DIAN - Resolución 38 de 23-03-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 38 de 23-03-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
RESOLUCIÓN NÚMERO 000038 ( ) 23 MAR 2022
Por la cual se autoriza el uso de la firma mecánica para la suscripción de los Certificados de Acreditación de Competencias Laborales, generados a través del Sistema de Registro Único de Personal -RUPEL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN En uso de sus facultades legales y en especial de las consagradas en los numerales 1 y 20 del artículo 8 del Decreto 1742 de 2020, y CONSIDERANDO Que de conformidad con lo previsto en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, en concordancia con el artículo 3o del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, las actuaciones administrativas se desarrollaran con fundamento en los principios de economía, celeridad, eficacia, imparcialidad, publicidad y contradicción, entre otros. Que el artículo 12 del Decreto Ley 2150 de 1995 prescribe el uso de la firma mecánica en los siguientes términos: “Los jefes de las entidades que integran la Administración Pública, podrán hacer uso, bajo su responsabilidad, de la firma que procede de algún medio mecánico, tratándose de firmas masivas. En tal caso, previamente mediante acto administrativo de carácter general, deberá́ informar sobre el particular y sobre las características del medio mecánico”. Que la Ley 962 de 2005 sobre racionalización de trámites, en su artículo 6 establece los medios tecnológicos para que los organismos y entidades de la Administración Pública
puedan atender los trámites y procedimientos de su competencia. Que mediante Decreto 1742 de 2020 se crea la Subdirección Escuela de Impuestos y Aduanas y le asigna funciones especificadas en el artículo 38 numeral 8 para “acreditar las competencias laborales para los empleos de los niveles jerárquicos de la planta de personal de la entidad, en el marco del Decreto Ley 071 de 2020” Que el Decreto 071 de 2020 en el artículo 27 numeral 27.3 determina como requisito para participar en los concursos de ascenso, la acreditación de las competencias laborales por medio de la certificación que con este fin expida la Escuela de Impuestos y Aduanas. Que el artículo 2.2.18.4.3 numeral 4 del Decreto 770 de 2021 asigna a la Escuela de Impuestos y Aduanas la responsabilidad de expedir la certificación de competencias laborales a quienes hayan superado por su mérito el proceso de evaluación. Que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, dando aplicación a los pilares de transformación del Talento Humano, implementó la Certificación de Acreditación de Competencias Laborales, como un servicio del Registro Único de Personal – RUP-. Que el Instrumento de firma mecánica que se adopta en la presente Resolución, se constituye en un mecanismo idóneo y seguro para generar el Certificado de Acreditación de Competencias Laborales.
RESOLUCIÓN NÚMERO 0 0 0 0 3 8 d e 2 3 M A R 2 0 2 2 Hoja No. 2
Continuación de la resolución “Por la cual se autoriza el uso de la firma mecánica para la suscripción de los Certificados de Acreditación de Competencias Laborales, generados a través del Sistema de
Registro Único de Personal -RUP-“ _______________________________________________________________________________ C on mérito en lo anteriormente expuesto, este despacho RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Disponer la adopción de la firma mecánica para la suscripción de los Certificados de Acreditación de Competencias Laborales, generados a través Sistema Registro Único de Personal – RUP-. ARTÍCULO SEGUNDO. Autorizar a LUZ NAYIBE LÓPEZ SÚAREZ, en su calidad de Subdirectora de la Escuela de Impuestos y Aduanas, para utilizar la firma que proceda de medio mecánico, para aquellos documentos señalados en el artículo primero de la presente resolución. La firma mecánica que se imprimirá en el Certificado de Acreditación de Competencias Laborales corresponderá a un facsímil con la imagen de la firma de la Subdirectora, reproducida mediante medios computarizados, a la cual se acompañará del nombre y respectivo cargo. La firma mecánica corresponderá́ a la reproducción fiel de la firma manuscrita aquí impuesta: ARTÍCULO TERCERO. La firma mecánica autorizada será́ archivada en el servidor de aplicaciones que es administrado por la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología, el cual garantizará su uso de acuerdo con las políticas de seguridad de la información establecidas. ARTÍCULO 4. Vigencia. La presente resolució n rig e a pa rtir de su publica ció n en la 23 MAR 2022 LISANDRO MANUEL JUNCO RIVEIRA DIRECTOR GENERAL Proyectó: Lydia Chaparro Manosalva y Edith Mera Rodríguez – Subdirección Escuela de Impuestos y Aduanas
Revisó: Luz Nayibe López Suárez – Subdirectora Escuela de Impuestos y Aduanas Aprobó́: Liliam Amparo Cubillos Vargas – Directora de Gestión Corporativa Revisó: Johanna Pimiento Quintero – Directora de Gestión de Innovación y Tecnología
Revisó: Liliana Andrea Forero Gomez - Directora de Gestión Jurídica Revisó: Claudia Patricia Navarro Cardona/ Despacho Director General Hash - 6035b4d8f0d9d94a827af8a63dcc0eec