DIAN - Resolución 397 de 22-01-2020
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 397 de 22-01-2020
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2020
. Dictadad s impuasy iÁdnsista s NeciorigasRESOLUCIÓN NÚMERO. 000397 — Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado “LA JEFE= (A)1 DE LA y COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL 1 DELAo - SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de les facultades legales gue le confiere el Artículo 44 2 de la Resolución 0011 OIR -de 2008 y teniendo en cuenta 2105 siguientes, O HECHOS “Mediante. radicado. No: ESGTA201900494 del 09 de. octubre de 2019, la. Sra. Blanca Nidia : Santa Quintero, identificada con cédu 2 de ciudadanía No 24.426. 995, representante legal - de la Agencia de Aduanas Siaco:S.A.S, con IT. 800.251. 957-1, mandataria de la empresa - Comestibles La Rosa S: A:, con N IT. 860.002.553-0, presentó: una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición. de cualquier interesado, para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “LÍNEA DE PRODUCCIÓN DE GALLETAS WAFER”.: La interesada. adjuntó los siguientes documentos: formato de solicitud del servicio en tres i (03) folios, escrito con información técnica de los: equipos en siete (07) folios, soporte de pago en un (1) folio: y copia del mandato otorgado ee n cuatro (04) folios. o | La solicitante pagó ochocientos veintiocho. mil pesos mete. ($ 828. 000), mediante No.
. 1955443 del 08, de octubre de 2019 del Banco Had al Banco de Bogotá... Con. oficio. No. 1002273421697 radicado No. 000S2019028741 del 20 de ioviembre de - 2019, esta. Coordinación. solicitó ala usuaria: realizar la descripción: del proceso; adjuntar listado de los equipos y sus características físicas y técnicas; aclarar si los equipos incluyen - | sistemas de programación, control y seguridad y anexar fichas técnicas. Con escrito radicado: No; 000E2019042628 del 13 de diciembre de 2019 en ciento veintinueve (129) folios, enel cual se renuncia al término legal restante, se atiende lo requeñido.. Por medio del formato de solicitud, la interesada indica que se notifique a la Sra. Blanca Nidia Santa Quintero «e nla Av: Carrera: 97 No 240= 80 dé: Bogotá D.C. FUNDAMENTOS DE DERECHO - “Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancias y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001, - Acuerdo de Cartagena, aprobado pplo r Colombia mediante Loya ga de 1973, Decisión 812 de: la Comisión de la Comunidad Andina, mediánte el cual se aprobó el Texto | [gÚnico de la: Nomenclatura: Común de los Paises Miembros del Acuerdo de Cartagena. 000397 2 2 ENE 2020
RESOLUCIÓN NÚMERO de o Hoja No.2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional — artículos 303 a 307 mediante los cuales se dictan las disposiciones relacionadas con:la: atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones, : Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida: Regla General Interpretativa:1:. “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya quela clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Nota 4 de la Sección XVI “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, - cables eléctricos O de. otro modo) para: realizar conjuntamente uma función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se - Clasíficará en la partida correspondiente a la función que realice.” o Partida 84.38... "Máquinas y aparatos, no expresados ni comprendidos en otra:parte de este Capítulo, para la preparación o fabricación industrial de alimentos o bebidas, excepto las máquinas y aparatos para extracción o preparación de aceites o grasas, animales o vegetales fijos.” Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis .mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo. nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” — o Resolución 0046 de 2019 y sus modificaciones, de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - Artículos 313, 314 y 316, los cuales se reglamentan las solicitudes de . clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO De acuerdo con la información suministrada con los radicados Nos. ESGTA201900494 del. 09 de octubre de 2019 y 000E2019042628 del 13 de diciembre de 2019, la mercancía a clasificar se describe como un conjunto de máquinas utilizadas en el procesamiento de una - masa comestible para la fabricación de galletas. El proceso inicia en el horno de cocción, donde la masa previamente preparada es vertida en la tolva de paso, para ser dirigida hacia la bomba dosificadora,la cual regula y deposita una cantidad determinada sobre las planchas de cocción, éstas se cierran y se desplazan - en doble vía a través del horno donde son calentadas por.contacto a fuego directo; al final, las planchas se abren dando saliad ala s láminas de oblea-ya cocinadasq,ue enseguida. A - RESOLUCIÓN NÚMERO o 90 3 97 de dae o sera d
Arancelaria a Petición dee Cualquier Interesado pasan | a través deu un arco de enfriamiento con la finalidad de retirar calor de las mn ismas. Las láminas formadas ' pasan ala máquina: aplicadorá de crema 7 formación del bloque o. - sándwich donde sobre una lámina de oblea, de forma uniforme se coloca crema (que viene de otro proceso) por medio de rodillos, sobre ésta, vuelve y se coloca otra lámina de oblea y otra vez se aplica crema y así sucesivamente según la cantidad de capas establecidas - para la conformación del bloque, el cual es llevado a través de rodillos de presión para aumentar su compactación y endurecer las capas de crema.
Los bloques: formados previamente ¡i ngresan a la torre de enfriamiento donde « en movimiento ascendente y descendente: se realiza el enfriamiento hasta una temperatura promedio de 10 grados. Celsius, el bloque. enfriado pasa. al sistema, de apilamiento y de corte.
Para la realización del anterior proceso, se emplean las siguientes máquinas: .
1. Un (01) horno ¿a gas, de 80 placas de dimensiones de 350 X 615 mm, con capacidad .de 40 obleas por minuto.
Un (01) arco de enfriamiento, capacidad de 40 obleas por minuto. : Un (01) aplicador y esparcidor de crema, capacidad de 10 bloques por minuto n Una (01) torre de enfriamiento, con capacid. d de 708 kg/hora O Una (01) cortadora, con capacidad: pa a.600: : oques par hora. Arancelariamente, los elémentós. antes felaciónados trabajan" en forma conjunta, de tal
manera que reúnen las características de unidad funcional, tal como lo define la Nota Legal4 de la Sección XVI, y que €e s empleada para la fabricación industrial de alimentos, tipo galletas. En virtud de lo anterior, . la unidad funcional, antes mencionada; en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 y de acuerdo con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI se encuentra comprendida en la partida 84. 38 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado A o, 8438. 10. 10. 00 del Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación del Servicio de Al Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución,en la subpartida 8438.10.10.00 del Arancel de Aduanas, como un conjunto de máquinas para la. elaboración industrial de galletas comestibles, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto - arancelario, contenidas en el Decreto 2153 del 26 de diciembre de 2016. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, a la Sra. Blanca Nidia Santa Quintero, identificada con cédula de ciudadanía No. 24.426.995, en la Av. Carrera 97 N” 24 C -— 80 en Bogotá D.C., de - conformidad con los Artículos 756, 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 Y el artículo 319 de:
la resolución 046 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, el cual Sue interponerse dentro de los dieza 0) días siguientes ala notificación, de conformidad 000397 2 ENE
RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 314 de la Resolución 0046 de 2019 y los Artículos JAY siguientes de la Ley 1437d e 2011, ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicaci ón en el Diario Oficial de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 ' de 2019, el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998. - ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos - Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE2.2 ENE 2020
Jefe (a) de la Coordinación dél Servicio de Arancel | Subdirección de Gestión TTéé cnica Aduanera ES Proyectó: Leonardo Rico Revisó: Claudia Alejandra Jurado Zapata <4 p ]A N+: Coordinación de Hol fesciones. Dret o ezo Athsal Central Bogota, D.C. Se certifice que elantenior acto soministrativo fue ( publicaoc en DIALLO.. OFICIO EDICLODA Ma 51.427, £PpC, LeCo e +