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DIAN - Resolución 3643 de 27-12-2017

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 3643 de 27-12-2017
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2017

N A I D A Ad Dueadón ge brpoesios y díeasas Macoralza RESOLUCIÓN NÚMERO ( 00)3 6 4 3 (27 DIC. 2017 ) | Por la cual se establece horario especial en la Dirección Seccional de Impuestos de Barranquilla | LA DIRECTORA SECCIONAL, DE.IMPUESTOS DE BARRANQUILLA En uso de sus facultades legales conferidas por el articulo 39 numeral 4 del Decreto 4048 del 22 de octubre de 2008 y en especial la conferida por el articulo 11 numeral 11 de la Resolución Número 014 del 4 de noviembre de 2008, y CONSIDERANDO Que el artículo 33 del Decreto 1042 de 1978 modificado por los artículos 1 a 3 del Decreto 85 de 1986, dispone que el jefe del organismo podrá establecer el horario de trabajo, garantizando que con el mismo se cumpla la jornada laboral semanal que en él se establece. Que el numeral 11 del artículo 11 de la Resolución 014 del 4 de noviembre de 2008, el Director General de la UAE DIAN delega la facultad a los Directores Seccionales para establecer el horario de trabajo en su respectiva seccional, de conformidad con las necesidades del servicio, garantizando el minimo de tiempo laboral vigente y el horario de atención al público. Con el objeto de facilitar el desplazamiento de los funcionarios a sus núcleos familiares en los diferentes lugares de la geografía nacional, teniendo en cuenta las congestiones en las vías y diferentes medios de

transporte y con el ánimo de contribuir con esta decisión, al fortalecimiento de estos encuentros familiares de fin de año, y promoviendoe l enriquecimiento del nivel de bienestar y calidad de vida de nuestros funcionarios y sus núcleos familiares. Por lo anterior expuesto la Directora Seccional de Impuestos de Barranquilla, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Establecer para el día 29 de diciembre del 2017 horario especial de trabajo de 07:30 a.m. a 1:00 p.m. en la Dirección Seccional de Impuestos de Barranquilla, garantizando en todo momento la prestación del servicio.

ARTICULO SEGUNDO: La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE, Dada en Barranquilla, a los 27 DI. 207 MARIBEL ESTHER MOLINA HERRERA” £ a Proyecto: delarosam A Fecha: 26-12-17 e A

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