DIAN - Resolución 3456 de 04-05-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 3456 de 04-05-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
DIAN POR URNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 003456 (04 MAY 2022) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1. del artículo 2 de la Resolución 000070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes, HECHOS Mediante radicado No. ESGTA202100530 del 27 de octubre de 2021, la Sra. Olga Mosquera Burgos, identificada con cédula de ciudadanía No. 51.766.115, representante legal de la Agencia de Aduanas Colmas S.A.S Nivel 1, con NIT 830.003.960-0, mandataria de la sociedad Banco De Bogotá con NIT 860.002.964-4, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente como
“UNIDAD FUNCIONAL BLISTERADORA Y ESTUCHADORA Mod. INTEGRA-320".
La interesada adjuntó copia de los siguientes documentos: solicitud de clasificación arancelaria en veintiocho (28) folios, información técnica en veintiuno (21) folios, mandato en cuatro (4) folios y comprobante de pago en un (1) folio. La solicitante pagó novecientos nueve mil pesos m/cte. ($ 909.000), según comprobante No.
100804815-6 del 26 de octubre de 2021 del Banco de Bogotá. Por medio del Requerimiento de Información Adicional No. 100165398907 del 29 de noviembre de 2021 - radicado No. 000S2021914596 del 30 de noviembre de 2021, esta Coordinación pidió a la usuaria aclarar algunos aspectos técnicos del proceso de la solicitud y remitir nuevamente el listado de equipos. Con escrito radicado No. 000E2022900907 del 17 de enero de 2022, la peticionaria solicitó prórroga para atender el requerimiento, la cual se concede con el oficio No. 100165398-229 del 26 de enero de 2022— radicado No. 000S2022900559 del 27 de enero de 2022. La interesada atendió lo solicitado mediante escrito radicado 000E2022904819 del 11 de marzo de 2022 en quince (15) folios, renunciando al término restante para dar respuesta al requerimiento. Según lo señalado en el formato de solicitud, se indicó que se notifique a la Sra. Olga Mosquera Burgos, en la Calle 36 No 7 - 47 Piso 5 en Bogotá D.C. - Cundinamarca; no obstante, mediante el escrito de respuesta al requerimiento de información adicional, se precisó que el presente acto administrativo se notifique a la dirección electrónica: olga.mosquera(Wcolmas.com.co FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973.
Decisión 885 de 2021 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual aprobóe l Texto 1
RESOLUCIÓN NÚMERO 003456 de 04 MAY 2022 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota, y texto de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Nota 4 de la Sección XVI: - “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos sí por tuberías, órganos transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.” : Partida:84.22: “Máquinas para lavar vajilla; máquinas y aparatos para limpiar o secar botellas o demás recipientes; máquinas y aparatos para llenar, cerrar, tapar, taponar o etiquetar botellas, botes o latas, cajas,
sacos (bolsas) o demás continentes; máquinas y aparatos de capsular botellas, tarros, tubos y ' continentes análogos; las demás máquinas y aparatos para empaquetar o envolver mercancías (incluidas las de envolver con película termorretráctil); máquinas y aparatos para gasear bebidas.” Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, porlas Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y su modificación, artículos 304 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación . arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 0046 de 2019 y sus modificaciones, de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información aportada mediante radicados Nos. ESGTA202100530 del 27 de octubre de 2021 y 000E2022904819 del 11 de marzo de 2022, la mercancía objeto de solicitud de clasificación arancelaria se describe como un conjunto de máquinas que se utilizan en el empacado de comprimidos en la industria farmacéutica, mediante el siguiente proceso:
1. Formado del blíster: a partir de rollos de láminas de PVC o de aluminio, se forman cavidades :
de acuerdo con los formatos requeridos, moldeando los materiales mediante pre-punzones y/o aire comprimido filtrado. El termoformado se realiza en las estaciones de precalentamiento y formado de la máquina Blisteadora.
RESOLUCIÓN NÚMERO 003456 de 04 MAY 2022 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado :
2. Alimentación del producto (comprimidos): a través del prealimentador de la blisteadora, se suministran y depositan los comprimidos en los blísteres previamente formados.
3. Control de la presencia del producto en el alvéolo: para asegurar que las cavidades de los blísteres estén con la cantidad exacta de comprimido, se utiliza una telecámara en color de 1.3 mpx con iluminador a LED, prevista para detectar la falta de producto, o bien, el producto no perfecto que no corresponda a la imagen memorizada en el control.
4. Soldadura del blíster lleno con los comprimidos: se procede a sellar la parte abierta de los blísteres aplicándo una película de aluminio, ejerciendo presión sobre ésta en la unidad de sellado, se enfria después de la soldadura en las placas de enfriamiento que se alimentan de un fluido proveniente de la unidad de refrigeración.
5. Corte y codificación: mediante punzones y sistema de centrado por fotocelda, se efectúa el corte, perforación y codificación en frio de los blísteres. 6.. Alimentación robotizada de los blísteres: utilizando una conexión robotizada, se pasan los blísteres a la sección de estuchado sobre la correa de cangilones. :
7. Estuchado de los blísteres: en esta sección, un brazo con ventosas toma el estuche (caja) desde la unidad de almacenamiento de la máquina, el cual, se encuentra listo para darle forma y lo transfiere a la correo de transporte; enseguida, coge el blister y lo inserta en el estuche mediante empujadores servomotizados que siguen el movimiento continuo de la correa. de transporte.
Finalmente, cierra los estuches por encaste y descarga a la salida. :
8. Pesado de los estuches: a la salida de la estuchadora se verifica la calidad, validando la presencia de todos los componentes en cada estuche (blísteres e inserto) con la ayuda de una pesadora dinámica equipada con sistema de descarte de producto.
El anterior proceso, se controla con máquinas automáticas para tratamiento y procesamiento de datos, que incluyen pulsadores de marcha, parada, reseteo y emergencia, toma para la marcha por impulsos, pantalla táctil para la visualización de mensajes de aviso para el operario y selecciones necesarias para la gestión de los formatos y datos de producción. La sección de blisteadora y estuchadora están conectadas a través de una banda de transporte que permite el traslado de los blísteres en ambas secciones, :
Listado de componentes:
1. Una (1) sección blisteadora, dimensiones: 4.180 x 1.250 x 2.030 mm, que incluye: dos (2) bobinas de formado con diámetro externo máximo de 600-mm c/u; una (1) bobina de cobertura con diámetro externo máximo 300 mm; una (1) mesa de empalme para la película de formado con aplicación manual de la cinta adhesiva; una (1) estación de precalentamiento; una (0)
estación de formado de los blísteres; un (1) prealimentador fijo del producto con capacidad de 35 litros; una (1) estación de soldadura en plano; un (1) sistema mecánico para el depósito en positivo del blíster sobre la cinta conectada en línea al grupo de alimentación “Robocombi”; una (1) estade cpeirfóoranció n y codificación de cambio rápido con 100 punzones; doscientos (200) punzones de codificación; un (1) alimentador de tolva para productos a granel; un (1) cepillo enrasador; un (1) cargador universal y planetario; un (1) “kit” cepillos cargador universal (cepillos fijos, cepillo flap, rodillo enrasador, láminas y planetarios); una (1) cinta blister en salida conectadaa l “Robocombi”; una (1) lámpara de tres colores; una (1) telecámara en color 1.3 mpx con iluminador a LED; tres (3) formatos base blísteres de ALU+ALU; tres (3) formatos blísteres para PVC-ALU; tres (3) piezas de formato del producto para el cargador dedicado. 2.. Una (1) sección estuchadora, dimensiones: 4.410 x 1.470 x 1.760 mm, que incluye: un (1) - almacén de estuches motorizado de 1.250 mm de longitud; una (1) cadena (transportador). con - cangilones regulablesu;n (1) dispositivo de expulsión del estuche incorrecto; un (1) dispositivo .de expulsiódne l producto por falta del estuche, sin el paro de la máquina; un (1) conjunto de
contra empujes motorizado rápido; un (1) grupo alimentador “Robocombi”, compuesto: por: sistema de transporte de los blísters de movimiento continuo, robot con ventosas para la toma
RESOLUCIÓN NÚMERO 003456 de 04 MAY 2022 Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado de los blísters y “software”, almacén de carga manual para la reintegración de los blísters en la correa dentada de transporte; un (1) almacén prospectos preplegados (min. 20 x 105 máx. 40 x 210 mm); un (1) palpador mecánico de control apilado producto en entrada; un (1) equipo de control de la presencia efectiva del prospecto en el estuche; una (1) lámpara de tres colores; un (1) lector de código de barras en prospecto pre doblado y estuche (data box 4TV), que incluye: unidad central en LPW1 y Quad Core CPU, tarjeta integrada para la adquisición de las imágenes hasta 4 cámaras digitales, alimentador 24 V para PC, alimentador 24 V para los iluminadores de las cámaras, disco suplementario con “software” básico y licencia; una (1) pantalla ancha para sistema Data box, de 10.1 pulgadas; una (1) cámara digital control código, con mini soporte con iluminador integrado, cables para cámaras e iluminadores, licencia “software para el control del código”; tres (3) formatos estuches completos, piezas de formato para trabajar con un
estuche de dimensiones definidas por el cliente.
3. Una (1) central de refrigeración externa con capacidad de 2.500 fr/h, suministro de agua fría a la estación de sellado: 8 -10 C; conexión eléctrica 400 V, 50 Hz, incluye: termóstato y bomba con circuito cerrado del líquido; longitud tubos de empalme de 10 metros.
4. Una (1) pesadora para estuches, estructura en acero inoxidable, dimensiones 652 x 524 x 1.520 mm, con protección 1P54 y célula de carga con compensación electromagnética, capacidad máx. pesaje hasta 1 Kg, controlada mediante un microprocesador integrable con PLC o PC, velocidad máx. 200 piezas / 1', con cintas de entrada — salida, cinta pesadora de alimentación neumática con aire comprimido máx. 6 bares, alimentación eléctrica de 115 / 230 VAC, 50 / 60
Hz, monofásica, control de expulsiones consecutivas y paro de las cintas, pantalla táctil gráfica TFT 15” en color, monitoreo aire comprimido suministrado al sistema de expulsión con paro de las cintas, interruptores de emergencia, columna luminosa, sistema de expulsión “Air-Jet” para descartar productos hasta 300 g, cajón acrílico de recogida de rechazos, control rechazo con paro de las cintas y contacto libre para la máquina aguas arriba, cobertura de plástico transparente para la estación de pesaje. : De acuerdo con la anterior lista, los elementos pertenecientes a los numerales 1 a 4, trabajan
conjuntamente como una combinación de máquinas que se utilizan para empaquetar comprimidos farmacéuticos, previamente, envasados en blísteres. En virtud de lo expuesto, arancelariamente la mercancía se encuentra comprendida en la partida 84.22 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, en atención a la Nota 4 de la Sección XVI, de conformidad con lo dispuesto en la Regla General Interpretativa 1, y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida 8422.40.90.90 del Arancel de Aduanas de Colombia. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria -de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida 8422.40.90.90 del Arancel de Aduanas, como una máquina para empaquetar blísteres con comprimidos farmacéuticos, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de 2021. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución la Sra. Olga Mosquera Burgos, identificada con cédula de ciudadanía No. 51.766.115, representante legal de Agencia de Aduanas Colmas S.A.S Nivel 1, con NIT 830.003.960-0, a la dirección electrónica manifestada por la interesada: olga.mosquera(QVcolmas.com.co, de conformidad con lo
establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021, y el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021.
RESOLUCIÓN NÚMERO 003456 de 04 MAY 2022 ' HojaNo.5
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se : notifi icará por correo a la dirección procesal informada por la usuaria en la Calle 36 No 7 - 47 Piso 5 en Bogotá D.C. - Cundinamarca, o de manera subsidiaria, mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, dé conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, y los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de
1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. 04 MAY 2022
TIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
FABIÁN ALBERTO GARCÍA CASTAÑED
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera Coordinación de Notificaciones”
Proyectó: Ricardo Herrera Daza lona colon más nomesra Nivel Central Bogotá D.C: d
Revisó: Fidel R. Minotta Benitéz MAY 202 rre e Ml Coordinación de Notificaciones
Pisa) Central Bogotá DC: AsqE e stiica q Secr te ao rn tz