espacio para el número interno de la DIAN / Adhesivo 982, Cód, Contador . Fimat 000032 INSTRUCTIVO PARA EL. DUAGENCIAMIENTO DE LA DECLARACIÓN DE RENTA Y COMPLEMENTARIO PERSONAS NATURALES e Y ASIVMILADAS DE RESIDENTES Y SUCESIONES ILÍQUIDAS DE CAUSANTES RESIDENTES, AÑO GRAVABLE 2017 O FRACCIÓN AÑO GRAVABLE 2018
Esto istuctwvo lo orientará en el diligenciamiento del formulario, Recuerde que estas son orientaciones generales y no eximen de la obligación de aplicar las normas legales y reglamentarias que regulan el impuesto sobre la renta y su complementario de ganancias ocasionales, - Tenga en cuenta que la declaración mo debe tener ermendaduras m tachaduras, - aP car eá l antdi el ig Re Un Tc )ia r ace tl uaf lo lr zm au dl oa ,r io de la declaración debe tener el Registro Única Tributario (en mL úa ls t ipc la os il dl ea s 1.d 0e 0l 0 f mo ár sm ul ca er ri so á nod ;e st ei nn a cd aa ss o da e v na ol or te ens e r d ve ab le on r a se rr e gisd ti rl ai rg , en ec si ca rd ia bs a cy era o pr (0o ).x m Na od a Us fi lica al paréntesis, signos negativos ni caractores. La Unidad Administrativa Especial, Direccion de Impuestos y Aduanas Nacionales (en adelante DIAN) en su página web wew,dign,gov.co, liene los formularios asistidos y gratuitos que usted puede diligenciar, imprimir, frmar y presentar en el banco. Recuerde que la página no lo permite imprimir el formulario sin diligenciar. No utilice fermularias fotocopiados. . 23 MAY 2018
23 MAY 2018 32, Ingrosos bruitos por rentas de trabajo fart. 103 E.T.): incluya en esta casilla el valor en dinero a un especie correspencionte a salarios, prima legal. primas oxtralegales, cosantías efectivamente pagadas por su empleador en el periodo o las aplicadas a un credito hipolecarlo o i ndr ee mt ni ir zaa cd ia ose nn e s al pp ee r río dd eo s pidde o s mu j usf to in fd io c adod ,e c be os na in ft ií ca as c, i onv ei sá tic yo s, d emg áas st os c onde c epr te op sr ese lan bt oa rc ai ló en s, , subsidio familiar, auxilio por enfermedad, auxallo funerario, auxilio de metornidad, vacaciones.
emolumentos eclesiásticos, ate. A partir del año gravable 2017 el auxilio de cesentías y los intereses sobre cesantlas se e mn ot me en nd te or án d e r ce oal ni sz ia gd no as c ióe nn e al l m foo nm de on t do e cd ee sl a np ta ig ao s d ee nl c oe nm tp rl áe na dd oo sr e d a ir de ic st po o sial c it ór na b da ej la d to rr a bao j ae dn o r.e l En el caso del auxilio de cesantía del régimen tradicional de) Código Sustantivo del Trabajo, contenido on el Capítulo VI. Título VIIl, parte primera, y demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen, se entenderá realizudo con ocación del reconocimiento por parte 41 .. A Nñ úo m: e rc oo rr de e sp fo on rd me u laa rl ioa :ño eg str ea va eb sl pe a ciq ou e coes rt rá e sd pe oc nl da er an ald o n. ú mero único Asignado por la DIAN. d p ( ce 9o ol 1r m) pe a lu dm ex ep mi l l ee i d noa i t d c ao id rr e e i. m o b c reP e ysa ar ena ldt eí l d a et s la a. l ñe as o ñ t oo e gmf r ie a ac nn vt md ao es bo d, l ie ale a tl m aad mt ti er ef na e rb tr ia ee aj n a cd i adao ne tr e rr d ier e ose c ru .c ll ao t rn a Eao n ncc t ie e ó c r n aá se ont dc r ea le d d e a il ro m es pa t iuñ rs eo oa s sl t dg oo pr s aa r v s ca o iab b al r lte e er se ie lnl at a a n i trn eéyg n s tr aa u ds n ea o ly
DATOS DEL DECLARANTE t Er ne in et sa t á y cU an so il la( 31 t) a md be i éd ni ci de om bb er re á d ie n clc uie rc a l osa ño m, g reel s ov sal or p orc o sr ir ge us np oo nd di e en lt ose ss ie g uia ed ni tc el so na cr oá n, c eptos: L hoo js a d pa rt io ns ci pd ae l l da es l c Ra Us Ti .ll as 5, £, 7, 8, 9, 10, 12 y 24 deben coincidir con los datos registrados en la hH oo nn oo rr aa rr ii oo ss : l a e rs ec mri ub na e re an c ie ós nt a alc as ri al bla a jolo s iI nn tg elr ee cs to us a l po ar lc oso n qe ue ep to s e de a sih mo in lo ar na ri lo as s , coSe m pa en nt sl ae cn ide o nepo sr por actwvidades desarrolladas por expertos, asesorías y ejecución de programas científicos,
5. Número de identificación Tributaria (NIT): escriba el Número de Identificación Tributaria yp ro cf oe ns ti ro an ta ol se s, d e té ac dn mi ic no is s try ad ce i óa ns is dt ee ln eci ga a dat écn y ic da e, m ác su ,lt ur dal oe ns d, e de pp ro or dti ov mo is n, e co eln t fr aa ct ta os r d ie n tc eo len cs tu ul at lo ,r ia la
(en adelante NT) asignado parla U.A.E. DIÁN, sin el dígito de verificación, que se encuentra creatividad 9 el ingenio sobre el trabajo manual o material, pagados a personas jurídicas o
en la casilla $ de la hoja principal del RUT. naturales, 76 .. vD u P nV r . ei: nmg lu e aie r s o n c a ael p s y e a llD q lí l aug i el d t 9oo 1:a pd da ee er s coV r sce uier b i a Rf a Ui n Tc s u .a c lai pó rcn ia msi e¡ l re l n a aa pA ed le d lel i a dn olt a e ch o oD j mV a o. ) pr aq m pnu ace ri p ea cs le e de een l n cu R se uUn Tt . dr oa c us me ep na tr oa do d e en i des nu t ifN iI cT a cip óo nr a ri s t een crc t ivl biiu icy e dia mo o ps so e n y d pe oqe rus et v a i p nc eco rc una slts oai r ncl al i ata ó se n n lo nds o a e t v uh i reo n asn c leo u er l sa e t r n ri a qo ba us a ej au dnp o po r rr ( , e1c ) si tb Tt ei ar nd ma o bbs a i sj é ea np rdo v or ir ci inl ocaa sls s uo ycp a y i e ar qd es unoo e n a ea ss vt l iaa n n ca ua cc lt at s eu i i nr v l a i ldl aa o dds o, l so sq su i h (e n 2o ) ni op m r or p ao o rs mn it áa oe sr sn
2. Segundo apellido: escriba su segundo apellido como aparece en su documento de trabajadores asociados a la actividad por un tiempo de vinculación menor a noventa (90) días 9, i Pd re in mti ef ri ca nc oió mn b ry e :e n el sa crc ia bsi al la s u 32 p rid me ers u noRU mT b. r e como pparece en documento de identificación y c ano tn et ri in ou r os c ony d id ci is óc no nt pi on du ro ás . serE n Ine cs lt ue i doc a es no , la n si en cg cú in ó n in dg er es Ro e ntp aor s h co en do ur la ar ri eo ss noq ue l abc ou ram lp el sa , c co asn i lll aa en la casillo 3% de su RUT. $4 (Ingresos brutos rentas no laborales).
19. Otros nombres: escriba su segundo nombre y otros, como aparecen en su documento de Comisiones: escriba en esta casilla los ingresos por concepto de comisiones. Se entiende identíicación y en la casilla 34 de la hoja prncipal del RUT. por comisiones las retribuciones de las actividades que impliquen ejecución de actos,
12. Cód. Dirección Seccional: registre el código de la directión seccional que corresponda al operaciones, gestiones, encargos, mandatos, negocios, ventas, otc. domicilio principal de su actividad o negocio según coma aparece en la casilla 12 del RUT. Compensaciones: se considera compensación toda aclividad, labor o trabajo prestado
24. Actividad económica; escriba al código de la actividad económica que le generó mayor drertamente por una persona natural (difarante a honorarios) que genere una contraprestación
valor de Ingresos en el periodo gravable a declarar, el cual debe corresponder 3 alguno de los en dinero o en espere a cargo de las cooperativas de trabajo asociado. informados en las casillas 48, 48 ó 50 del RUT, Compensaciones por servicios personales: se considera compensación por servicios Si es una corrección indique: porsonale$ toda actividad, labor o vabajo prestado diroctamente por una persona natural, que genere una contraprestación en dinera o en especie, independientemente de su denominación o forma de remuneración,
25. Cód.: registre. “1” sí es una corrección a la declaración privada. “2" si es una corrección de Cuando la persona natural cumpla con la totalidad de las siguientes condiciones, no se acuerdo con la Ley 962 de 2005, "3" s: corrige luego de un acto administrativo. considerará que la actividad, labor o trabajo, corresponde a una compensación de servicios 26, Número de formulario anterlor: si va a corregir una declaración correspondiente al año persenalos: gravable qua sa ostá declarando, escriba aquí los múmoros que figuran an la casilla 4 del 1. incurrir en coslos y gastos necesarios para la prestación de tales servicios, de conformidad formulario abjeto de corracción o los números del acto administrativo correspondiente, con el artículo 107 ET.
27. Fracción año gravable 2013; debe sur escogida esta opción si se presenta una declaración 2. Desarrollar $u actividad con criterlos empresariales y comerciales teniendo en cuenta la por fracción de año gravable 2018. normalmente acostumbrado en su rospectwa actividad, tales como: asunción de pérdidas 28.51 es beneficiario de un convenio para evitar la dable tribistación (Marque “X”); Los manetarias que resulten de la prostación del sorvicio, asunción de rosponsabilidades ante
convenios celebrados por Colombia están fundamentados en el modelo de convanio de terceros por errores o fallus en la prestación del servicio. la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico OCDE, conservando la 3, Contratar o vincular a dos (2) o más trabajadores o contratistas asociados a la actividad estruclura Básica desarrollada por ase modelo. Adicionglmente, introducen lnearmentos generadora de renta, por un tórmino igual o superior a noventa (90) dias continuos o del modelo de la Organización de las Naciones Unidas ONU y otros que contemplan [es discorttinuos durante ei período gravabie. El término aquí señalado deberá ser cumplido circunstancias de fa legislación irtera. Los convenios para evitar la doble tributación como minimo respecto de dos (2) trabajadores o contratistas, y provenir la evasión y elusión fiscal son acuerdos solemnes entre estados soberanos Para efectos de la definición de compensación por servicios personales de que trata este contratantes que tienen coma fmalidad distribuir la potestad tributaria entre allos para evitar ánticilo, no se tendrán en cuenta Jos honorarios, en la medida que a estos ingresos se les que sus residentes estén sometidos a doble imposición. aplicará lo previsto en el inciso segundo del numeral 4 del artículo 1.2.1.20,2., del Decreto Con fundamento en fo anterior, si obtuvo rentas de países con quien Colombia tiene celebrado 1625 de 2016 Unico Reglamentario en Meteria Tributaria, un acuerdo para evitar la doble imposición, marque una X. Apoyos ómi para fi lar prog educativos; on el evento en que el apoyo económico seu otorgudo en razón a una relación laboral, legal y reglamentaria, deberá
SECCIÓN PATRIMONIO ser declarado en la cedula de rentas de trabaja. Case contrario, la persona natural deberá dedarar las surnas de que trata el presente articulo en la códula de rentas no laborplez. 29, Patrimonto bruta: escriba en esta casilla el total del valor patrimonial de todos los blenes y Obtenidas en el exterior: oscriba en esto casilla el valor de los ingresos obtenidos en el derechos apreciables en dinero poseídos en el país o en el exterior por el contribuyente al exterior por cuziquiera de los conceptos anteriormente relacionados. final del periodo fiscal, 33. ingrosos no constitutivos de renta: para efectos de establecer la renta liquida cedular, del Para efectos fiscales, determine el valor patrimonial de los activas, conforme a las reglas del total de los Ingrosos de esta cédula obtenidas en el periodo gravable, se restarán los ingresos E.T.. de acuerdo con la naturaleza de los activos. La información contable es la determmada no constitutivos de renta imputables a esta códula, de acuerdo con los marcos técrucos normativos contables vigentes en Colombia, tomando incluya en asta sección los ingresos no constitutivos de renta de las rentas de trabajo. tales como hase los estados financieros individuales o separados, excepto en los rasos en los camo: que de acuerda con las normas fiscales se deba declarar incluyendo información de los Aportes obligatorios 3 fondos de y | y solidaridad jonal y aportes negocios o contratos en los cuales se tenga participación. como en el caso de los Contratos voluntarios al régimen de ahorro individual con solidaridad — RAIS: incluya los aportes de Colaboración Empresarial. donde se deberá tomar los estados financieros consolidados o obligatorios que etectúen los trabajadores y afiliados al Sistema General de Seguridad Social
combinados, según el caso, sn Pensiones . Los valoresde los activos en moneda extranjera se estiman en moneda nacional al momento De conformidad con lo establecido an 12) parágrafo 1 del articulo 135 de la Ley 100 de 1993, de su reconccimiento inicial a la tasa representativa dal mercado, menos los abonos o pagos modificado por el artículo 12 de la Ley 1919 de 2016 y del artículo 55 E.T., adicionado por el medicos a lá misma tasa representativa del mercado del reconocimiento inicial. artículo 13 de ta Loy 1919 de 201€, las entizacionos voluntanas que efectúen los trabajadores Nota: sí no Incluyó activos poseidos en el pais y en ol exterior en las declaraciones de y añliados al Sistema General de Seguridad Social en Pensiones dontro del régimen de periodos anteriores no revisables por la DIAN, podrá adicionarlos en esta casilla. El valor de ahorro individual con solidaridad a partir del 1” de onero de 2017 y los aportes voluntarios los activos omitidos también debe registrarse en la casilla 5 ¿Rentas líquidas gravables no 3 fondos de pensiones obligatorios, serán considerados como un ingreso no constitutivo de laborales (Incluye rentas pasivas no laboralos ECE)). renta ni de ganancia ocasional, 30, Deudas: rogistre en esta casilla el total de los saldos pendientes de pago a 41 de diciembre Este misma tratamiento tendrán sus rendimientos en el respectivo año gravable on que se del penodo fiscal, tales coma: obligaciones financieras y cuentas por pagar, arrendamientos eneren, . por pagar. otros pasivos financieros, impuestos, pravámenes y tasas por pagar, pasivos por Pos rellros, parciales o totales, de las cotizaciones voluntarias de los afiliados al régimon de
beneficios y los empleados, pasos paringresos diferidos y otros pasivos u obligaciones con ahorra individual con solidaridad paro finos distintos a la obtención de na mayor pensión a terceros que no $e encuentran incluidas en las demás grupos del pasivo. . . un retiro anticipado constiltirán renta gravada en el año en que sean retirados, . Los contribuyentes que no estén obligados a llevar libros de contabilidad solo podrán solicitar Aportes obligatorios a salud: registre los aportes obligatonos que efectúen los trabajadores pasivos respaldados por documentos de fecha cierta. En los demás casos, los pasivos deber y afillados al Sistema General de Seguridad Social en Salud los cuales no harán parte de la estar respaldados par documentos idóneas y con al lleno de todas las formahdades exigidas base para aplicar la rotención en la fuente por salarios, y serán considerados como ul ingreso por la contabilidad. (Consulte el artículo 283 del Estaluto Tributario (en adelante E,T. en no constttutivo de renta n da ganancia ocasional, _. concordancia con los artículos 767 y 770 del mismo Estatuto), Apoyos económicos para financiar programas educativos; son ingrasos no constitutivos Para efectos fiscales, tenga en cuenta que los pasivos en moneda extranjera se estiman de renta o ganancia ocasional, los apoyos económicos na reombolsables o condonados, en moneda nacional al momento de su reconocimiento inicial a la tasa representativa del entregados por el Estado o financiados con recursos públicos, para fimanciar programas mercado, menos los abonos e pagos medidos a la misma tasa representativa del mercado educativos, cuando sean otorgados en razón 3 una relación de tipo laboral o legal y
del reconocimiento iniclal de conformidad con lo previsto en el artículo 285 y 288 del E.T.. reglamentaria. así mismo tenga en cuenta lo dispuesto en al articulo 287 £.T. en la detorminación del valor Otros ingresos no constitutivos de renta: los demás ingresos no constitutivos de renta que patrimonial de las deudas. apliquen a la cédula de rentas de trabajo. Na anciuya provisiones contables que ho se acepten fiscalmento. Pagos a terceros por alimentación: Los pagos que efectúen los patronos a favor de Nota: s| en declaraciones de perlodos anteriores, no revisables por la DIAN. incluyó pasivos torceras personas, por concepto de la alimentación del trabajador o su familia, o por concepto inexistentes, podrá exclulr ese valor de este casilla e incluirlo en lo casilla 65 (Rentas llquidas del suministro de alimentación para estos an restaurantes propios o de tercaros, al igual que gravables no laborales (Incluyo rentas pasivas no laboralas ECE)). . los pagos por concepto de lá compra de vales o tiquetes para la adquisición de alimentos 31, Total patrimonio liquido: escriba on esta casilla el resultado de restar del valor de la casilla del trabajador o su famila, son deducibles para el empleador y no construyen ingreso 29 (Patrimonio bruto) el valor de la casilla 30 (Deudas), cuando sea postrivo, de lo contrario para el trabajador, sino para el tercero que suministra los alimentos o presta el servicio de escriba cero (0). restaurante, sometido a la retención en la fuente gue le corresponda en cabeza de ostos últimos, siempre que el salario del trabajador beneficiado no exceda de 310 UVT. Lo anterior
SECCIÓN RENTAS DE TRABAJO sin menoscabo de lo dispuesto en materia salarial por el Código Sustantivo de Trabajo. Quando los pagos en el mes en benaficia del trabajador o de su familia, de que trata el inclso Pertenecen a esta cédula las rentas de trabajo definidas en el articulo 103 E.T.. considerando anterior excedan la suma de 41 UVT, el excoso constituya ingreso tributario del trabajador, las definiciones que se establecen en el artículo 1.2,1,20,3 del Decreto 1825 de 2016 Único sometido a retención en la fuente por ingresos laborales. Lo dispuesto an este inciso no aplica Reslarnentario en Materia Tributaria, para los gastos du reprosantación de las empresas, los cuales son deducibles para estas. 000032 23 MAY 2058 Para los efectos, $$ entiende por familia del trabajador, el cónyugo o compañero (a) Por pagos laborales (25%): esenta en esta casilla ol valor correspondiente al veinticinco permanente, los hijos y los padres del trabajador. por ciento (25%) del valor total de los pagos laborales recibidos en el año, limitada a 240 UVT De acuerdo con el contenido del artículo 397.1 E.T. los pagos a terceros por concepto de mensuales, El cálculo de esta renta exenta se efectuará una vez se detraiga dol valor total alimentación no constituyen ingreso tributario para el trabajador, sino para el tercero que de los pagos laborales reciiidos por el trabajador, los ingresos no constitutivos de renta, las
suministra slempre que se encuentren dento de las condiciones de que el salario del deducciones imputables por pagos de intereses de vivienda, por dependiente económico, por trabajador no supere 310 UVT y limitando a 41 UVT. ! pago de medicina prepagada y las demás rentas exentas diferentes a esta: sobre esta baso asi Al contrario, silos pagos a terceros por este concepto son para un trabajador con salario de calculada se aplicará el 25%. La exención aquí prevista no $e otorgará sobre las cesantías, sobre menos do 310 UVT exceden los 41 UVT el axceso s! constituye ingreso tributario sometido a la porción de los ingresos excluida o exonorada del impuesto de renta por otras disposiciones, ni retención. sobre la parte gravable de las penslorias, La exención del factor prestacional a que se reflere el Cabe observar que, s1 el salario del trabajador es superior 2 310 UVT, no aplica este bene/aro, artículo 16 de la Ley 50 de 1930 queda sustituida por lo previsto ert este instructivo. Asi las cosas, para efectos de la depuración sí está moluido este pago como ingreso labora! dentro de las condiciones fijadas an la norma legal se puede detraor el ingreso por pagos a DEDUCCIONES IMPUTABLES terceros por concepto de alimentación menor de 41 UVT imputable a rentas de trabajo. 34, Renta líquida: es el resultado de restar de la casilla 32 la casilla 33, Las deducelones imputables son aquellas que, aunque no tengan relación directa con la actividad
35. Rentas exentas de trabajo y deducciones imputables: escriba el resultado de sumar el roduclora de renla, por expresa disposición legal son aceptadas como beneficio tribulario. total de las rentas exentas más el total da las deducciones imputables, Deducción por dependientes económicos: Las personas naturales que rociban mgresos por rentas de trabajo, tendrán derecho a una dedurción mensual de hasta el diez por ciento (10%) del RENTAS EXENTAS total de dicha renta en el respectivo mes por concepto de dependientes, de contormidad con to establecido en el articulo 1.2.4.1.18, del Decreto 1825 de 2018 Único Reglamentario en Materia La renta exenta es un beneficio que recue sobre (a renta líquida, es decir, es una porción de la Tributaria, hasta un máximo de treinta y dos (32) Unidades de Valor Tributario - UVT mensuales. renta líquida qué se resta de esta, para obtener la renta liquida gravable. Para propósitos de esta deducción tendrán la calidad de dependiermes: G c 7 oa drs ert le o ss ap r o tínd cdo ui le o nr te 2ep 0s 8r es a E o
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