DIAN - Resolución 360 de 26-12-2019
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 360 de 26-12-2019
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2019
9 DIAN Drección da impuestos y Aduanas Nactoralas RESOLUCION N 0 ( 03 60 Por medio de la cual se modifica el horario de trabajo y atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó. LA DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE QUIBDÓ En uso de sus facultades legales conferidas por el articulo 39 numeral 4 del decreto 4048 del 22 de octubre de 2008 y en especial de las conferidas por el artículo 11 numeral 11 de la Resolución N” 0014 del 04 de noviembre de 2008, mediante la cual el Director General de la U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales delega la facultad a los Directores Seccionales para establecer el horario de trabajo en sus Direcciones Seccionales y la Resolución No 000003 del 2 de enero del 2018, mediante la cual se nombra la Directora Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó y, CONSIDERANDO Que el numeral 11 del Artículo 11 de la resolución 0014 del 04 de noviembre de 2008, delegó en los directores seccionales la función de establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad con las necesidades del servicio, garantizando el mínimo del tiempo laboral vigente y el horario de atención al público. Que el artículo 33 del decreto ley 1042 de 1978 establece que el número de horas que deben laborar los funcionarios públicos es de 44 horas semanales, reiterado mediante circular 079 del día 3 de septiembre de 2008. Que mediante oficio de fecha 3 de septiembre de 2019, algunos funcionarios de la
Dirección Seccional Quibdó, solicitaron se les estableciera un horario en jornada continua con el fin de mejorar sus condiciones de vida tanto familiares como personales. Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, se hace necesario establecer un horario de trabajo para los funcionarios de esta Seccional, que se ajuste a lo expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo, como en efecto se dispondrá. Por lo anterior la Directora Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Modificar a partir del 7 de enero de 2020 el horario de trabajo y atención al público de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó, en las siguientes jornadas laborales: 7:30a.m. a4.45 De lunes a viernes con una (1) hora de a) p.m. almuerzo. An eneO RESOLUCIÓN, We 6 0 de 2 6 DIC ¿019 Hoja No. 2 7:00 a.m. a 12:00 p.m. 2:00 p.m. a 6:00p.m. | De lunes a jueves b) 7:00 a.m. a 12:00 p.m. | Viernes 2:00 p.m. a 5:00 p.m.
ARTICULO SEGUNDO: El horario de atención al público en la División de gestión de Asistencia al Cliente de esta Dirección Seccional será de lunes a viernes de 8 a.m. a 4 p.m. en jornada continua.
ARTICULO TERCERO: Los jefes inmediatos serán los responsables de garantizar el cumplimiento de los horarios de trabajo que mediante la presente resolución se
establecen.
ARTICULO CUARTO: Los primeros tres (3) meses se tomarán como una prueba piloto la cual rige a partir del 7 enero del 2020.
PARAGRAFO 1: Los funcionarios manifestaran ante su jefe inmediato por cuál de los horarios laborales establecidos optan, con la posibilidad de cambiarlo siempre y cuando entre uno y otro transcurran por los menos dos (2) meses. El funcionario deberá indicar los motivos sustentados que ameriten el cambio de horario. PARAGRAFO 2: Los jefes de división respectivos remitirán a más tardar el 30 de diciembre de 2019, al Despacho de esta Dirección Seccional el listado de los funcionarios de su dependencia indicando la jornada laboral concertada por la que cada uno opto; Igualmente deberán reportar dentro de los primeros cinco (5) días de cada mes los cambios que se presenten con sujeción al termino establecido en el parágrafo anterior.
ARTICULO QUINTO: La presente resolución deroga la resolución No 006 del 17 de enero del 2018, "la cual modifica el horario laboral para la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó.” Se advierte que contra la misma no procede recurso alguno.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE, 6 DIC Dada en Quibdó a los veintiséis (26) días del mes de diciembre de 2019. 26 DIS 20m a.
LEDYS QUERA-MPALACIOS
Directora Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó