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DIAN - Resolución 3353 de 29-04-2022

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 3353 de 29-04-2022
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2022

SIAN

POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA

R E S O L U C I Ó N N Ú M E R O Q 9 3 3 5 3 (2.9 ABR 2022 ? Por la cual se crea el Comité de Cambios a las Soluciones Digitales en la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología y se establecen los requisitos para el trámite interno de las solicitudes de cambio en la plataforma tecnológica EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 8 numeral 22 y el artículo 81 del Decreto 1742 de 2020 CONSIDERANDO Que el Gobierno nacional expidió el Decreto 1742 del 22 de diciembre de 2020, por el cual se modificó la estructura de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, Que en los artículos 50 al 54 del mencionado decreto se crearon la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología, en adelante DGIT, y sus respectivas Subdirecciones de Innovación y Proyectos, Soluciones y Desarrollo, Procesamiento de Datos e Infraestructura Tecnológica y de Operaciones, estableciendo las funciones para cada una de estas dependencias. Que es factor determinante en el desarrollo de las organizaciones la incorporación de las tecnologías y su capacidad de adaptación al cambio. Que mediante Resolución 231 de 2014, se creó el Comité de Gestión de Cambios de Tecnología en la Subdirección de Gestión de Tecnologías de la Información y telecomunicaciones y se estableció el trámite interno de las solicitudes de cambio en la

plataforma tecnológica. Que se requiere crear el Comité de Cambios a Soluciones Digitales, atendiendo la nueva estructura de la DGIT y las subdirecciones que forman parte de esta, con el fin de optimizar los procesos de aprobación de cambios en la plataforma. Que de conformidad con el numeral 37 del artículo 8” Decreto 1742 del 22 de diciembre de 2020, el Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, tiene la competencia para crear los Comités necesarios para orientar, asesorar, definir y decidir los criterios de carácter técnico requeridos para el debido ejercicio de las funciones tributarias, aduaneras, cambiarias y administrativas, así como señalar sus integrantes y funciones. Que es necesario interrelacionar los procedimientos de las áreas que intervienen en el subproceso de innovación y tecnología, cuando se pretenda efectuar un cambio en las soluciones digitales de la entidad, que asegure la optimización de la gestión generando un mejor servicio; así como reglamentar el trámite interno relacionado con las solicitudes de cambio, presentadas por las diferentes dependencias de la entidad. Que los cambios en las soluciones digitales deben estar alineados con los controles de seguridad digital de la entidad y sus procesos de disponibilidad, capacidad y continuidad TI.

RESOLUCION NUMERO, A 335 3 de 28 ABR 222 Hoja No. 2

Por la cual se crea el Comité de Cambios a las Soluciones Digitales en la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología y se establecen los requisitos para el trámite interno de las solicitudes de cambio en la plataforma tecnológica. Que corresponde al Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de

Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN impartir las directrices para la transformación digital de la entidad y el uso inteligente de los datos. Que en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8” numeral 8 de la Ley 1437 de 2011, el presente proyecto de resolución fue publicado en la página Web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, para comentarios y observaciones, las cuales fueron analizadas para determinar su pertinencia, previa la expedición del presente acto administrativo. En mérito de lo expuesto, RESUELVE ] CAPÍTULO | COMITÉ DE CAMBIOS A LAS SOLUCIONES DIGITALES ARTÍCULO 1. CREACIÓN. Crear el Comité de Cambios a las Soluciones Digitales en la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales — DIAN. ARTÍCULO 2. NATURALEZA Y OBJETO. El Comité de Cambios a las Soluciones Digitales es una instancia creada en la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología para orientar, asesorar, evaluar y decidir sobre los asuntos técnicos relacionados con requerimientos o solicitudes de ajustes, actualización, mantenimiento e implementación en la plataforma tecnológica y/o en los servicios informáticos en producción, de tal forma que se garantice la continuidad de las operaciones y previniendo los riesgos que puedan presentarse con la adopción de los cambios que se implementen. ARTÍCULO 3. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ. El Comité de Cambios a las Soluciones Digitales estará integrado por: - El Subdirector de Infraestructura Tecnológica y de Operaciones, quién presidirá el Comité,

  • El Subdirector de Soluciones y Desarrollo, - El Subdirector de Procesamiento de Datos, - Tres miembros de la Subdirección de Infraestructura Tecnológica y de Operaciones designados por el Subdirector de Infraestructura Tecnológica y de Operaciones - Un miembro de la Subdirección de innovación y Proyectos designado por el

Subdirector de Innovación y Proyectos. PARÁGRAFO 1%. Cuando el tema a tratar lo requiera, el presidente del Comité podrá convocar en calidad de invitado a funcionarios que se relacionen con los asuntos a tratar, quienes participarán en la sesión con voz, pero sin voto. PARÁGRAFO 2", El jefe de la Oficina de Seguridad de la Información o quién él designe, asistirá a las sesiones que convoque el Comité de Cambios en calidad de invitado con voz, pero sin voto. ARTÍCULO 4%. SECRETARÍA TÉCNICA: El Subdirector de Infraestructura Tecnológica y de Operaciones designará a quien ejercerá la Secretaría Técnica, la cual tendrá las siguientes funciones:

1. Citar e indicar el orden del día, a los integrantes del Comité e invitados a la respectiva sesión.

RESOLUCIÓN NÚMERO 003 35 ge 2 9 ABR 2922 Hoja No. 3

Por la cual se crea el Comité de Cambios a las Soluciones Digitales en la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología y se establecen los requisitos para el trámite interno de las solicitudes de cambio en la plataforma tecnológica.

2. Consolidar previamente a la celebración de cada reunión, las solicitudes de cambio a las soluciones digitales, con sus respectivos soportes.

3. Elaborar las actas, informes que correspondan y conservar los archivos del Comité.

4. Las demás que le asigne el presidente del Comité, acordes con la naturaleza de sus funciones.

ARTÍCULO 5. FUNCIONES DEL COMITÉ. Son funciones del Comité de Cambios a las Soluciones Digitales, las siguientes:

1. Conocer las solicitudes de cambio a las soluciones digitales enviadas por la Subdirección de Soluciones y Desarrollo, la Subdirección de Procesamiento de Datos, la Subdirección de Infraestructura Tecnológica y de Operaciones, y la

Coordinación de Servicios y Administración Técnica.

2. Orientar, asesorar, evaluar y decidir sobre la viabilidad técnica de la implementación de las solicitudes de cambio a ser tratadas y sobre los aspectos técnicos necesarios para su ejecución. Evaluar el impacto y los riesgos que se puedan presentar en la implementación o adopción de los cambios o actualizaciones en las soluciones digitales.

3. Priorizar el orden de ejecución de las solicitudes de cambio, según su nivel de impacto en el cumplimiento de la misión de la entidad, el servicio al cliente, la seguridad de la información y/o aspectos tecnológicos derivados de la implementación de un cambio.

4. Definir las estrategias para la ejecución de las actividades, y disponer del recurso técnico necesario para la implementación de! cambio en las soluciones digitales.

ARTÍCULO 6”. QUÓRUM Y SESIONES. El Comité de Cambios a las Soluciones Digitales, constituirá quórum deliberatorio con la asistencia mínima y obligatoria del Subdirector de Infraestructura Tecnológica y de Operaciones, el Subdirector de Soluciones y Desarrollo, el Subdirector de Procesamiento de Datos y uno de los miembros designados por el

Subdirector de Infraestructura Tecnológica y de Operaciones. El quorum decisorio será de la mitad más uno de los votos del quorum deliberatorio. PARÁGRAFO 1. El Comité se reunirá de manera ordinaria 2 (dos) veces por semana y de manera extraordinaria de manera presencial o virtual cuando lo exijan las necesidades imprevistas o urgentes por convocatoria que hará el presidente del Comité, a través de la Secretaría Técnica, una vez recibida y estudiada la solicitud. PARÁGRAFO 2” La asistencia al Comité será indelegable y de obligatorio cumplimiento; cuando los integrantes del Comité no puedan asistir a las sesiones, deberán justificarse por escrito dirigido al presidente del Comité, y presentarlo ante la Secretaría Técnica. El presidente valorará la justificación y procederá a verificar quorum deliberatorio,

CAPÍTULO Il

TRÁMITE INTERNO DE LAS SOLICITUDES DE CAMBIO EN LA PLATAFORMA TECNOLÓGICA ARTÍCULO 7”. REQUISITOS DE LAS SOLICITUDES DE CAMBIO EN LAS SOLUCIONES DIGITALES. Las solicitudes deberán ser presentadas: (1) con el visto bueno del subdirector del área que requiera el cambio, (2) con una antelación no menor a veinticuatro (24) horas previas a la realización del Comité, las cuales deberán ser previamente registradas en la herramienta de gestión de solicitudes dispuesta por la entidad con destino a la Secretaría Técnica del Comité, siguiendo lo establecido en el procedimiento PR-1IT-0457 Gestión de Cambios, con el cumplimiento de los siguientes requisitos:

RESOLUCION NUMERO 23353 de 2 9 ABR 2022 Hoja No. 4

Por la cual se crea el Comité de Cambios a las Soluciones Digitales en la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología y se establecen los requisitos para el trámite interno de las solicitudes de cambio en la plataforma tecnológica.

1. Justificar la necesidad “del cambio que se propone, describiendo las actividades que deben realizarse en las bases de datos, en las comunicaciones, en las redes, en la seguridad informática, en los componentes de la arquitectura tecnológica

(Hardware), o en los sistemas de información administrados por la entidad según sea el caso.

2. Identificar los riesgos, el impacto tecnológico que puedan presentarse con la adopción de los cambios propuestos y la mitigación a implementar para el cumplimiento de la misión de la entidad, el servicio al cliente, la seguridad de la información y/o aspectos tecnológicos.

3. Presentar las actividades a realizar en el evento que se deban reversar los cambios solicitados.

4. Cuando se trate de solicitudes de implementación de desarrollos, nuevas funcionalidades, o ajustes en bases de datos, deberán contar además del visto bueno del subdirector de Soluciones y Desarrollo, con el del Subdirector de Innovación y Proyectos, quién previamente deberá revisarlas para presentarlas al Comité. , PARÁGRAFO 1”. La Secretaría Técnica del Comité revisará que las solicitudes presentadas, cumplan con los requisitos de forma establecidos en el presente artículo, de lo contrario las devolverá e informará sobre las deficiencias identificadas. Una vez realizados los ajustes pertinentes, se entregará la solicitud nuevamente a la Secretaría Técnica, a fin de que sea presentada al Comité, PARÁGRAFO 2". Las solicitudes para sesión extraordinaria deberán contar con los

requisitos de los numerales 1, 2 y 3 del presente artículo y el visto bueno del correspondiente subdirector. PARÁGRAPO 3". Se exceptúa del cumplimiento de los requisitos indicados en el presente artículo, cuando se requiera atender fallas generalizadas que afecten los servicios y sean necesarios para el rápido restablecimiento de estos, los cuales serán aprobados por el Director de Gestión de Innovación y Tecnología, el Subdirector de Infraestructura Tecnológica y de Operaciones, y un miembro del Comité designado por el Subdirector de Infraestructura. Las decisiones tomadas bajo la modalidad de lo indicado en este Parágrafo deberán ser documentadas en el formato (FT-11T-1877-SOLICI E CAMBIO EN LA INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA). > ARTÍCULO 8”. VIGENCIAS. La presente resolución rige a partir de lal fecha de su publicación y deroga la Resolución 231 de 2014. e

O RIVEIRA

Dxector General Cala, Farro Elaboró: Paola Escobar — Coordinación de Enlace para la Innovación y Transformación Digital vuEG) Revisó: Héctor Mesa — Subdirector de Gestión de Infraestructura Tecnológica y de Operaciones] Sandra Rojas — Jefe Coordinación de Enlace para la Innovación y Transformación Digital (A) Se Zu "¡uy Tecnología y Innovación de Gestión de Dirección Directora —- Pimiento

Johanna Aprobó: Liliana Andrea Forero — Directora Dirección de Gestión Jurídica e !

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