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DIAN - Resolución 338 de 29-11-2017

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 338 de 29-11-2017
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2017

() 30800 Deecaión de ampuestos y Acusrias Nacuralos RESOLUCIÓN NÚMERO” 338 (27 NOV 20% ) Por la cual se modifica el horario de atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tuluá, para el día 01 de diciembre de 2017 La Directora Seccional de Impuestos y Aduanas de Tuluá En uso de las facultades legales y en especial las dispuestas en el artículo 39 del Decreto 4048 de 2008, numeral 11 del artículo 11 de la Resolución No. 0014 del 4 de noviembre de 2008. CONSIDERANDO Que el numeral 11 del artículo 11 de la Resolución 0014 del 4 de noviembre de 2008, faculta a los Directores Seccional y Directores Delegados, para establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad con las necesidades del servicio, garantizando el mínimo tiempo laboral vigente y el horario de atención al público. Que, dentro del plan de bienestar laboral de la seccional, se tiene programada para el día 01 de diciembre de 2017, una capacitación y una actividad de reconocimiento, integración y mejoramiento de clima laboral para los funcionarios, con la cual se busca estimular la vivencia de valores institucionales. Que por lo anterior se hace necesario modificar temporalmente el horario de atención al público, en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tuluá, el día viernes 01 de diciembre de 2017, con el fin de permitir la participación de todos los funcionarios.

RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Modificar temporalmente la jornada de atención al público en la División de Gestión de asistencia al cliente de la Dirección Seccional de Impuestos y

Aduanas de Tuluá, para el día viernes 01 de diciembre de 2017, el cual será de 7:00 a.m. a 9:00 a.m. La recepción de correspondencia y notificaciones no sufre modificaciones, será el habitual de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

ARTÍCULO SEGUNDO: La jornada laboral en la Dirección Seccional no sufre modificación alguna.

ARTÍCULO TERCERO: Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina de Comunicaciones para su publicación en la página Web de la entidad.

ARTÍCULO CUARTO: La presente rige a partir de su expedición.

COMUNÍQUISE Y CUMPLASE Dada en Tuluá, alos, 27 Nuv 2017

yá DOY BONILLA

Directora Secciónal de Impuéstos y Aduanas de Tuluá

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