DIAN - Resolución 4 de 02-08-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 4 de 02-08-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
fe á PS 1 g id RESOLUCIÓN NÚMERO (90004 0 2 AGD, 2023
Por la cual se establece el horario de trabajo laboral y de atención al público para los días 18, 22, 23, 24, 25, 28, 29, 30 y 31 de agosto y 1 de septiembre del 2023, en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira LA DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE PEREIRA En uso de las facultades legales y especial en las conferidas en el artículo 3 de la Resolución No. 000084 del 27 de agosto de 2022 y Resolución No. 00082 del 26 de agosto del 2021 y CONSIDERANDO Que en el Artículo 11 de la Resolución 000084 del 27 de agosto de 2021 se delegan en los Directores Seccionales algunas funciones, entre otras: “3.- Establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad con las necesidades del servicio, garantizando el mínimo de tiempo laboral vigente y el horario de atención al público. Que la Circular 023 de 2014, en el numeral 2 “FLEXIBILIZACIÓN DE HORARIOS PARA EVENTOS REGIONALES. En la época de realización de acontecimientos que hagan parte del folclor o de la cultura local o nacional, los Directores Seccionales en ejercicio de la facultad que le fue delegada podrán de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 33 del Decreto 1042 de 1978, distribuir la jornada ordinaria los días en que éstos se celebren, sin afectar la debida prestación del servicio público, adecuando
los horarios de trabajo con el propósito que los servidores públicos puedan asistir y/o participar en los mismos.” Que en la ciudad de Pereira se celebra, como es tradicional, las fiestas de la cosecha y en desarrollo de las mismas se efectúan diversas actividades culturales y recreativas, por lo anterior y en virtud de lo establecido en la circular 023 de 2014 y a efectos de propiciar espacios que favorezcan el desarrollo integral y el fortalecimiento de las familias de los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira; se hace necesario modificar temporalmente el horario labora! y de atención al público, los días de 18, 22, 23, 24, 25, 28, 29, 30 y 31 de agosto y 1 de septiembre del 2023. Que se garantizará la atención en el área de documentación, en el aeropuerto internacional Matecaña y la Zona Franca Internacional de Pereira Por lo anterior, la Directora Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira: 000004 02 AGD, 2023 Continuación de la Resolución Por la cual se establece el horario de trabajo laboral y de atención al público para los días 18, 22, 23, 24, 25, 28, 29, 30 y 31 de agosto y 1 de septiembre del 2023, en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira RESUELVE ARTICULO 1. Establecer el horario laboral para los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira por los días 18, 22, 23,
24, 25, 28, 29, 30 y 31 de agosto y 1 de septiembre del 2023. así: 7:00 am a 1:00 pm en jornada continua. ARTICULO 2". Establecer el Horario de Atención al público por los días 18, 22, 23, 24, 25, 28, 29, 30 y 31 de agosto y 1 de septiembre del 2023: de 7:00 am a 1:00 pm en jornada continua. ARTICULO 32 El servicio prestado por el G.I.T de Documentación seguirá en el horario habitual de 8:00 am a 4:00 pm, el de los funcionarios que laboran en la Zona Franca Internacional de Pereira y en el aeropuerto Internacional Matecaña será el establecido en la resolución 000896 del 10 de septiembre del 2021, acuerdo con los turnos determinados. ARTICULO 4”. A través del Grupo Interno de Trabajo de Documentación de la División Administrativa y Financiera, comunicar a todos los funcionarios de la Dirección Seccional. ARTICULO 5? Enviar copia del presente Resolución al Jefe de la División de Talento Humano para que sea enviada a la Oficina de Comunicaciones para su publicación en la Página Web de la Entidad. ARTICULO 6? Enviar copia a la División Administrativa y Financiera, para que publique esta Resolución en lugares visibles al público. ARTÍCULO 7”. La presente resolución, rige a partir del 18 de agosto del 2023, previa su publicación en el Diario Oficial COMUNÍQUESE Y CUMPLASE Dada en Pereira, a los dos (2) días del mes de agosto
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Directora Seccional de Impuestos y A Proyectó Uriel Bed Jefe ¡ón de Talento Humano (A)
Revisó: — Olga Jálcia Restrepo GaviriaZe
Inspéctor Il Despacho Dirección Seccional