🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

DIAN - Resolución 3974 de 02-05-2024

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
DIAN - Resolución 3974 de 02-05-2024
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2024

No. 3974

RESOLUCIÓN NÚMERO

Fecha: 2024-05-02 ( ) Por la cual se justifica el proceso de contratación directa No. CD-00-075-2024, cuyo objeto es el “Mantenimiento, calificación y/o calibración para el equipo de destilación ASTM-86 PACHerzog y equipo punto de chispa Stanophe Seta con adquisición de repuestos y/o consumibles para la Subdirección del Laboratorio Aduanero”.

LA SUSCRITA SUBDIRECTORA DE COMPRAS Y CONTRATOS DE LA UNIDAD

ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES -

( ) DIAN En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 80 de 1993 y Ley ( ) 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.2.1.4.1 del Decreto 1082 de 2015, C O N S I D E R A N D O Que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, de conformidad con lo establecido por el Decreto 1071 de 1999, está organizada como una Unidad Administrativa Especial del orden Nacional, de carácter eminentemente técnico y especializado, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal, y con patrimonio propio, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, cuyo objeto es coadyuvar a garantizar la seguridad fiscal del Estado Colombiano y la protección del Orden Público Económico Nacional, mediante la administración y control al debido cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias y la facilitación de las operaciones de

comercio exterior en condiciones de equidad, transparencia y legalidad. Que mediante el artículo 2, numeral 1 de la Resolución 000089 del 3 de septiembre 2021, el Director General de la DIAN delegó en el Subdirectora de Compras y Contratos de la Entidad, la competencia para celebrar los contratos y convenios cuyo valor sea inferior a 3500 salarios mínimos mensuales legales vigentes o que no tengan cuantía, que se adjudiquen en el Nivel Central de la UAE-DIAN, independientemente de la modalidad de selección o de su lugar de ejecución. Que la Constitución Política en su artículo 209 expresa: “(…) la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado (…)” Que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN requiere adelantar un proceso de contratación con el siguiente objeto: “Mantenimiento, calificación y/o calibración para el equipo de destilación ASTM-86 PAC-Herzog y equipo punto de chispa Stanophe Seta con adquisición de repuestos y/o consumibles para la Subdirección del Laboratorio Aduanero”. Que, según se indica en la solicitud de adquisición y en los estudios previos, el objeto contractual requerido se puede contratar a través de la modalidad de contratación directa, en virtud de la causal establecida en el literal g) del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de

2007 y en concordancia con el Articulo 2.2.1.2.1.4.8 del Decreto 1082 de 2015 “contratación directa cuando no exista pluralidad de oferentes”, de conformidad con el siguiente análisis: La empresa CENTRO COLOMBIANO DE TECNOLOGÍA S.A.S – CECOLTEC, es la única firma autorizada en el territorio colombiano para por el fabricante de los equipos de destilación ASTMD-86 PAC-Herzog y Stanhope Seta Limited, de propiedad de la UAE-DIAN, para realizar en el territorio colombiano las actividades de mantenimiento calificación y/o calibración que requiere la Entidad. Por lo anterior, el Subdirector del Laboratorio Aduanero, mediante el formato FT-FI-2617 “Solicitud de Adquisición”, recomienda al ordenador del gasto su contratación para atender la necesidad descrita anteriormente. No. 3974 Fecha: 2024-05-02 :

RESOLUCIÓN NUMERO Hoja N°. 2

Continuación de la Resolución “Por la cual se aprueba el proceso de contratación directa No.CD-00-075-2024”. Que, de acuerdo con los estudios previos, el presupuesto para la contratación es por la suma de hasta VEINTIOCHO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATROMIL TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS ($ 28.994.350) M/CTE., incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) y demás impuestos tasas, contribuciones de carácter nacional y/o municipal de carácter legal, costos directos e indirectos a los que haya lugar, con cargo al Certificado de Disponibilidad No. 25324 del 15 de abril de 2024, expedido por la Subdirección Financiera de

la Entidad. Que los estudios previos pueden ser consultados en el Sistema Electrónico para la Contratación pública – SECOP II www.colombiacompra.gov.co y en la Subdirección de Compras y Contratos de la DIAN, ubicada en la Carrera 7 No. 6C - 54 piso 8º, Edificio Sendas, de Bogotá, D.C. Que las obligaciones especiales del contratista serán las siguientes:

1. Elaborar un cronograma junto con el supervisor del contrato a la firma del acta de inicio.

2. Cumplir con la totalidad de las Especificaciones Técnicas contenidas en el Anexo

Técnico No. 1 y las demás obligaciones contractuales y de los documentos que hacen parte del contrato.

3. Cumplir con las disposiciones y requisitos exigidos frente al Sistema de Gestión ambiental, Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo – SGSST y Plan

Estratégico de Seguridad Vial – PESV.

4. Atender oportunamente los requerimientos que realice la entidad a través del supervisor del contrato.

5. En general las que se desprendan de la naturaleza del contrato y de su objeto.

Que, de conformidad con el artículo 2.2.1.2.1.4.1 del Decreto 1082 de 2015, la Entidad debe señalar en un acto administrativo la justificación para contratar bajo la modalidad de contratación directa. Que, en mérito de lo anterior, RESUELVE ARTICULO PRIMERO. Justificar la contratación Directa del proceso cuyo objeto es el “Mantenimiento, calificación y/o calibración para el equipo de destilación ASTM-86 PAC-Herzog y equipo punto de chispa Stanophe Seta con adquisición de repuestos y/o consumibles para la

Subdirección del Laboratorio Aduanero”, atendiendo lo dispuesto en la causal del artículo 2, numeral 4, literal g) “cuando no exista pluralidad de oferentes en el mercado”, de la Ley 1150 de 2007, de acuerdo con la parte motiva de este acto. ARTICULO SEGUNDO. Publicar el presente acto administrativo en la página web www.colombiacompra.gov.co y en www.dian.gov.co ARTÍCULO TERCERO. Contra el presente acto no procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011, por ser un acto de trámite. ARTÍCULO CUARTO. La presente rige a partir de su publicación. Para constancia, se firma en Bogotá, D.C., a los

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

CIELO ALEXANDRA VEGA NAVARRO Subdirectora de Compras y Contratos Revisó: José Humberto Montes Pachecofuncionario de la Subdirección de Compras y Contratos Elaboró: Juliana Torres Rojasfuncionaria de la Subdirección de Compras y Contratos

Consultar sobre este documento ...