DIAN - Resolución 3911 de 11-06-2021
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 3911 de 11-06-2021
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2021
DIAN POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 00391 1 (11/J3UN/2021) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado LA JEFE (A) DE LA COORDIN ACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL.
DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA.
En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 83 del Decreto 1742 de 2020 (Régimen Transitorio) y teniendo en cuenta los siguientesHECHOS Mediante radicado No. ESGTA202100070 del 14 de febrero del 2020, el Sr. Boris Mauricio o Sánchez, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.660,859,- Representante Legal Suplente de la Agencia Aduanas Roldán S.A.S. Nivel 1 con NIT 811.001.259-7, mandatario de la sociedad Interconexión Eléctrica S.A. ESP con NIT 860.016.610-3 presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado pas la mercancía denominada técnicamente como “SUBESTACIÓN ELÉCTRICA”. - comercialmente como “UNIDAD FUNCIONAL SUBESTACIÓN DE ENERGIA ELÉCTRICA AMPLIACIÓN TERMOBARRANQUILLA TEBSA220 Ro Mo El interesado adjuntó a la solicitud: información de la mercancía en once (11) folios, fotocopia del mandato en cinco (5) folios y copia del recibo de pago en un (1) folio. El solicitante pagó novecientos hueve mil pesos m/cte. ($ 909.000), según transferencia No.
-ON20040NYE del 28 de enero de 2021 del Bancode Occidente al Banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información Adicional No. 100227342702 radicado 00082021902547 del 25 de marzo de 2021, este Despacho solicitó: confirmar la corriente nominal de entrada y salida en kV; aclarar si este proyecto corresponde a una ampliación, en caso afirmativo indicar cuáles son los equipos que están unidos en sitio y como se _interconectan; señalar cuáles son los equipos que conforman el sistema de control y medida, entre otros, El peticionario responde con radicado No. 000E2021902605 del 14 de abril de 2021 en cuatro (4) folios, renunciando al término restante para dar respuesta. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante resolución 043 del 18 de mayo de 2021, ordenó la: suspensión de los términos en los procesos y actuaciones administrativas en materia tributaria, aduanera, cambiaría y administrativa de competencia de la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN. Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr. Boris Ma uricio Sánchez en la Carrera 100 No. 25B-40, en A) : RESOLUCIÓN NÚMERO 003911 de 11/JUN/2021 HojaNo.2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. : Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y: otras disposiciones. . : A o o Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas - y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas -y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes” o Nota 4 de la Sección X vi “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidaposr elementos individualizados (incluso separadoso unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, “cables eléctricos. o. de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en unade las partiddea slo s Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.” “Partida 85.35. “Aparatos para corte, seccionamiento, protección, derivación, empalme o conexión de circuitos eléctricos (por ejemplo: interruptores, conmutadores, cortacircuitos, pararrayos, limitadores de tensión, supresores de sobretensión transitoria, tomas dé corriente y demás
conectores, cajas de empalme), para una tensión superior a 1.000 voltios.” . Regla General interpretativa 6: | “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada - legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatís mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas “del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” o - Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - Artículo 304 a 307 mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y Resolución 039 de 2021, de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesados) hal. ¿BD
RESOLUCIÓN NÚMERO : 003911 de 11/JUN/2021 Ml Hoja No.3 | Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Los términos de expedición de este acto administrativo se reanudan a partir del 9 de junio de 2021, fecha en la que empezarán a correr nuevamente, teniendo en cuenta los días que al momento de la suspensión hacían falta para cumplir con las obligaciones
correspondientes, incluidos aquellos establecidos en meses o años. o o En la información suministrada con los radicados Nos. ESGTA202100070 del 14 de febrero de 2021 y 000E2021902605 del 14 de abril de 2021, la mercancía a clasificar se describe - como una combinación de aparatos eléctricos, que trabajan conjuntamente para proteger - el paso de flujo de energía eléctrica en alta tensión (220 kV), sin modificarla, para que esta continúe su recorrido a otro punto dentro de un sistema de potencia eléctrico de manera confiable, mediante el siguiente proceso: - La corriente ingresa a través de la subestación pasando inicialmente por los descargadores de sobretensión que actúan cómo equipos de protección actuando frente a las. -. sobretensiones que puedan ocurrir, a continuación fluye por los transformadores de tensión . permitiendo llevar los valores de tensión de la línea de transmisión a valores que puedan “ser procesados por el equipo de control y medida, y con los transformadores de corriente se complementan las señales eléctricas para proteger, controlar y medir la transmisión de energía, permitiendo obtener los valores en magnitudes medibles y seguras que puedan ser procesadas por el equipo electrónico de control, medida y protección. La electricidad fluye por los equipos de maniobra conectados al transformador de tensión ¿Uno de ellos es el seccionador de puesta a tierra que lleva directamente a tierra la línea detransmisión cuando está fuera de servicio evitando que la circulación de corrientes inducidas ocasione señales falsas, y el otro es el seccionador de maniobra que aísta el - interruptor accionándolo en caso de requerirse interrumpir el fluido de energía o cuando se.
realice mantenimiento, - La Subestación GIS se conectará al sistema existente denominado TEBSA mediante | cables desnudos de alta tensión soportados sobre aisladores de soporte y éstos a su vez : sobre estructura metálica. - NN La subestación GIS está conformada por los siguientes equipos: . o - Dos (2) interruptores. A .- Seis (6) seccionadores. N D Cuatro (4) transformadores. de corriente. A Un (1) transformador de tensión. I Un (1) descargador de sobretensión. R D Dos (2) paneles eléctricos agrupadores. y En virtud. de lo señalado, se establece. que los dispositivos. y aparátos relacionados : conforman una serie de máquinas, aparatos y dispositivos que se ensamblan en sitio para conformar una subestación GIS, los cuales se interconectan mecánica y eléctricamente entre sí para erigir y aislar eléctricamente el flujo de energía, en caso de anomalía eléctrica. o De acuerdo con lo anterior, arancetariamente tenemos una combinación de equipos, cuya función es la de servir de maniobra, control y protección del sistema eléctrico, durante el - recorrido de la energía por la subestación, permitiendo o interrumpiendo el flujo de energía, manteniendo la tensión en el mismo nivel en el que ingresó 220 kV; cuya función está dada por la apertura o cierre del accionamiento ejercido por el interruptor de potencia, que de _ Acuerdo. con la Nota 4: de la Sección XVI y la Regla Genera! interpretativa 1 OR RESOLUCIÓN NÚMERO 003911 de 11/JUN/2021 HojaNo.4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado comprendido en la partida 85.35 de la nomenclaturdae l Sistema Armonizado; en aplicación - de la Regia General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8535.30.00.00 del Arancel - de Aduanas de Colombia. o o o o . En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de ta Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección Técnica Aduanera, OS e RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8535.30.00.00 del Arancel de Aduanas, como un interruptor para protección de : circuitos eléctricos para una tensión superior a 1.000 voltios, de acuerdo con la Nota 4 de - la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado - texto arancelario, contenidas en el Decreto 2153 del 26 de diciembre de 2016 y sus modificaciones. o EN - ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, al Señor. Boris Mauricio Sánchez, identificado con cédula de | ciudadanía No. 79.660.859, representante legal suplente de la sociedad Agencia de Aduanas Roldán S.A.S Nivel 1.; en la Carrera 100 No. 25B — 40 en la ciudad de Bogotá - Cundinamarca., de conformidad con los Artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y
Artículos 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el Artículo 114 de la Resolución 039 de 2021 respectivamente. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativoprocede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá - interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los Artículo 74 y siguientes de la Ley 1437de 2011. ES - ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998. - o o ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. o
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
11/JUN/2021 MARÍA TÁ AT2 1 AMJaE O GARCÍA Jefe (A)d e E E N E 16 C oordiden aNolcifc: iacóionnes. . !
- Proyecto: Sandra Huérfano Bernal “ua! Fentral Bngotá, D.C
: Revisó: Claudia Alejandra Jurado Zapata Se ceruhida que Eranteno. aciy agmmnstrativo fue . | p aun dic oa doe Sn T ATD E, N P OLE O ZI A E (ZA Els DO [L| I A